Muy brevemente, estoy de acuerdo con lo expuesto por PulpoPaul en cuanto a la responsabilidad moral. Esperar a lo que diga un juez para empezar a actuar para con un hijo es absurdo. El hijo ha nacido y debe ser atendido y al hijo le da lo mismo lo que diga un juez en este sentido. ¿Va a atenderlo, darle de comer, vestirle, etc, etc.. un juez?
No, si a este paso también nos vendrán los jueces a decirnos cuando debemos comprar los libros del colegio.. y todavía habrá alguien que diga que en febrero cuando todos sabemos que el curso empieza en septiembre.
PulpoPaul. si de pedir, no he parado, lo he ehcho desde el primer dia, hasta fui al secretario judicial a pedri, que digo pedir, rogar, que notificaran a mie x por telefono, fax, sms o lo que fuera despues de 7 meses buscandola, y asi fue, el secretario judicial le llamo y la notifiacmos enviandole nuevamente u correo certificado, pero se logro!! la custodia, la pido para mi, seguro que para mi, si yo fuera viudo, seria un gran padre, ahi si que podria ser padre, pero como soy separado, ya no sirvo, solo para pagar, pero me da igual pagar, insisto, es mi hijo y por el todo!!! pero nunca voy a bajar la guardia por estar con el, yo al igual que usted tengo un gran archivo, que el algun dia preguntara, Por que papá?? y se lo dare a leer y el sacara sus concluciones, yo duermo tranquilo y hago todo lo que puedo por estar con el, el mañana vera que lo conseguimos juntos y que la lucha no fue en vano!!
Padre707, de eso se trata, ante todo, de ser padre, y esto es ir contra corriente en este país. Padre707, simplemente sea padre para todo, y déjelo claro desde el principio, aunque no le dejen ser padre en otros aspectos empiece a serlo en el económico y no ceda un ápice en sus derechos. Hay una cuestión que no me cuadra, el que su abogado le dijera que es posible que pierda la patria potestad, quizás entendió mal, por eso le pregunté si había algún dato que no explicó. La custodia, que no la patria potestad, la tiene casi perdida, pero no la dé por perdida, mejor que se la quiten pidiéndola que perderla por cesión sin oposición alguna. Y, con respecto a la patria potestad, ya se lo comenté, las patrias potestades se pierden por hechos muy graves no por lo que cuenta. Menos el régimen de estancia y comunicación, mal llamado de visitas, pues un padre no es un visitante de otros mundos, y este puede subsistir aún sin patria potestad de por medio. Como comentario añadido, dentro del expolio de derechos a los que está sometido un padre en este país existe un porcentaje que es arrancado por el hecho de ser padre, simplemente, pero hay uno, nada desdeñable, que se produce por no abrir la boca, y, dentro del que se deniega per se, hay una diferencia abismal entre lo que es arrancado por no decir ni mu, por asumir una realidad legal, y lo que es arrancado con oposición. No diga nunca “si wuana” a la ley ni al juez, así de claro. Quien da no tiene derecho a reclamación alguna, al que le quitan sí. No es lo mismo el yo cedí la custodia a un “me la arrebataron tras pedirla”, ni de coña. Máxime cuando la justicia en este país es rogada, lo que no se pide no espere que se lo den. Como padre debe pedir, pedir y pedir, deje que otros le quiten y vulneren sus derechos más elementales, pero pida, carajo, por lo menos pida, no se quede con la boca cerrada, en boca cerrada no entran moscas, desde luego, pero tampoco derechos.
Yotutotu, insisto, legalmente no existirá obligación, la obligación nace de un derecho natural del menor a ser cuidado por quienes lo engendraron. Personalmente me la trae al pairo la legislación, yo no abandono a los míos, por principio, es el propio estado español quien me hace abandonarlos en muchos aspectos al impedírseme ejercer como padre. Es más, insisto una vez más, lo he dicho en varias ocasiones, yo, como padre, es mi voluntad, quiero a mis hijos fuera de este país, los quisiera ver de nuevo en el país en el que nacieron, garantía de que conserven su salud mental, un país donde si se me va a permitir ejercer la paternidad, y a la madre su maternidad, casi de la forma más plena posible. Un país donde no se me va a tratar como alma del averno por el hecho de ser padre.
Aunque no exista obligación legal existe una obligación biológica o moral si la quiere llamar así. Si uno es consciente y sabe con certeza matemática que un hijo es su hijo pretender esperar a que un juez dé el visto bueno a la paternidad, y mientras tanto que le den a tu hijo o hija, es un despropósito mayúsculo.
No olvide que la filiación, en este caso, aunque no determinada a nivel legal, lo es a nivel científico. Una prueba de ADN con validez judicial es irrefutable.
Hay que diferenciar entre lo legal y lo que le compete a cada quien y a cada cual por el hecho de ser padre o madre. A nivel legal se legislará y se juzgará en plan receta, muy bien, pero de lo que se trata es de asumir unas responsabilidades como padre y cumplir con ellas desde el primer momento en que sabes que un hijo o hija es tuyo. Si este accionar influye o no en la resolución judicial al efecto es lo de menos, cumplo con lo que entiendo es mi obligación, es más, de esta manera, jamás tendrá base ningún juez para reprocharme absolutamente nada y si tras conocer que un hijo o hija es tuyo no has contribuido en su sustento te lo van a echar en cara en sala, aunque si contribuyes puedan no tenerlo en cuenta. Tras proporcionar a tus hijos todo aquello a lo que estás obligado, no porque lo diga un juez sino porque eres su padre, no se debe esperar aplauso alguno. Los hijos no son carteros ni mercancías a negociar. Y el padre de mis hijos soy yo, no un juez ni el estado, ni el partido que gobierna, es más como uno de mis hijos me salga socialista lo corro a hostias de aquí a Peking, Beijing, Peiping o Beiping, total, más allá de 北京 no van a llegar.
El conocimiento legal da poder, poder para no pasar un clavel, sin responsabilidad legal alguna, a tus hijos. Pero hay otros mundos, todos están en este, otras realidades paralelas, aparte de la estrictamente legal. Este padre, con su actuar, algo tiene claro, jamás un hijo mío se presentará a mi puerta y mirándome de frente a los ojos me podrá decir ¿Por qué, padre, me abandonaste? Pobre de él, o de ella, el carromato de documentales que se va a tener que leer le va a llevar meses. Si, Yotutotu, desde hace años documento todo, miles de documentos que ponen de manifiesto mi lucha, todos archivados. Espero que no sea así y, de ser así, espero que mis hijos hayan alcanzado el suficiente desarrollo mental y capacidad de comprensión de lo humano que les impida escupir a la cara a su propia madre. Madre sólo hay una, padre, también, pero la justicia es justicia y algo ajeno a la venganza. Las venganzas no aportan nada bueno, la justicia si.
les doy a todos las gracias por sus comentarios, son de mucha ayuda y de orientacion en lo que mas me preocupa, Mi Hijo!! en el escrito antes mencionado, no oculto nada, seria una imprudencia de mi parte pedir ayuda y ocultar los hechos reales, que clase de consulta recibiria?? Tal vez omita algunos hechos, pero que son de formas no de fondo, y no serian nada graves, como es el que llevo 16 meses en este proceso y que mi hijo tiene 19 mese de edad.........que a mi abogada la representa un grupo de abogados de una embajada (por ser extranjera) y a mi un buen Hombre, mi abogado, pero que como todo buen medico hay que pedir una segunda opinion, nada mas....Contemplo todo lo aportado para salir airoso de este problema, el estar al lado del ser mas importante de mi vida y que por el cual luchare hasta el fin, Mi Hijo...Nuevamente Gracias a todos por su aporte.
Yo OPINO, y solo es una opinión personal, que tiene razón el Sr. Viesca. Ni está obligado legalmente ni este hecho va a variar un ápice la sentencia en la que todos coincidimos y la única duda será si ese régimen de visitas (en todo caso aberrante, eso seguro) será mayor o menor.
Moralmente le doy en parte la razón a Pulpopaul, la ley va por un lado, la justicia de este país por otro lado y la moralidad y lo verdaderamente "justo" por otro bien distinto, aunque no va a variar nada la sentencia y aun siendo injusto que uno tenga que pagar por ver a sus hijos por eso de ser hombre y presuntamente incompetente, ya que la ley y los jueces no permiten que un padre cuide de sus hijos en el día a día al igual que la madre, y ya que le impondrán el papel de visitador, legalmente en un futuro próximo y moralmente ahora debería hacerse cargo de su hijo aunque sea en la distancia, esto es, a través de una pensión de alimentos.
En algo no estoy de acuerdo, el Sr. Viesca dice "la custodia será a la madre (ya que lo fue durante este tiempo y no parece que exista causa para retirársela)", yo opino que si hay razones graves para retirársela, ¿le parece poco que haya estado privando a un hijo de tener relación y contacto con su padre durante dos años?, pidiendo además órdenes de alejamiento hacia su propio hijo, aunque en este país se banaliza con esto, es gravísimo que la madre solicite una orden de alejamiento de su hijo "porque sí" y que en en escrito solicite retirada de patria potestad y régimen de visitas, pero sin embargo si quiera que el padre pague pensión de alimentos. Solo por todo lo que ha hecho hasta ahora la madre y por plantear todo esto en el escrito debería perder la custodia del menor.
Ya sabemos que el resultado será bien distinto.
esta vez estoy de acuerdo con JR Viesca y PulpoPaul. Por lo que cuentas, padre707, deduzco (repito que deduzco), que tampoco tienes ahora mismo un regimen de visitas a tu hijo, vamos, que imagino que la madre no te deja verlo, ni siquiera unas horas, ni siquiera estando ella delante... y tan sagrado es el derecho/deber de visitas (en caso de cusstodia unica) como el derecho/deber de pension de alimentos.
Yo tampoco entiendo el razonamiento de tu abogado, no se, igual es una practica comun entre abogados, aconsejar al cliente que se adelante a las sentencias.
Por otro lado, conicido con Viesca en que Nuria M.G.ha dado en este caso una opinion o consejo o lo que sea un tanto diferente a la que da en otras ocasiones, en las que apunta que la pension se calculara en funcion de los ingresos del padre, "una vez deducidos gastos como hipoteca, letra del coche...." esa es la version que he visto que da en otros hilos (otra cosa es que sea o no adecuada, ahi no entro... )
Entiendo que, si no hay datos que desconozcamos, en una situación típica, las peticiones de la madre son un despropósito, pero, vamos, por pedir que no quede, eso suele ser algo habitual y no debe llamar a espanto. Es parte del juego.
El razonamiento de su abogado, Padre707, no lo veo sin fundamento. Es cierto que mientras no sea usted el padre a nivel legal es casi absurdo hablar de prestaciones por alimentos, de una responsabilidad de todo progenitor frente a sus hijos. Ahora bien, al ser ya un hecho científico, que no legal, que usted es el padre, y usted lo sabe, no va a ser lo mismo que usted se presente a juicio sin hacer nada, a verlas venir, o que usted empiece a hacer frente a esa responsabilidad. Esto, aunque no sea una obligación legal, si va a contribuir en la decisión que tome cualquier juez, pues demostraría la asunción de unas responsabilidades que van más allá de lo legal. Los jueces valoran, y mucho, actitudes. ¿Qué podría pensar un juez de un padre que sabiendo que lo es, matemáticamente ya, no aportara un clavel para el sostenimiento de su hijo? Nada bueno, eso seguro. Recuerde que, aparte de lo que dice la ley, en este país muy difusa, un juez tiene potestad de inclinar la balanza en uno u otro sentido, sin ir en contra de esa ley. Y muchas veces no se trata de que los jueces puedan aplicar una receta, que lo hacen, sino en no entrar al trapo, de no dar bases a, motivo de. Cuando una persona va de frente, con un comportamiento impecable, no comete pecado alguno, aunque el resultado sea el mismo, pero existe una diferencia abismal, el pecado lo cometen otros, no uno, ergo, hay base para reclamar y para luchar. No es tanto lo que es sino lo que debiera ser, se trata de mantenerse detrás de la línea que separa la insensatez de la justicia. En justicia, es obligación de todo padre hacer justicia con quienes son sus hijos, independientemente de lo que diga la ley o un juez, sencillamente porque cuando se es padre no hay ley, ni juez, ni gobierno, ni estado, que pueda cuestionar esa paternidad, ni esa relación especial y suprema que compete a todo padre o madre en relación a sus hijos.
Muy importante, Padre 707, documente todos sus actos en este sentido, es vital, independientemente de lo que decida un juez.
E, insisto, de no mediar hechos que no expone, las pretensiones de su ex son un despropósito, la patria potestad se pierde por hechos muy graves, las ordenes de alejamiento de un menor, su hijo, se dan por los mismos hechos, pero también es cierto que el derecho de relacionarse padres e hijos subsiste en muchos casos, aún retirada la patria potestad. Yo, desde luego, empezaría a pagar, porque sé que ese hijo es hijo mío, sin más, eso sí, dejando constancia fehaciente del pago. Dejando muy claro el concepto por el que se paga.
Mucho se habla de la cuantía de las prestaciones por alimentos, este país carece de la reglamentación, y organismos específicos, existente en otros países, en ellos el cálculo de la cuantía es casi matemático, se aplican unas fórmulas a disposición de padres, madres, jueces, abogados, y listo. Aquí nos manejamos con menos refinamiento, la explotación neuronal, que nada tiene que ver con la explotación del proletariado, no es una característica de la idiosincrasia española, nos manejamos, decía, con una cuantía que oscila entre el 20 y el 30 % de los ingresos brutos del progenitor obligado al pago, sí o sí. Esto suele ser matemático, sesudos estudios sobre la valoración de ingresos de ambos progenitores, gastos, necesarios, del menor y de los progenitores, quedan muy bonitos en un papel, perfumado o no, pero son eso, meras invocaciones teóricas, adornos retóricos, y, en este sentido, ni le cuento eso del interés supremo del menor. En su caso es recomendable tirar a la baja, hacia el 20%, tiempo habrá de que el juez se la suba, la prestación.
Padre707, que Vd. no pague alimentos hasta que exista sentencia no influirá en nada al juez, tampoco si tardó un año o cinco en promover medidas de filiación.
Si lo hubiera hecho en en mes tres y un día del menor igual le hubieran dado la custodia a la madre, la patria potestad compartida, las visitas de duración progresiva, los alimentos los deberá pagar en cuantía según lo que trabaje y planté su abogado.
Un juez dicta sentencias según "lo típico" (excepto casos muy concretos) ¿quien se cree que un juez le va a poner menos pensión de alimentos por haber pagado incluso antes de tener reconocido al hijo?¿quien se cree que le va a dar mas tiempo de visitas por pagar alimentos desde antes de tenerlo reconocido?¿quien se cree que le van a dar mayor porcentaje de patria potestad por pagar alimentos antes de tener obligación de ello?
Las sentencias son de corta y pega (excepto casos concretos) y el trabajo de los abogados igual (excepto casos concretos)
Sra. Nuria MG, antes que nada el comento que la demanda por la filacion a si como la solicitud de la custodia, LA PUSE YO!! asi creo que le quedara claro que me he interesado un poco no?? si 180 € son mucho, ese sera mi problema,ya vere yo de donde lo saco, pero que a mi hijo no le falte nada por mi culpa, y si no di antes dinero es como ya lo dije, no tenia la cuenta de mi ex y ademas de que se mudo y no sabia donde encontrarla!! de ahi de que nos tardaramos en notificarla de la demana casi 7 meses, espero que esto lo tenga en cuenta tambien la jueza. Gracias
Ah, NuriaMG, increible que una profesional que se permite acusar a los demás (por lo menos a mi) de ser incorrecto con un colega suyo (cuando dije al consultante "comente estos extremos con el abogado por si él tuviera otros datos") diga que los jueces aplican alimentos en base al 25% de los ingresos, sin valorar mas cuestiones ¿es así como dice que deben los abogados explicar las cosas?...por favor...
Insisto en lo que dije: "La cuantía a pagar por alimentos debe calcularse valorando los gastos del menor y cubrirlos proporcionalmente a los ingresos de ambos progenitores," y es de entender que si el cliente paga el abogado además de informarle bien y comprobar que le entendieron bien debe molestarse en trabajar incluso para valorar la cuantía de los alimentos que debe pasar su cliente...para eso cobra ¿no?
NuriaMG ¿puede decirme donde cuestiono al abogado?¿puede indicarme qué aconsejé al padre que va a ir en su contra?
Si Vd. coincide que no le impondrán alejamiento del hijo, que le darán patria potestad compartida, que le impondrán una pensión de alimentos (que implica custodia a la madre) ¿en qué le perjudica al padre no haber pagado alimentos hasta que esté obligado al pago o haya acuerdo entre las partes?
Por otro lado, si como dice el consultante "mi abogado me dice que es posible que pierda la patria potestad de mi hijo, ya que no he pagado nada de la manutención," (sin existir sentencia aún que lo obligue) creo que no procede concluir como Vd. "El abogado seguramente ha expuesto a su cliente los riesgos que existen." Creo que la obnubila el corporativismo ¿no? Ya que además dije "comente estos extremos con el abogado por si él tuviera otros datos"
Es de entender que el abogado deba explicar las cosas de forma que las entienda adecuadamente el cliente ¿no? Y si el cliente entendió que podía perder la patria potestad por no haber pagado alimentos cuando el hijo aún no constaba como suyo por la madre negarse a que lo reconociera... o el abogado se explica mal o el cliente entiende peor ¿no? Creo que Vd. exagera en función a su corporativismo (no sé si por mas cosas) y me acusa sin leer realmente lo que puse... a saber.
Pues tiene lógica lo que le dice su abogado, padre707, yo también le recomendaría lo mismo cuando indica, además, que la prueba de paternidad lo señala como padre casi en un 100%. Es jueza quien va a decidir su futuro con su hijo, le recomiendo que haga caso a su Letrado que no le está aconsejando mal (todo lo contrario) y consigne judicialmente una pensión simbólica a cuenta. Si tan preocupado está por su relación paternofilial, no está de más que empiece a responsabilizarse un poquito. Si 180 € es mucho, hable con su abogado para determinar una cantidad razonable, piense que seguramente le impongan un 25% de su salario bruto (no líquido).
Por otra parte, dudo mucho que le quiten la patria potestad y seguro que no hay orden de alejamiento porque el procedimiento es civil por lo que indica y la orden de alejamiento se impone en la jurisdicción penal.
Caramba, Viesca, me parece que se ha pasado cuestionando al abogado como lo ha hecho y aconsejando algo que sin duda, irá contra el padre. El abogado seguramente ha expuesto a su cliente los riesgos que existen.
Padre707, si no existe sentencia que le condene por maltrato al menor, ni existe sentencia que le obligue al pago de alimentos, no entiendo que un juez vaya a impedirle visitas, menos conceder una orden de alejamiento del menor, ni le impida ejercer la patria potestad... comente estos extremos con el abogado por si él tuviera otros datos...pero lo lógico es lo que le indiqué ya: patria potestad compartida, custodia a la madre (ya que la ejerció hasta ahora sin que exista causa para retirársela), visitas del menor con el no custodio que irán aumentando de forma paulatina, pago de alimentos desde el momento que entre en vigor la sentencia.
por la afilacion ya no me apura, estan ya los resultados de la prueba de A.D.N. (que no hacian falta, pero la pidio la fiscal) y en ella dice que soy el padre por el 99,9999995 % y de pedir mi ex ya lo hizo en la respuesta a la demanda, y su argumentodice, que no se me diera la patria potestad, ni regimen de visitas, que se me pusiera una orden de alejamiento de mi hijo y que pagara una cantidad como manutencion.
no se puede perder lo que aun no se tiene, primero tendra que demostrar filiacion, y luego solicitar derechos, y la otra parte tambien podra entonces pedir los alimentos que correspondan....
Mi ex me pide 200 euros, mi abogado dice 180 € y no existe ningun acuerdo, ya que desde hace mas de un año no tenemos comunicacion y mi abogado no conoce a la jueza ya que estamos en distintas plazas.