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Pensión de viudedad

38 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 38 comentarios
06/11/2009 20:07
Estoy desesperada porque la Seguridad Social me dicen que no me corresponde la viudedad de mi defunto marido. Vivo en Cataluña mi marido murio en sept. de este año 2009 de una fermedad comun. Llevavamos diez años viviendo juntos. Los dos estabamos divorciados. Él no se empadronó hasta antes de carsarnos en julio 2009, no teniamos hijos en comun y el piso es mio pero tengo hipoteca. Lo único que puede acreditar que vivía conmigo es una cuenta bancaria a su nombre donde cobraba su nomina con la direccion del piso, el seguro de su coche, y una mútua médica y gente que saben que vivíamos juntos todos estos años. Mi pregunta es ¿ Con estas pruebas de convivencia crees que valdría la pena luchar mediante un abogado para que me concediera la paga de viudedad.? ¿Tengo alguna posibilidad de ganar?
perfil goz
22/11/2008 14:16
rakhsun,para ya,por dios.Las cosas están bien explicadas y bien claras.No le des más vueltas de tornillo que por mucho que te empeñes,las pensiones se darán a quienes cumplan con los requisitos estipulados por la ley.

Sin ánimo de ofender eh??
22/11/2008 14:12
o sea no, un momento, que la pague la seguridad social, no significa que la paguemos todos no?, supongo que sale de lo que ha cotizado el fallecido con su trabajo.
22/11/2008 14:11
Um, pero entonces, si la pensión compensatoria la paga la seguridad social, lo normal sería que fuera destinada a una persona sin recursos....ya que la pagamos todos....
22/11/2008 14:11
arrg, la pension de viudedad queria decir.
22/11/2008 14:07
La pensión de viudedad la paga la Seguridad Social y la compensatoria el ex marido o los herederos de este, siempre que sea vitalicia.
22/11/2008 13:22
Luego entonces, la cuantía de la pensión de viudedad, ¿de qué bolsillo sale?¿Y la compensatoria?
22/11/2008 12:15
huy, he dicho arriba, "no deja a la viuda desprotegida", me he equiocado, a la ex mujer quería decir.

De todas formas, esto de la pensión compensatora está ben para las mujeres de anes que difíclmente podían trabajar, pero es un concepto que está y debe estar llamado a la extinción, para las mujeres de hoy, no tiene sentido recibir pensión compensatoria por divorco o por fallecimiento, se supone que una es independiente económicamente.




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22/11/2008 12:11
He entendido que así es, por tanto, creo que la nueva ley no está mal.

No deja a la viuda desprotegida, pues recibe una pensión compensatoria por los años de trabajo dméstico. Es como si yo contrato a una limpiadora en mi casa. Aunque termne llevándome muy mal con ella y la despida, los años cotizados a la seguridad social no se los puedo quitar, y aunque pudiera, no debería quitárselos, que a fin de cuentas, ha trabajado.

Y la pensión de viudedad, según entiendo, no es una cotización, sino una especie de obsequio que le haces a la prsona que quieres (perdonad esta forma tan pastelosa....), y es la que se queda la viuda.

Entonces, creo que no está mal la nueva ley, de alguna manera, teniendo en cuenta que cada caso es difeente, y que es difícil complacer a todo el mundo, creo que deja a todos parcialmente contetos, nadie se queda sin nada.



20/11/2008 19:12
rakhsun, le convendría comprar un codigo civil
20/11/2008 13:40
A, luego entonces, con la nueva ley, en caso de que se extinga la pensión compensatoria con el fallecimiento, la de viudedad se reparte a porcentages?

Y si la compensatoria no se extingue, ¿es cuando se aplica que la pensión de viudedad la percibe la viuda oficial?
20/11/2008 13:37
Bueno, por lo que he entendido, en el caso que expuso verska, a la ex mujer le quedaría, como mínimo, la herencia, o sea la casa y el coche...pero claro, eso hay que repartirlo con los hijos, luego entonces, creo que no le queda mucho.

Mmmm, en ese caso, entonces, se vendería la casa y el coche, y la madre iría a vivir con los hijos supongo...

Aunque la verdad, que trsite hacerle vender la casa, a lo mejor ella tiene a sus amigas en ese barrio y no quiere ir a vivir con los hijos...creoq ue loshjos deberían esperar a que ella fallezca, en todo caso, actuar conforme al criterio de la madre siempre, si ella quiere vender se vende, si no quiere nada.

Luego además, lo de la compensatoria, si se extingue o no se extingue al morir el esposo, de qué depende?
20/11/2008 13:29
pues no tengo ni idea... me imagino que a tortas, aunque eso no es mucha novedad. Se supone que si es una sociedad de gananciales deberían repartirse los bienes. Al no haber hijos menores, no creo que hubiese atribución de la vivienda, pero la pensión compensatoria supongo que si y que será como la de alimentos, en función del sueldo del marido. No soy una experta, imagino que alguien te podrá indicar mejor cómo quedaría.
20/11/2008 13:27
gracias anais, voy viendo más claro...
20/11/2008 13:25
Eso estaba pensando, que en realidad, lo del porcentage no era mala idea. Desde un punto de vista estrictamente material.

El problema de estas cosas es que se mezcla lo emocional.

Verska, en el caso que has puesto, en el divorcio, ¿cómo saldrían el marido y la mujer después de disolver los bienes?
20/11/2008 13:22
Es que, como ya he dicho otras veces, lo que se ha cotizado durante tantos años no es para cubrir la viudedad; o, mejor dicho, ésta no está en función del tiempo cotizado. La viudedad se puede conceder habiendo estado casados muy poco tiempo. La cotización es para uno mismo y por eso las jubilaciones se calculan teniendo en cuenta tanto la cantidad por la que se cotiza como el tiempo durante el que se ha hecho.
En cuanto al caso que expone, Verska, la mujer que ha pasado muchos años dedicada a la casa cobraría su compensatoria, que no se extingue necesariamente al morir el ex marido, sino que se sigue cobrando con cargo a la herencia que deja éste, a menos que en su momento se fijara otra cosa. En caso de que se extinguiera la compensatoria con el fallecimiento del causante, sí cobraría viudedad, en proporción al tiempo convivido con su esposo (y aquí sería la nueva esposa la que saldría perdiendo y muy mucho).
20/11/2008 13:21
pero es que una persona casada con alguien que ha mantenido un nivel de vida X no tendría porqué quedarse en desamparo. Ni una persona quedarse con algo que moralmente no le corresponde. Me parece tan interesado que me da grima.
20/11/2008 13:19
Más bien, me agarro a lo que comenté más arriba, de que la nueva ley me parece buena como aplicación general, pero haciendo escepciones.

El caso que a comentado verska, sería para hacer una escepción creo yo. Simplemente porque estamos hablando del caso de mujeres mayores, de otro tiempo, cuyas posibilidades son diferentes. Esta generación no durará mucho tiempo.

Aunque por otra parte, si ya hay pensiones para las personas mayores que se quedan en desamparo...lo que no sé es cuál puede ser la cuantía.
20/11/2008 13:15
a ver... la pensión compensatoria es una pensión que yo, al menos, veo como algo un poco más del pasado... imagino que en unos años apenas se darán esas pensiones. Lo que sirven es para compensar a aquellas mujeres que no han trabajado por cuidar de la casa, o su trabajo se ha visto mermado en beneficio de la familia por dedicarse a esos cuidados (pienso en mi madre o así: mujeres de entre 50 y 70 años que nunca trabajaron) de tal forma que sea un pequeño "sueldo" para ayudarlas a salir adelante (a ver dónde encuentra trabajo esa señora y de qué a sus años y con su inexperiencia ... ). La pensión de viudedaz es la que cobran una vez el marido ha fallecido, mientras que la compensatoria se pagaría como una pensión de alimentos, mientras el marido sigue vivo. Si no me equivoco, creo que es más o menos así. Por tanto, con esa nueva ley, una mujer casada 40 años con un señor que se le va la pinza y se lí por ejmplo con una jovenzuela, privaría a esa viuda que le ha estado ayudando durante todos esos años, a cobrar una pensión de viudedaz que creo yo se ha currado también y no así la nueva esposa. Me parece más justo como era antes, en % según los años de convivencia.
20/11/2008 13:10
uuufff, cada vez lo veo más liado.