"Las mensualidades ordinarias se abonan íntegras, incluida la correspondiente al mes en que se produzca la extinción del derecho" -entendiendo que no era primera la mensualidad que percibía-
Por internet hay mas que amplia información al respecto.
Contacte con la SS en el hipotético caso de que perciba la de Enero, ya que tendrá que devolverla.
Muchas gracias, no es que dude de su palabra, pero hay algún artículo, ordenanza, tipificación en donde puede ver lo que dice la ley al respecto, de modo que pueda tener una aclaración legal por si me reclamaran la cantidad o pidieran explicaciones.
Buenos días, mi padre fallecio el 14 de diciembre, la empresa de decesos se encarga de todos los trámites de dar de baja (certificado defunción, últimas voluntades, etc...), pero el 29 de diciembre le ingresaron su pensión correspondiente al mes de diciembre, mi pregunta es ¿si le corresponde cobrar el mes de diciembre?, ¿que se hace en estos casos?. Muchas gracias.