Mi pareja pasa una pension alimenticia a sus dos hijos. No es una pensión alta ni tiene problemas para pagarla, pero ahora nos vamos a casar y mi pregunta es la siguiente: si nos casamos, puede pedir su ex un aumento de la pensión en base a que yo tambien aporto ingresos a la unidad familiar? No me parecería lógico porque se supone que a sus hijos los tienen que mantener ella y mi pareja, no yo, pero siendo como son las leyes en este país, y conociéndola... me espero cualquier cosa.
A mí me parece que no...no se suele modificar la cuantía de los alimentos a menos por haber contraído nuevo matrimonio y haber tenido más hijos con la nueva pareja, así que en principio yo creo que no prosperaría la petición...los alimentos se fijan en función de las necesidades de los hijos y de los ingresos del padre,y si él sigue ganando lo mismo aunque se case contigo no veo por qué iba a cambiarse,pero ésa es mi opinión.
Un saludo.
Aderyn:
No soy abogado, pero tranquila, ganes lo que ganes y tengas lo que tengas, no tiene nada que ver con sus hijos, lo que cuenta para la pension de alimentos son los ingresos del padre, aunque tu fueras rica, seguiria siendo asi, la ley a ti no te puede sacar nada en beneficio de ellos, ahora, eso si, cuidado con el piso donde os vayais a meter, como lo comprais y a nombre de quien, y el regimen economico que elegis.
En cuanto a tu sueldo no tienes ninguna pega, y los bienes que tengas antes del matrimonio, pero deberias consultar con un abogado el tema del piso u otros bienes que podais tener a medias en un futuro sobre todo en regimen de gananciales.
Yo te recomendaria una separacion de bienes antes de casaros, pero por lo que cuesta consultarlo yo lo haria, te pondrian al tanto de todo y seguro que respiras mas tranquila.
Me parece de lo mas sensato la separacion de bienes, pero no estaria de mas que consultara a un abogado o en un notario sobre aquellos bienes que comparta con su pareja, se lo digo por el tema de la herencia con respecto a su casa, que va a ser de ambos.
Lo haremos, naturalmente, pero creo que la herencia es un problema menor, ya que nosotros somos muy jóvenes y además es lógico que la mitad de la casa que le corresponda pase a sus hijos o sea compartida entre sus hijos y los hijos que tengamos nosotros, si es el caso. De todos modos tengo entendido que, en caso de defunción, siempre se podria hacer testamento dejando la casa en usufructo al otro conyugue, para evitar que la ex, en este caso, la reclamara en nombre de los niños, que ya sería desfachatez pero claro... todo puede ser.
Por eso le digo que en cuanto a los bienes que vayan a ser comunes o digamos repartidos entre ambos aun con separacion de bienes, conviene que se asesore en un notario, no crea es no es importante, asi estara usted bien asesorada y luego decide como hacerlo.
Gracias por sus respuestas Nefernefari. Me han sido de gran ayuda. Y ya que estamos, otra pregunta: cuál es el proceso para hacer capitulaciones. Supongo que se hacen antes de la boda, pero no sé exactamente si basta con ir al notario y firmarlas o hace falta algo más. Gracias.
Intervengo al leer lo de la herencia, ya que una vez que ustedes se casen, no hace falta hacer testamento para dejar el usufructo al cónyuge viudo; al cónyuge viudo le corresponde eso por Ley (Código Civil), y en este caso, si la casa va a ser de los dos, a usted le quedaría el usufructo de la parte que en propiedad corresponda a su marido, como parte de su herencia, conservando la propiedad sobre su parte. Sí les aconsejo que quede justificada la aportación que cada uno realiza para la adquisición de la vivienda (más vale prevenir...)
En cuanto a las Capitulaciones, pueden hacerse antes o después del matrimonio, y el notario les orientará en la forma de hacerlo si son previas al matrimonio; se hacen en cualquier Notaría, aunque si tienen varias propiedades en común hasta la fecha, es aconsejable que prepare la distribución un abogado, conforme a sus intereses.
Mucha Suerte con todo. Un Saludo.
Hola SE6, al hilo de las herencias... estoy divorciada y tengo una hija, tengo casa propia, y mi futuro marido también, en este caso.. ¿también tenemos el usufructo de las casas? o tenemos que hacer testamento para especificarlo?? Gracias
Hola Hathor.
Debes saber que los derechos de herencia respecto al marido-mujer se pierden al existir una separación o un divorcio. Dice el Art. 834 del Código Civil: "El cónyuge que al morir su consorte no se hallare SEPARADO o lo estuviere por culpa del difunto, si concurre a la herencia con hijos o descendientes, tendrá derecho al usufructo del tercio de mejora."
O sea, que en caso de separación o divorcio, sólo los hijos son herederos forzosos, y los ex no participan en la herencia (ni en derechos ni en obligaciones); si es que alguien quisiera dejarle al ex algo (cosa extraña, la verdad), la mejor forma sería mediante legado, haciendo testamento.
Un Saludo.
Al hilo de las herencias, yo tengo otra duda.
Yo hice testamento antes de casarme y tener hijos, en el testamento digo que lo dejo todo a los futuros hijos que pudiera tener, poniendo como alvaceas y tutores a mis padres, y que en el caso de estar casada, a mi futuro marido le dejaria lo que marca la ley como obligatorio.
Ahora que me he divociado, tengo que cambiar el testamento? si me pasara algo ahora, mi ex tendria derecho a algo?
he pensado en ir un dia a la notaria y cambiarlo poniendo ya que se lo dejo todo a mi hija y como tutores y alvaceas a mis padres, pero es de estas cosas que las vas dejando que si un dia por una cosa otro por otra y al final pasa el tiempo y no vas.
Aderyn, pues yo creo que si deberiais hacer testamento, porque lo que corresponde al conyuge viudo es solamente el usufructo de UN TERCIO de la herencia. Ese usufructo se puede calcular y pagar a tanto alzado, por tanto no estaria de mas hacer testamento en el cual él deje a sus hijos la propiedad de sus bienes, y a ti el usufructo del total de la herencia, al menos hasta que tengais un hijo en comun, si eso llega a ocurrir.
abcd, al estar divorciada, ya no tienes marido, con lo cual, no tiene por que reclamar nada, todo iria a tu hija. Lo que ocurre es que nunca esta de mas hacer testamento e identificar a los herederos, mas que nada por ahorrarles una futura declaracion de herederos, que lleva mas tiempo. Que conste que lo se, y yo misma soy tan vaga que no he hecho testamento aun. Lo que no se es si te permitirian nombrar tutores a tu hija, al vivir su padre, lo que si se puede es nombrar administradores de la herencia a otras personas diferentes al padre, que es lo que yo tengo en mente hacer, pero como tu dices, un dia por otro....
Gracias SE6, me has aclarado algo que no habia pensado, pero mi pregunta se refería no a mi ex, sino a mi futuro, ya que pienso contraer matrimonio este verano, como he dicho él tiene casa propia, y nuestra intención es que si falleciera él sin tener hijos, y sin quitarle nada a sus herederos legales, yo pudiera disponer de su casa para vivir o alquilarla en caso de necesidad económica. Que si falleciera yo, aunque heredaria mi hija, pudiera disponer de mi casa si lo necesitara. Decirte que mi hija se entiende muchisimo mejor con el que con su propio padre, se que no tendrían ningún tipo de problema.
Gracias