Si topicat, pero en mi caso en particular no puedo dejar de pagar la hipoteca y que me mande a la calle porque tengo tres hijos y mi mujer esta en paro asi que tampoco le puedo dejar de dar de comer a mis hijos lo que yo digo es que si mis tres hijos cenan pan con tomate el tambien tiene que cenar pan con tomate es decir si yo tengo 500 para comer y lo divido para 5 que son mis cargas familiares me sale a 100 por cabeza y no a 200
Cuando la fortuna del obligado a darlos se hubiere reducido hasta el punto de no poder satisfacerlos SIN DESATENDER SUS PROPIAS NECESIDADES Y LAS DE SU FAMILIA.
Creo que esta claro
Y me da igual si eres mujer u hombre, machista o feminista, abogada o juez.
topicat leelo bien que no es tan dificil, solo puede dejar de pasar la manuntencio si no recibe dinero de ninguna parte. o que el hijo se ponga a trabajar, yo es que pienso que leeis ente lineas y no haces caso a todo solo a lo que os interesa. Soy mujer y no soy ni machista ni faminista, abogada puede.
Indiscreta si me se el codigo y lo tengo mas que leido, a lo mejor eres tu quien lo tiene que leer, y para dar consejos que no ayuden mejor te callas y ya, por que mas que ayudar enmerdas las cosas. Esto son problemas serios no para pasar el tiempo, te propongo que te metas en un chat seguro que alli encuentras mas diversion.
antopuche por mucho que el este trabajando en la tienda si no tiene nomina ni contrato es como si no trabajase. Y si se puede demostrar que estudia solicitandolo en el Instituto en el cual este apuntado.
Es cierto que si puedes demostrar que ni estudia ni trabaja no tienes obligacion de pasar pension,pero hoy en dia no es tan facil encontrar trabajo como os creeis por aqui,la prueba es que la mayoria de vosotros entrais pidiendo consejo para pedir modificacion por estar en paro cuanto más un crio que no ha terminado ni la ESO.
Y yo me pregunto ¿como se puede demostrar que no trabaja porque no quiere? Como no sea que tu le buscas un trabajo y él lo rechace,no se yo como se puede demostrar eso,ya sabes por aquello de la crisis.
A mi me importa bien poco lo que hagas con tus cataplines pero con una nomina de 1050€ y una hipoteca de 580€ hay que pensarselo y mucho para tener 3 hijos y mas si como dices has intentado no comer pero te mueres de hambre.
El codigo según Aranser da risa.
2 Cuando la fortuna del obligado a darlos se hubiere reducido hasta el punto de no poder satisfacerlos sin desatender sus propias necesidades y las de su familia.
¿Que quiere decir que primero como yo y si me sobra come mi hijo?
¿Que quiere decir que al divorciarse de su mujer,ese hijo ya no forma parte de su familia?
Aranser muchas gracias.
No os he contado también que la madre tiene un almacen de electrodomesticos y el va a ayudarle por la tarde despues que sale del Insti estaba cansado un poco de eso porque side que no puede hacer los deberes en la tienda porque lo interrumpen. Si os soy sincero en el fondo de mi corazón quiero creer que el no esta enterado de nada de esto, aunque la carta que manda el abogado usa su nombre pero es que ultimamente estabamos empezando a tener contacto y es más como he comentado antes su madre lo dejaba solo y como no le habia dejado comida habia venido a pasar el día un par de veces en el último mes eso si sin que su madre se entere incluso cuando le llamo por teléfono y estaba en el salón nos dice callaros que es mi madre y no quiero que sepa que estoy aqui. Y estubimos hablando y le decia que le iba ayudar ha suspendido un montón de asignaturas y le decia que venga a casa que mi mujer le podia ayudar aparentemente con ella se lleva bien, incluso le suele contar cosas de sus novietas y fiesta etc etc. Desde que tenia 10 años él decia que no queria estudiar nosotros le deciamos que tenia que estudiar y ahora estabamos viendo la posibilidad de las becas y el domingo pasado lo llame y me digo que habia comido con la novia. Y derrepente viene esto cuando el me habia dicho "madre mia papá si que lo tienes chungo" refiriendose a la situación económica. Yo le habia dicho que en cuanto mi mujer encuentre trabajo le ibamos a empezar ayudar pero que por el momento podia comer en casa y pasar lo fines de semana aqui para que no este solo y su madre no gaste en darle dinero para las pizza. Así que o su madre le ha lavado el coco una vez más "para variar" o es un buen actor espero que sea lo primero porque me cuesta creer que en estas ultimas semanas no halla sido sincero, vamos no se puede fingir tanto. Mañana hablare con el y con verle la cara y la forma de contestarme sabre la verdad.
Pero si indiscreta es divertida, hace comentarios que pretenden ser contrapunto pero que realmente quedan en comentarios ingeniosos acordes con el nombre que ella misma decidió.
Yo voto porque indiscreta siga participando, cuanto mas mejor, seguro que alguien saldrá ganando.
Por favor, escriban solo cosas que agraden a indiscreta. Al parecer todo lo que no sea machacar al género masculino es de mucho aburrimiento para ella.
La pension de alimetos
La Constitución Española impone el deber de cuidar y velar por los hijos y la separación o el divorcio no eximen a los padres de estas obligaciones. Así lo ratifica el artículo 92 del Código Civil al indicar que la separación, la nulidad y el divorcio no eximen a los padres de sus obligaciones para con los hijos.
Si no existe acuerdo de las partes, el Juez, en todo caso, determinará la contribución de cada progenitor para satisfacer los alimentos y adoptará las medidas convenientes para asegurar la efectividad y acomodación de las prestaciones a las circunstancias económicas y necesidades de los hijos en cada momento.
Si convivieran en el domicilio familiar hijos mayores de edad o emancipados que carecieran de ingresos propios, el Juez, en la misma resolución, fijará los alimentos que sean debidos.
Se entiende por alimentos no sólo la comida, si no todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica. Comprenden también la educación e instrucción del alimentista mientras sea menor de edad y aun después cuando no haya terminado su formación por causa que no le sea imputable.
Los alimentos incluyen no sólo la comida sino también la habitación, vestido, asistencia médica y educación.
Así, la sentencia de separación o divorcio que se dicte tras la tramitación del procedimiento correspondiente determinará el cónyuge que viene obligado a satisfacer la pensión de alimentos, su cuantía, las bases o criterios para su actualización - habitualmente se actualizará conforme al IPC-, y la forma y periodo de pago.
La ley no fija una cuantía, por lo que el importe será fijado por el juez atendiendo a los ingresos del cónyuge obligado a abonarla y las necesidades del/los beneficiarios de la misma. Para ello se hace preciso el análisis de la posición laboral y económica que mantiene el obligado al pago. En el siguiente enlace dispone de unas tablas orientativas para el cálculo de la pensión de alimentos.
Asimismo, y como también hemos indicado, la pensión de alimentos podrá modificarse en función de las circunstancias económicas del obligado al pago y en función de las necesidades del/los beneficiarios; lo que se hará a través de un procedimiento judicial llamado de modificación de medidas.
Cesará también la obligación de dar alimentos:
1.
Por muerte del alimentista.
2.
Cuando la fortuna del obligado a darlos se hubiere reducido hasta el punto de no poder satisfacerlos sin desatender sus propias necesidades y las de su familia.
3.
Cuando el alimentista pueda ejercer un oficio, profesión o industria, o haya adquirido un destino o mejorado de fortuna, de suerte que no le sea necesaria la pensión alimenticia para su subsistencia. En este sentido, la jurisprudencia ha destacado reiteradamente que no basta tener la aptitud para desarrollar un trabajo si faltan posibilidades de desarrollarla.
4.
Cuando el alimentista, sea o no heredero forzoso, hubiere cometido alguna falta de las que dan lugar a la desheredación.
5.
Cuando el alimentista sea descendiente del obligado a dar alimentos y la necesidad de aquél provenga de mala conducta o de falta de aplicación al trabajo, mientras subsista esta causa.
Con carácter general, la pensión de alimentos a los hijos debe abonarse hasta que éstos alcancen la mayoría de edad; pero, si alcanzada ésta, continúan estudiando o carecen de medios de subsistencia propios, podrá mantenerse esta pensión hasta que los hijos puedan ejercer una profesión u oficio que les permita valerse por sí mismos.
La pensión de alimentos corresponde también a los hijos mayores de edad, salvo que gocen de independencia económica.
Por último, la obligación de abono de una pensión de alimentos es fijada por sentencia y, como es lógico, su incumplimiento permite al beneficiario instar un procedimiento de ejecución y, en su caso, el embargo de bienes y derechos del obligado a satisfacer la pensión. Asimismo, el impago de la pensión de alimentos puede ser constitutivo de un delito de abandono de familia tipificado en el Art. 227 del Código Penal, puede ser causa de privación de la patria potestad y constituye justa causa de desheredación de los legitimarios.
Mientras que los gastos ordinarios son de tracto sucesivo, previsible y necesario, y a su cobertura se destina la denominada pensión alimenticia, los gastos extraordinarios son aquellos que no tienen periodicidad prefijada, en cuanto dimanantes de sucesos de difícil o imposible previsión, de tal modo que los mismos pueden surgir o no. Su pago se establece generalmente al 50%.
Indiscreta, por favor, deja de hacer leña del árbol caído. Da consejos racionales, y en la medida de lo posible, jurídicos.
Pero es de mal gusto criticar por criticar, para eso ya están los programas de tele5.
Antopuche: haz casde lo que te dice ramonviesca, jurídicamente me parece una actitud acertada. Pide modificación de medidas, planteándoselo así al juez. Medicina, jejejejej
Lo que indiscreta quería decirle, antopuche es que cómo no se le ha ocurrido a usted cortarse los cataplines, hombre.
Primero porque son propios de los machos, y ya sabemos que estos sobran en todas partes.
Y después porque después de tener un hijo con una pareja y que su niño y su ex le estafen mes tras mes, usted no tiene derecho a la vida, ni a tener más hijos, ni a casarse, ni a ser feliz.
Eso quisieran casi todas (la inmensa mayoría) verle a usted con la soga al cuello, por ser hombre y por quejarse de su situación.
Angelicos mios... pobrecitas, qué penita me dan...
Indiscreta, el tener un hijo que me da problemas no se que tiene que ver con que quiera tener más hijos con mi nueva pareja, yo tengo trabajo fijo pero gano poco mi mujer lo tenia pero la echaron ya sabes por aquello de la crisis. Pero creo que a ti eso no te importa. Y si cuando dices de echar la culpa a a los demas te refieres a que es culpa de mi ex que me alla quedado sin dinero pues si es así. Por cierto con el tema de los hijos alucino supongo que seras como mi ex mujer aquellas mujeres que se creen que cuando se casan es de por vida y aunque alla pasado más de 10 años de separación siguen con la misma historia y eso que ya ha tenido pareja etc. etc. paro resumirte te digo que hace 3 años cuando me case es decir cuando teia 7 de haberme separado no dejo venir al crio porque para ella yo la estaba traicionando y que como puedo "hacerle eso" dicho por sus propias palabras que porque no me iba a vivir a otro pueblo porque para ella "aun habiendome separado legalmente" era una falta de respeto que yo este con otra persona. , Yo le llamo el sindrome "Belen Esteban". Y aMi hijo no le he tramitido ningun mensaje porque yo nunca le decia a el que no tenia dinero a demas desde que me separe he pasado muy poco tiempo con el.
Si la ley cambiara y en el momento de la separacion se repartieran los bienes y se diera la custodia compartida muchas cosas cambiarian para empezar muchos crios seguirian teniendo padre y no como el mio que su madre ponia en el boletin del colegio "sin padre" y que tenia que ir yo al cole para que me dieran las notas e ir a la hora del creo para verlo.
Asi que tia no me Jodas y deja de ser una amargada.
Echar la culpa a los demás es de irresponsables, si tu hijo ve que tu estas en una situación límite continuamente, ese es el mensaje que recoje, y teniendo un hijo que te da problemas, es bastante iresponsable tener 3 mas sin un trabajo fijo ninguno de los dos, que arda Roma de nuevo si no digo la verdad.
Jose Ramon, gracias ya te digo si yo viera que es un chico que quiere estudiar es que nos esforzariamos y se le podria pedir becas para el estudio pero, es que ahora mismo esta repitiendo por segunda vez el ultimo curso de la Eso y le han caido 7 en el primer trimestre y en lugar de estudiar el fin de semana se va de fiesta. Eso si ya me dijo hace 1 mes que me lo encontre por la calle que estba él pensando en ser médico y que segun lo que el habia calculado estaria estudiando hasta los 30. Y pense yo a cuento de que me dice esto? y ahora lo entiendo, estaba preparando el terreno JeJe ( merio por no llorar)
Indicreta y llevas razon, el pobre chico repite tanto porque no esta centrado. ¿cómo va estar centardo? si se queda el fin de semana solo en su casa porque su madre se va con su novio. y el sale el sabado y llega el domingo vamos es que aunque fuera Einstein asi no se puede y ahora no me ehches la culpa a mi y me digas que como yo soy un desgraciado que me separe por eso el chiquillo es así. que se pas la separación fue de mutuo acuerdo.
Aunque sunpongo que la culpa siempre la tengo yo aunque desde que el crio era pequeño le decia yo a mi ex dejamelo cuando salga del cole que yo le enseño los deberes pero no preferia que este jugando en la calle hasta las tantas y los fines de semana que ella se iba de fiesta lo dejaba donde sea. Y ahora me diras pero porque no lo demande?? respuestas: No tenia ni un Puto duro, tenia que pagar la mitad de la hipoteca del casa y la mitad del coche que teniamos en común la pension de alimento y como yo no me habia acostumbrado a no comer tambien me tenía que pagar la comida ¡me cago en la lecha! mira que lo intente ¡pero nada! a los dos dias ya me estaba muriendo de hambre. Por esata razon no tenia ni un duro para poder pedirle por medio de abogados el que me dejara ver al crio porque el de oficio nunca llego. Es que lla vez soy un estupido como se me ocurre enamorarme otra vez y tener hijos, si lo que tenia que haber hecho era poner a trabajr y vivir debajo de un puento para que asi mi ex de se la gran vida.
Si no está estudiando con un aprovechamiento normal podrás alegarlo ya que realmente no estudia ni trabaja, tendrás que evidenciar que realmente la pensión no la aprovecha para mejorar su formación para optar en mejores condiciones al mercado de trabajo.
Si no le pagas pensión de alimentos por haberla pagado por adelantado hace tres años no la pagues hasta que un juez te obligue, que si aún anda por ESO tienes muchas opciones a que el juez entienda que es un bago y lo que no quiere es trabajar ni estudiar.