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Permiso de lactancia

24 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 24 comentarios
Permiso de lactancia
17/09/2013 19:46
Hola, hace cosa de un mes hable con mi jefe de personal, sobre mi horario a la vuelta de mi baja maternal. Mi horario es de 8,30h a 15,30h, tenía una reducción de una hora diaria por guarda legal. Le comente de plegar en vez de a las 15,30h hacerlo a las 16,00h y en vez de entrar a las 8’30 entrar con la hora de lactancia incluida y la media hora de plegar más tarde a las 10h, así mi horario seria de 10h a 16h.me dijo que en principio podría irle bien, pero que más adelante lo concretaríamos.Hoy me dice que no le va bien que plegue a las 16h,que mi horario es hasta las 15,30h,y que no puedo coger la hora de lactancia, al comienzo de mi horario, que tengo solo media hora, al principio de mi hora de entrada. Sin embargo que lo que puedo hacer es coger una hora de reducción de horario, y entrar a las 10h.todo lo que sea quitarme de sueldo, le interesa..Que solución puedo tener? Es cierto que solo puedo hacer media hora menos de lactancia al principio de la jornada? Es cierto que no puedo cambiar mi horario de guarda legal?
17/09/2013 20:29
Te copio de una página de la UGT:
"El permiso de lactancia se encuentra regulado en el Artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores estableciendo que “las trabajadoras, por lactancia de un hijo menor de 9 meses, tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones. La duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto múltiple.
La mujer, por su voluntad, podrá sustituir este derecho por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad o acumularlo en jornadas completas en los términos previstos en la negociación colectiva o en el acuerdo a que llegue con el empresario respetando, en su caso, lo establecido en aquella".
Ahí está la clave. Si se quiere hacer uso del permiso al principio o al final de la jornada laboral es sólo media hora.
18/09/2013 12:08
No hay mucho que añadir al comentario anterior.


18/09/2013 17:54
gracias,a los dos,por contestar,ayer me puse a mirar y lo entendi..pero ahora me surgen varias dudas..llevo 13 años en esta empresa,hecho varios horarios..la cuestion es si yo tengo horario,de 8,30h a 15,30h,podria ahora por mi segunda hija,ampliar una hora de guarda legar,y cambiar por media hora el horario de entrada por el de salida?es decir de 10h a 16h?y es cierto que al estar de baja maternal,dentro de los dos años primeros de guarda legal,me tienen que pagar el sueldo de 40h?
18/09/2013 20:54
Los cambios que exceden de la jornada laboral hay que pactarlos con la empresa.
En cuanto a la última pregunta, no. No es cierto. La confusión puede estar en que, aunque se cobra y se cotiza por las horas que realmente se trabaja, la Seguridad Social considera como si se estuviera cotizando a jornada completa a efectos de algunas prestaciones.
20/09/2013 15:06
hola,mosca cojonera.entonces no es como una compañera me dice que al no llevar aun dos años de guarda legal,por baja maternal,tendria que estar cobrando como si hiciera 40horas semanales,en vez de 35 horas?(ESQUE SEGUN ELLA CUANDO ESTUBO DE BAJA MATERNAL,LE PAGABAN COMO 40H,DENTRO DE LOS DOS AÑOS..)
20/09/2013 16:53
Nuria, había leído mal la última duda. Creía que te referías al salario normal, no a la prestación por maternidad.
Te vuelvo a copiar un texto, esta vez de CCOO:
"Cuando esa reducción es por guarda legal, si el trabajador/a en algún momento de esos dos años, o un año, le sucede alguno de estos casos: jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural e incapacidad temporal, entonces la Seguridad Social, AUTOMATICAMENTE, pone tu cotización al 100% y te paga en consonancia, porque el pagador en los casos descritos no es la empresa, es la Seguridad Social.
Por lo tanto lo primero que debeis hacer es acudir a la Seguridad Social y preguntar si la empresa ha comunicado la reducción de jornada por guarda legal que teneis solicitada y en vigor.
Si está todo correcto, entonces solo teneis que preocuparos si llega uno de estos casos mencionados y no os pagan por el 100% de la jornada, entonces tendríais que acudir al a Seguridad Social a que subsanaran dicho error".
Sí tienes que cobrar como si estuvieras a jornada completa.
Perdón por el susto, es lo que pasa cuando se va con prisas.
20/09/2013 17:00
muchas gracias,yo estado por riesgo del embarazo 7 meses y me an estado pagando como 35 horas no como 40h ni tampoco en la baja maternal,me an dado cita para el 27 de este mes.podre recuperar todo el dinero?
20/09/2013 17:19
mi jefe de personal,sabia lo que estaba cobrando,hay otra persona de mi misma empresa en la misma situacion,y a ella si le estan pagando el salario completo..ya para pedirle la guarda legal tuve que hacerlo por abogado,porque no me lo daba,y pase de trabajar al lado de casa hacerlo a una hora de camino..tengo claro que el error a sido con mala fe..podre recuperar todo el dinero no cobrado??
20/09/2013 18:34
A ver qué te dicen el día 27 pero yo creo que lo tienes bien.
Si pediste la reducción por guarda legal POR ESCRITO y la empresa ha puesto mal el epígrafe para la Seguridad Social, tendrán que rectificar y la mutua (lo del riesgo) y la Seguridad Social (la maternidad) te deberán pagar la diferencia.
20/09/2013 19:06
ayyyyyyyyyyyyyyy que alegria.....pero la bja del embarazo tambien,es por la seguridad social,por embarazo de riesgo,problemas con el embarazo,estuve casi todo el embarazo de reposo.
muchisimasssssssssssss gracias por todo!!!!!!!
20/09/2013 19:16
¡Ah! No es lo mismo riesgo durante el embarazo que embarazo de riesgo. El embarazo de riesgo es una incapacidad temporal por enfermedad común y, como dices, paga la Seguridad Social no el sueldo completo, sino un porcentaje, pero dicho porcentaje calculado sobre la base a jornada completa, en tu caso. Si el porcentaje lo han calculado en base a la jornada reducida, sí podrías reclamar la diferencia.
De todas formas, no cantes victoria antes de tiempo. Espera al día 27 que te lo miren con todos los papeles y datos en la mano.
Y cuéntanos lo que te han dicho.
20/09/2013 20:55
se que por mi convenio siempre de baja se cobra el 100% del sueldo...por lo que de baja he cobraba lo mismo que trabajando.(en este caso igual que estando trabajando,pero 35 horas)..gracias en cuanto sepa algo,te cuento.
28/09/2013 09:59
hola mosca cojonera,he ido a la seguridad social.y me encontrado con iregulirades..la empr
esa a cotizado por mi por horas...y en algun caso por dias...de varias maneras,desde que pido la guarda legal.La señora que me atendio,me dijo que fuera a la tesoreria,y despues con papeles en mano fuera a la emplesa y que me explicaran...me dijo que hiciera como si diera por hecho que ha sido un error de la jestoria,ya que tengo que seguir trabajando con ellos.por lo que entendi mi empresa no a estado cotizando por mi dentro de los dos primeros años a jornada completa,por lo que la seguridad social,me paga a razon de lo que han cotizado.yo me lio mucho....este tema que es mejor un abogado o un gestor que me lo lleve...cuanto me cobrarian a quien puedo acudir? para acabar con todo el tema,y con el calculo bien hecho de las nominas por reduccion de guarda legal,ya que tambien me tiene mosca que me reducen
el plus de antiguedad y de transporte..
28/09/2013 12:37
Buenos días, nuria.

¿Podrías indicar el horario que tenías, antes de la jornada reducida por guarda legal?

¿Podrías citar el texto EXACTO de la carta que enviaste para la reducción de jornada por GUARDA LEGAL?

Interpreto que tienes una reducción de jornada por tu 1er hijo y que, ahora, quieres una diferente por el nacimiento del 2º hijo. ¿Es así?

Un saludo.





29/09/2013 09:49
hola buenos dias Lberte.He tenido varios horarios,desde que empece a trabajar en esta empresa,pero el que llevaba dede hacia algo mas de un año,era de 7,30h a 15,30h por abogada pedi una reduccion de jornada de una hora.de 8,30h a 15,30h.al final me lo dieron pero me enviaron de esplugas que estaba a sitges.
29/09/2013 10:09
El último escrito te lo redacto tal cual,ya que en el anterior se equivocaron.

Muy Sra. Nuestra:

Mediante la presente, rectificamos el error mecanográfico acaecido en nuestra anterior comunicación datada el 31/1/2012 en orden a la jornada reducida a cumplir por Usted; así donde decíamos aceptar su reducción de jornada especificando esta como de 7:30 a 15:30 de lunes a viernes, queríamos decir de 8:30 a 15:30 de lunes a viernes, todo y cumpliendo con la jornada reducida propuesta por usted.
Asimismo aprovechamos la ocasión para indicarle que el cumplimiento de la misma se iniciara el próximo 20/2/2012.
Sin otro particular le saludo atentamente.
29/09/2013 11:52
Buenos días, nuria.

Lo importante es que en la primera carta (cuyo texto no citas) ponga, claramente, que lo que has solicitado es una reducción de jornada por GUARDA LEGAL.
Imagino que, si te la redactó un abogado, éste lo habrá hecho correctamente.
Si en la carta NO pone que la reducción de jornada es por GUARDA LEGAL, lo que habrás hecho es solicitar una reducción de jornada normal y la cosa se complicaría.

Yo te aconsejaría que fueras a la Tesorería de la SS con las 2 cartas que enviaste a la empresa. Ahí, te informarán de si la solicitud de la reducción de jornada por guarda legal fue hecha correctamente. Si todo etá bien, tendrás que comunicarlo a la empresa para que regularice tu situación. Si se negara a hacerlo, tendrás que volver a la TGSS para informarles y que ellos se pongan en contacto con la empresa.
Una vez en regla el tema de las cotizaciones, podrás resolver la diferencia que te adeuda la SS por la bajas.

En cuanto al tema de la media hora de lactancia, eres TÚ y NO la empresa la que decides si quieres cogerla al inicio o a la finalización de la jornada laboral.

Si tienes decidido contratar a un profesional para que se ocupe de tu asunto, puedes solicitar los servicios de un abogado laboralista o de un graduado social.

Salvo mejor opinión.

Un saludo.

30/09/2013 11:59
Hola,Liberté.

He ido a la Seguridad social y consultando mis bases de cotización han observado que habia ciertas irregularidades y me han recomendado que fuera a la tesoreria para comprobar las bases de cotización.Según la bases de cotizacion registradas en el periodo de guarda legal,estoy percibiendo el 87% de mi salario no el 100% como deberia ser.
Te redacto el informe de bases de cotizacion que me han facilitado en la Seguridad social.
Desde Enero de 2011 a Diciembre del 2011 la base de cotización es de 1016.44 Euros.
Enero 2012. 914.80 Euros
Febrero 2012. 969.83 Euros
Marzo 2012. 889.38 Euros
Abril 2012. 889.37 Euros
Mayo 2012. 889.38 Euros
Junio 2012. 920.32 Euros
Desde Julio del 2012 a Julio del 2013 El importe es de 927.32 Euros.

Muchas gracias,por tus aclaraciones.
Un saludo.
perfil iii
30/09/2013 18:38
Buenas tardes, dentro de poco tendré mi primer bebe, y he pensado solicitar una reducción de jornada por guarda legal de 2 horas diarias (quedar en 30 h. semanales). Si he entendido bien, durante los dos primeros años cobrare el sueldo integro como si estuviera trabajando 40 horas semanales?. No sabia nada de esto, y recursos humanos tampoco me lo ha comentado cuando hemos hablado de mi situación a la vuelta, ya que quiero juntar las 16 semanas de baja maternal, seguidas de la lactancia(me ha dicho la empresa que son 12 dias, es así? yo trabajo 40 horas semanales) y el mes de vacaciones que todavía esta por confirmar.
muchas gracias por la ayuda.
un saludo.