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pensión vitalicia posterior a un nuevo matrimonio

4 Comentarios
 
Pensión vitalicia posterior a un nuevo matrimonio
29/04/2012 04:10
caso:
mi marido tenía firmado un convenio regulador con su ex mujer por su hijo menor de edad cuando nos conocimos y que ahora tiene 22 años y al que no le ha faltado nada, ni colegios, facultad, ni pago de vivienda y pensión y que ahora trabaja con él. han cambiado el año pasado voluntariamente el convenio y ha pactado una pensión vitalicia sin siquiera comentarmelo antes. primero; según el 101 CC se extingue toda pensión y/o compensación por nuevo matrimonio y que además ya que llevan divorciados desde el 2004? Nosotros tenemos otros dos hijos menores, se puede solicitar suspensión de ese pacto voluntario de alguna forma o yo soy demasiado tonta?. segundo; puede su ex solicitar tras el divorcio alguna pensión de viudedad si ha firmado pensión compensatoria cuando fallezca mi marido?? o sigo siendo imbécil?? la verdad es que no se muy bien qué han firmado pero ha sido un acuerdo entre las partes, convenio o acuerdo. Creo que me está faltando el respeto a mis otros hijos y a mí con esta historia a la que nunca me he negado mientras su hijo no era mayor de edad o tenía un empleo. ahora no es que le pague al hijo, que también lo hace, es que también tiene alguna deuda moral con la madre?? o legal??
29/04/2012 12:01
1.- El 101 C.C. se extingue si el acreedor (la ex esposa) contrae nuevo matrimonio.
2.- No se puede solicitar esa suspensión, más cuando se ha firmado existiendo ya esos dos hijos.
3.- Si, mientras no cambie la ley, existiendo pensión compensatoria al momento del fallecimiento, puede tener derecho a pensión de viudedad en función de los años de convivencia. Se reparte entre ambas, teniendo Vd. derecho a un mínimo del 40% y ella, del 60% de esa pensión en el peor de los casos.

Si pactaron una pensión VITALICIA, no se extingue mientras viva (salvo nuevo matrimonio), es más, la obligación de pago pasa a los herederos del deudor (su marido), es decir al hijo del anterior matrimonio y los suyos. Si la pensión es INDEFINIDA (no es lo mismo que vitalicia), se puede extinguir cuando haya un cambio sustancial de las circunstancias respecto a las existentes cuando se firmó el último convenio.

Las restantes preguntas son personales y sólo Vd. puede contestarlas. Lógicamente si son matrimonio, por ética, debió consultarle lo que fuera a firmar si ello lleva aparejadas cargas económicas, sobre todo, si ya no procedieran. Pero éso, deben resolverlo entre Vds. Hablando se entiende la gente.
Un saludo,
29/04/2012 19:49
qué efectos tendría un pacto entre ambos sin estar firmado? tiene los mismos efectos que un pacto voluntario firmado? gracias por su respuesta pero no entiendo por qué puede existir una pensión vitalicia cuando el cónyuge divorciado, en este caso mi marido, se vuelve a casar y su ex esposa trabaja aunque no se si cotiza o no. tampoco entiendo que la pensión no la pueda cobrar su actual cónyuge y que además haya que repartirla, yo llevo tantos años o más casada que con su primera mujer?? gracias un saludo
29/04/2012 19:56
xacobea, en cuanto a la pensión, se reparte pero proporcionalmente, es decir, le tocará más ala que más tiempo haya pasado casada con él.
30/04/2012 12:45
Hola xacobea,

No he entendido si esos acuerdos o convenios a los que han llegado su marido y su ex ¿han sido aprobados judicialmente o no?.

Su marido y su ex, han podido acordar lo que les haya parecido conveniente, si han establecido una pensión vitalicia., que como le indica Nuria es diferente de indefinida, no se modificará por volverse a casar, alguno de los dos, si, en el caso de que fuese indefinida y se casase la ex de su marido.

Dependiendo de las circunstancias, si ahora la ex trabaja, y existe un cambio sustancias, podría modificarse, pero hay que conocer las condiciones pactadas y si han sido aprobadas por el juzgado o no.

Un saludo,