hola
el caso es una mujer que recibia una pension compensatoria de 500 euros mensuales. Fallece su marido y la Seguridad Social le da la pension de viudedad (mucho mejor, de 1.200 euros mensuales), aunque la pension no se extingue en teoria sino que pasa a los herederos.
Esto pasa porque en la sentencia de divorcio no hay fecha limite de pago y la SSocial (en su interpretacion, ver mas adelante) la da por extinguida. La mujer no ha reclamado la pension compensatoria (lleva 1 año cobrando la de viudedad) a los herederos.
Los herederos quieren extinguir la pension compensatoria (diciendo que la mujer tiene un ingreso extra) y olvidarse del tema, pero temen que la SSocial se entere y anule la pension de viudedad, porque si pasa, les toca pagar a ellos.
¿alguna idea? ¿alguna sugerencia? gracias
---- La SSocial dice en sus medidas provisionales: "Por consiguiente, en los casos de separación o divorcio, en tanto se mantenga la pensión compensatoria, no podría existir pensión de viudedad del sistema de la Seguridad Social. Ocurre que, en la práctica, la pensión compensatoria se extingue al fallecer el causante. En todo caso, si el interesado aporta sentencia judicial en la que se establezca la pensión compensatoria y su duración, habrá
que estar a lo que se disponga en ella; si la sentencia no dispone nada al respecto, se presumirá la extinción de la pensión compensatoria a la muerte del causante deudor, salvo prueba en contrario." ----