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Pension alimenticia

2 Comentarios
 
Pension alimenticia
02/04/2007 16:17
Estoy divorciado y paso una pension alimenicia del 30% de mis ingresos para mi hija, mis ingresos estan compuestos por una pension por incapacidad absoluta y el alquiler de un apartamento.
Mi pregunta es, si el apartamento que tengo alquilado, lo vendo, ¿del importe de la venta, tendria que darle a mi hija el 30%?.
Gracias anticipadas.
02/04/2007 16:57
En mi opinión no. Fíjate que no estas pagando la mensualidad de alimentos por el valor de tu patrimonio: trabajo + propiedad inmobiliaria, sino por tus ingresos = rendimientos de tu trabajo y de la renta arrendaticia. Por lo que si vendes, cambias una valor (la propiedad) por otro (su valor líquido). Entonces, y siempre que el fallo de la sentencia diga que tienes que abonar el 30% de tus ingresos, deberás abonar a partir de ese momento el 30 % de los beneficios o intereses del capital, esto es, del rendimiento, pues el la palabra "ingresos" se debe entender como rendimiento o producto. Pero, ojo, el abogado de tu ex puede no estar de acuerdo con mi opinión.
03/04/2007 18:53
Coincido con Doxa en que no debes abonar el 30% de la venta a tu hija. Si reinviertes ese dinero en bienes inmuebles por ejemplo, no debes entregar nada.
Un saludo.