A mi se me plantea una duda ¿De verdad creeis que la asistencia como testigo a una ceremonia de boda ya sea civil o religiosa, es un deber de carácter inexcusable.? ¿No os parece mas bien de carçacter voluntario.? ¿como va a obligarme a mi, juez alguno, incluido los del supremo, a ser testigo en una cremonia.?
de acuerdo con axl, el art.37.3 d, recoge entre otros supuestos la sistencia a juicio tanto en el proceso laboral como en el civil, que es el caso. Si percibe alguna compensación se deducirá del salario correspondiente al permiso retribuido. Concluyendo: creo que es un permiso retribuido por parte de la empresa.
Si es retribuido, es retribuido. Lo que si ocurre es que si en el cumplimiento de ese deber cobra alguna compensacion, se debe reducir por ese importe la retribucion. En espera de la mejor respuesta de algun experto de los de aqui.
Pero que no es un proceso para que haya sentencia, sino que le citan del juzgado de paz, para firmar papeles referentes a una boda por lo civil...¿Como le va ha pedir las dietas a traves de las costas procesales? si no es un juicio...
Me temo que no es un permiso retribuído por la empresa sino por el juzgado a través de dietas, que se icluirán en las costas procesales, una vez recaida sentencia.
Permiso de deber inexcusable de caracter publico y personal
Tengo una duda que le ocurrido ha un compañero de la empresa.
Este compañero esta citado por un juez de paz, con una citación por escrito, por tema referente a una boda por lo civil.
El compañero tiene que perder el tiempo indispensable para realizar las oportunas gestiones en el juzgado de paz.. pero recordar citado por el juzgado, que tengo la citación en la mano.
EL compañero comunica con la citación en mano a la empresa el hecho, y que se acoge al permiso reflejado por convenio e incluso por el ET, sobre licencias y permisos referentes al deber inexcusable de caracter público y personal...
La empresa le contesta que lleve el justificante para que así no le sancionen, pero que le descontaran la parte proporcional....
Pero y digo...¿ no es un permiso retribuido?... ,
y si le citan...¿Que hace no asiste... ?
Espero que me contesteis, para así comunicarseló a mi compañero...muchas gracias