Por experiencia le digo que, en el procedimiento de reclamación de impago de pensiones que emprenda, a pesar de que su padre no haya instado modificación de medidas en su día, del importe de lo que le adeude en concepto de pensiones, le serán deducidos los importes que usted haya obtenido como rendimientos de trabajo.
Sobre su participación en la S.L., con ser importante, lo más importante es que es usted la administradora única y este rango podría, si llegare el caso, darle más de un disgusto.
Muchisimas gracias a todos por contestar, a mi también me preocupa bastante el tema de administrador único, aunque de momento la empresa jamás ha tenido ningún problema, pero puede ocurrir la Ley de Murfy.
De nuevo gracias!!!
JJ, ya te contesté, si es mayor de edad (no tiene custodio) pero vive en el domicilio familiar y no tiene ingresos puede reclamar el progenitor con quien convive en el mismo.
En caso de que no tenga asignada pensión de alimentos, entonces la persona legitimada eres tú, pudiendo demandar como mayor de edad que eres, pero se aplicarán otros artículos diferentes del código civil.
Un saludo.
la demanda de alimentos la puedes interponer tu (contra ambos progenitores) o tu madre en tu nombre.
en cuanto a la cuantía esta en proporcion en las necesidades de los hijos e ingresos de los padres, no obstante, existen tablas orientativas.
Si la primera sentencia sigue en vigor reclama los atrasos y solicita que se ejecute hasta que la modifiques con la reclamación del nuevo importe por modificacion de las circunstancias iniciales a las que dio lugar la primera pensión (sentencia).
Tambien te diria que te informaras en cuanto a tu cargo pues el administrador unico en ese tipo de sociedades es responsable de la gestion de la misma e incluso puede responder con su patrimonio, ademas se supone que ostentas el cargo de gestion y representacion de la empresa a no ser que otorgaras poder a alguien. Informate bien pues este punto es el mas importante, por las responsabilidades que se pueden derivar de ese cargo
Gracias Patricia.
Pero "esta legitimada para reclamar pension EL PROGENITOR CUSTODIO"
¿No es cierto que los mayores de edad no tienen custodio,sean o no economicamente independientes y vivan donde vivan?
Mientras conviva en el domicilio familiar y carezca de ingresos, está - según reiterada doctrina del T.S. - legitimada para reclamar la pensión el progenitor custodio. (Artículo 93.2 Código Civil y jurisprudencia del T.Supremo).
En este caso el padre mientras no inste la modificación de medidas para extinguir o reducir la pensión de alimentos, corre el riesgo de que los atrasos puedan serle reclamados por la otra parte (la madre).
Un saludo.
La pensión de alimentos atrasada deberá reclamarla su madre en ejecución de sentencia. Si su padre está interesado en retirar la misma, lo lógico es que inste una modificación de medidas, lo que no parece haber hecho. Como es mayor de edad, búsquese un abogado, y desde luego, no firme ningún documento sin asesorarse previamente. Como dice ferro acertadamente, el estudio de una carrera universitaria no es incompatible con desempeñar un trabajo, existe la Universidad de Educación a Distancia (UNED) para compaginar ambas cosas.
En cualquier caso, si tiene acciones, puede reclamar reparto de beneficios.
Si es posible, como siempre, lo mejor intentar pactar y llegar a un acuerdo.
Un saludo.
En cuanto a la pension, unilateralmente no puede dejar de pasarla, en todo caso, debia haber solicitado modificacion de medidas en vista de que estabas trabajando, al no hacerlo asi, podeis reclamar hasta 5 años atrasados de pension con los incrementos del ipc correspondientes. La ley es igual para todos. O eso me gustaria creer.
En cuanto al pago de los estudios, se supone que la pension cubre ese tipo de gastos a no ser que en el acuerdo se estipulase un pago extra o incremento de la pension para el pago de la universidad.
En cuanto al tema de la sociedad a la que perteneces, entiendo que tienes todos los derechos tanto sobre las acciones como sobre lo demas, es mas, yo me preocuparia bastante de saber la marcha de esa empresa y que se hace en ella, para que no llevarme luego sorpresas.
No termino de entender que tu padre desinteresadamente te nombre administradora unica y te de el 33% de las acciones para luego usar ese "regalo" como metodo de presion para obligarte a hacer su voluntad, que en definitiva es que no termines tu formacion.
Si eres hija natural reconocida, ten en cuenta que para privarte de la legitima - que es la parte de la herencia que como minimo te corresponde - debes poco menos que intentar matar a tu padre. Simples desavenencias o que estudies una carrera sin que tu padre quiera, no son motivo para desheredarte. Otra cosa es que llegado el momento, tu padre no tuviese posesion ninguna.
Y tampoco puedes vivir a expensas de lo que tu padre quiera solo pensando en una posible herencia, que a lo mejor ni ves cuando llegue el momento..la vida es muy larga..Aunque esto solo es mi opinion.
Puede detentar laccion procesal pero seguramente convenga la detente en ejeccion de sentencia su madre.
Medite mucho sus decisiones que no seran neutralesa futuro. Si "gana" v a coaccionar la voluntad de una persona y eso en si mismo no es deseable. En su exposicion hay claros rqasgos positivos de su padre y eso vistos de su angulo no desde el de el.
Por un lado la carrera de Derecho muchos la hemos cursado trabajando a jornada completa. Por el otro calcule lo que va a "ganar" reste los coste, haga cuentas y decida pq lo normal sera la absoluta desafeccion y alejamiento de su padre; incluso egoistamente, no olvide el derecho sucesorio que si su padre quiere evitarla como heredera hay mucha ingenieria juridica que podra obtener dicho objetivo sin que Ud pueda hacer nada
Mucha suerte
Un saludo
Pension alimenticia, mayor de edad universitaria+adm. unica de s.l
Buenos días a tod@s;
Mi pregunta es la siguiente.Tengo 22 años y tras terminar el bachillerato, acceder a un modulo, y trabajar durante unos años(siempre he estado activa), ahora he decidido estudiar derecho en la autonoma de madrid. Mi problema es el siguiente: Mi padre, empresario (que durante un año estuve trabajando para él en su empresa) con numerosas posesiones y muy adinerado (y sin cargas económicas de ningún tipo) ha decidido que al ser yo mayor de edad no tengo derecho ninguno a una pensión. Actualmente estoy trabajando hasta el 25 de septimebre ya que el 26 empiezo la carrera.Tambien se niega a pagarme la universidad, esto es un problema debido a que mi madre tiene un trabajo con el que tiene que afrontar todos los gastos, y desde que yo tengo 18 años y me puse a trabajar aún de tiempo parcial, mi padre automaticamente dejo de pasar la pensión en contra de la sentencia, ganado yo en aquel entonces casi 400 euros al mes al estar prácticas. Y así han ido pasando los años hasta que he decidio entrar en la universidad, lo cual no le agrada mucho.En definitiva no quiere pasar la pensión y tampoco pagar los gastos de la universidad. Además durante el primer año me sera imposible ponerme a trabajar debido a la carga de la carrera. Me gustaría saber cuanto es lo mínimo que debería pasarme de pensión y de que manera le puedo le reclamar el pago de mis estudios. Pero hay otro probelam también, resulta que durante el año que estuve trabajando en su empresa me puso como administradora única de un sociedad limitada de la cual tambien soy socia con un 33 % de acciones, de las cuales jamás he recibido nada, porque tampoco puse el dinero yo, pero esto no es lo que me preocupa. Lo importante es que al decidir empezar la carrera automaticamente quiere que firme la renuncia al puesto de administradora única sin más! con una mano delante y una atrás, y la presión para que firme es increible.Me gustaría saber que derechos tengo también en este tema.
Un pequeño detalle: mis padres no estan casados, pero yo estoy reconocida y demas, lo digo por si esto afecta en cuanto al tema de la pensión, al ser madre soltera.
muuuuuuchiiiisimas gracias y un saludo