Hola. Si los efectos de la incapacidad permanente absoluta son desde el año 2018,2019,ó 2020, debes hacer dos cosas.
1) Hacer declaraciones complentarias de la declaración de renta desde los efectos de la IP absoluta a fin de que te devuelvan alguna cantidad al estar exenta del IRPF la IP absoluta.
2) Comunicar a Hacienda la sentencia y que anulen el embargo y te devuelvan las cantidades embargadas.
De tdas formas yo esperaría a que el INSS te pague los atrasos, carta que también acompañaría a Hacienda.
Saludos
Buenas noches tengo una deuda de embargo con Hacienda por no hacer la declaración en 2020 , entonces tenía Incapacidad permanente total y cobraba 814 euros. Interpuse un recurso , no me lo tuvieron en cuenta. Ahora estoy embargada y me han ido quitando de la cuenta. Pero el 23 de Abril el tribunal de justicia me reconoció la incapacidad permanente absoluta, con carácter retroactivo desde ,2018. Hacienda me reconocerá la invalidez y me quitarán la deuda . Gracias espero su respuesta