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Permiso de lactancia

24 Comentarios
Viendo 21 - 24 de 24 comentarios
30/09/2013 20:22
"Si he entendido bien, durante los dos primeros años cobrare el sueldo integro como si estuviera trabajando 40 horas semanales?."
No. Lo siento, iii. Has entendido mal. Se cobra y se cotiza por lo que se trabaja. Es sólo a efecto de algunas prestaciones que se considera como si se hubiera cotizado a jornada completa. Lee todo lo anterior despacio y lo entenderás mejor.

Nuria, aquí lo importante es saber si en tu carta informando de la reducción, ponía que era por guarda legal o por cuidado de hijo o algo similar.
Y comprobar en la Seguridad Social que no te han cambiado el tipo de contrato, aunque la base de cotización sea, realmente la que trabajas. Si sigues con el mismo contrato, aunque se haya cotizado menos, en los procesos de incapacidad y en la baja maternal deberías haber cobrado el sueldo íntegro.
30/09/2013 23:21
Hola mosca cojonera.
En la carta informativa de la reduccion se especificaba que el motivo era por guarda legal,incluso mi empresa me ha remitido una fotografia en la cual se puede leer lo siguiente:Reduccion Jornada/coefic: Guarda legal menor/875.Hoy he estado en la seguridad social y me han dicho que les consta como guarda legal,que tengo un contrato basico el 100%,pero me han dicho que la base de cotizacion solo llega al 87% de mi salario base.La persona que me a atendido me ha dicho que el error es de la empresa ya que la base de cotizacion la fija la empresa.
estos son los datos de los que dispongo,puesto que tampoco me han dado demasiadas explicaciones.
La verdad es que realmente no se de donde viene el error,lo que tengo claro es que no me han pagado la jornada completa y que yo notifique correctamente a la empresa que mi reduccion era por guarda legal de un menor.
Un saludo y muchas gracias por seguir mi tema.
01/10/2013 00:12
Buenas noches, nuria.

Me da la sensación de que no has entendido bien lo que ha explicado mosca en varios post de este hilo.

El salario que tienes que cobrar durante el tiempo que estés con la jornada reducida por guarda legal es el correspondiente a las horas que REALMENTE trabajas (NO, el que cobrabas antes). Las cotizaciones que tiene que hacer la empresa a la SS son las correspondientes a la jornada que REALMENTE realizas (la jornada reducida).

Por lo tanto, dado que antes trabajabas 8 horas y ahora trabajas 7 horas, si la empresa te está pagando el 87,5% del salario que cobrabas antes de la reducción de jornada, si está cotizando a la SS por el 87,5% de la base de cotización que tenías con anterioridad a la reducción de jornada y si la TGSS te ha dicho que LES CONSTA como "reducción de jornada por guarda legal", la empresa lo está haciendo CORRECTAMENTE.

Sólo a efecto de algunas prestaciones (maternidad, incapacidad temporal, por ej), se te paga como si estuvieras cotizando al 100% (es decir, en función del salario que cobrabas antes de solicitar la reducción de jornada).
Por lo tanto, durante los 7 meses que has estado de baja en el embarazo y durante la baja por maternidad (SÓLO en esos periodos de tiempo), tendrías que haber cobrabo como cuando estabas a jornada completa.
Esas prestaciones te las pagaba la Seguridad Social y NO la empresa.

Por lo tanto, en MI opinión, la que ha metido la gamba y, por lo tanto, la que tiene que solucionar el problema es la SS.
Tienes que presentar una reclamación a la SS para que abone las cantidades que te adeuda (maternidad e Incapacidad Temporal).

Vuele a leer detenidamente los post de mosca. Está muy bien explicado.

Salvo mejor opinión.

Un saludo.






01/10/2013 20:35
Y, con la aclaración de Liberté, creo que ya debe estar claro del todo.
Saludos.
perfil iii
02/10/2013 11:00
Muchas gracias, ya me ha quedado claro.
un saludo