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pension hija mayor de edad

26 Comentarios
Viendo 21 - 26 de 26 comentarios
09/09/2009 02:43
Es absurda su pretensión, la persona que está legitimada para percibir la pensión en nombre de su hija, es la madre (le guste o no) puesto que fue quien los reclamó en el procedimiento de familia. Si dichos alimentos hubieran sido concedidos en un procedimiento de alimentos que hubiera interpuesto su hija mayor de edad, entonces si tendría que abonárselos a ella. Por tanto, su demanda no es viable y si la interpone basándose en un rebote por el incorrecto comportamiento de la madre y la hija, la perderá, con los gastos de procurador y abogado que deberá pagar.
Sería más práctico que enfocara sus actuaciones a comprobar si su hija estudia, trabaja o no hace nada para ver si puede extinguir o reducir la pensión de alimentos. Dichas actuaciones, bien a través de un detective, de unas diligencias preliminares, o directamente, a través de un procedimiento declarativo. La opción que más le convenga se la señalará su abogado. Pregunte a sus conocidos para que le recomienden uno o si no, acérquese a ver el listado en el colegio de abogados.
Si no tiene medios económicos, puede solicitar la justicia gratuita para que le designen uno del turno de oficio.
Un saludo.
08/09/2009 23:01
Que bien señor fereto que su hija se lo pase tan bien. Y come y vive en una casa de su madre, en la suya o en la calle?Por que si usted se lo dá para pasarselo bien no le llegará para estos gastos. Que buena educación. Que cruz para muchos hijos tener un padre así, que los mal educan y para una madre que tienen que luchar contra corriente.
Las pensiones son para los gastos de vivienda, comida, ropa, etc etc, no para pasarlo bien, irresponsable.
suricato si la madre le demanda perderá y seguramente tendrá que volver a pagar lo que le dio a su hija ya que no está cumpliendo con lo dictado en sentencia y la madre de esta chica habrá estado poniendo lo que le corresponde a usted, ya que ella se lo habrá gastado en pasarlo muy bien. Es lo que le va a ocurrir a este señor tan listo.
08/09/2009 22:51
Soy Carmen Varela (abogada especializada en derecho de familia) Mientras su hija viva con su madre, no puede abonarle directamente a ella la pension ni dejar d epagarla. Debe interponer una demanda de modificacion de sentenica pero para que no le condenen en costas si la pierde verifique antes a traves de un detective si su hija trabaja o estudia
08/09/2009 19:09
Como reflexión, con derecho a equivocarme.

Yo se la estoy pasando a mi hija, que se lo pasa muy bien.

¿ Qué le parece enviársela por giro postal, a nombre de su hija ?. Por supuesto, especificando

PENSION DE ALIMENTOS, MES

¿ Qué perdería probando... ?.

Puede que alguna se enfade, pero en caso de juicio, si lo cobra la hija, que es la beneficiaria no pasaría nada, digo yo.

Hay doctrinas para todo, sobre esto de las pensiones.

Pruebe como le digo.............

Suerte.



08/09/2009 18:50
Gracias por la respuesta.
Si,estoy de acuerdo en que poner la demanda a mi hija en ese mismo juzgado funcionaria.Pero yo no quiero demandar a mi hija,lo que quiero es dejar de pagar la pension a la madre y pagarsela a mi hija directamente.
08/09/2009 18:42
Como reflexión, con derecho a equivocarme.

Me temo que salvo que haga un proceso, nadie le va a ayudar. Pero tiene bemoles el asunto. lEl embargo sigue, pero nadie tiene obligación de nada de nada, ni la hija ni la madre.

Pienso que en ese juzgado debería poner pleito a la hija, y quitar a la mamá de en medio.

Ahora bien, pienso que debería preguntar a ese juzgado si ellos llevarían el asunto, con abogado y procurador. Pues son ellos los que le han dado esa solución.

No vaya a ser que en otro juzgado le digan que el procedimiento es contra la madre, y que ella llevará el asunto de la hija de ambos.

A lo mejor se lo ha dicho una funcionaria, la jueza piensa distinto.

Total, se mire como se mire, negocio de abogados.

Por los menos pida presupuesto previo por escrito a su abogado, salvo que sea de oficio.
Pension hija mayor de edad
08/09/2009 18:28
Tengo mi nomina embargada para pagar una pension de alimentos a una hija que ahora tiene casi 20 años,y cuyo importe se lo abonan a su madre en una cuenta a su nombre (de la madre).
Como quiera que hace mas de 2 años que se niega a hablar conmigo (la mama interviene negativamente) no conocia si estaba estudiando de verdad o no,y a tal fin solicite al juzgado que me informaran de este extremo,contestando el Juzgado que la madre no tiene ninguna obligacion de informarme porque mi hija ya es mayor de edad,que lo que debo hacer es demandar a mi hija para que me lo diga.
Siendo esto asi,creo yo que puedo solicitar que me levanten el embargo de mi nomina,pues por el mismo motivo de la mayoria de edad no tengo porque pagar la pension de alimentos a la madre,sino a mi hija directamente.
No cabe tener el derecho de cobrar la pension y no la obligacion de informar.
Si tengo razon ¿donde debo pedir el levantamiento del embargo,en el Juzgado que me lo impuso (donde tuvo lugar el procedimiento de separacion) o en el nuevo juzgado que me ha dicho que demande a mi hija (donde tuvo lugar el procedimiento de divorcio?
Muchas gracias por anticipado a quien me eche una mano.
¿Alguien conoce algun abogado para que me haga esto?