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pension alimenticia en vacaciones

33 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 33 comentarios
Pension alimenticia en vacaciones
22/07/2011 12:53
El padre de mi hija no ha pagado la pension alimenticia del mes de julio porque dice que la niña está con él de vacaciones y no va a pagar la pensión. En la sentencia de divorcio dice que abonará X dinero mensualmente, y en ningún sitio dice que el mes de vacaciones no deba hacerlo. Qué puedo hacer? ese dinero lo tenía destinado a un campamento deportivo que quería hacer la niña y ahora se lo va a perder por egoismo de su padre. Gracias
22/07/2011 12:56
Denunciarlo, ejecución de sentencia en el juzgado.
22/07/2011 12:57
La niña no come ni se viste ni puede ir de vacaciones con su padre durante el mes que le corresponde a el verdad???
Se que legalmente tiene que pagar y asi lo hacemos la mayoria, pero moralmente, creo que aqui tambien se le puede llamar egoista a usted, puesto que no piensa en los gastos que tiene ese padre durante el mes de vacaciones que esta con si hija.
Si quiere llevar a la niña a un campamento durante el mes de vacaciones que le corresponde a usted, pageselo usted de su bolsillo, pero me parece mucho morro que sea el padre el que pague el campamento y que quede usted como la que ha llevado a la niña al mismo....
Pero repito, legalmente debe de pagarle el mes
22/07/2011 12:58
Expliquele al padre lo mismo que dijo aquí... Si él no entra en razón podrá reclamar por vía civil (ejecución de sentencia, con abogado y procurador) aunque puede ser desproporcionado el coste de la ehjecución respecto a lo que deba... o por vía penal (puede hacerlo sin abogado y procurador) cuando acumule él impago de dos meses consecutivos o cuatro alternos.
22/07/2011 13:10
Tendra que esperar para poder instar a la ejecucción que deje de pagar dos meses consecutivos o cuatro no consecutivos ...con lo cual si no paga el mes de vacaciones ,y es el único mes creo que no se podrá hacer nada....hasta dentro de cuatro años...
22/07/2011 13:13
Perdón en via penal,no en ejecución de sentencia queria decir...pero es que en ejecución hace falta abogado y procurador y saldrá mucho más caro que el mes,a no ser que se tenga derecho a la justicia gratuíta....
22/07/2011 13:14
padre español, el padre de mi hija vive a más de 700 kms. y sólo se la lleva un mes al año. El resto del año, ingresa 250 € y dice que con eso ya ha cumplido. Todos los gastos de mi hija, de comida, vestido, techo, caprichos, necesidades y gastos extraescolares y extras los pago yo (mejor dicho, mi pareja, ya que yo no cobro ningún tipo de ayuda y estoy en paro).
Y yo quiero quedar de haber llevado a la niña a ningún sitio para mi capricho, sino que es una decisión tomada por la niña y que influye positivamente en su educación y bienestar social. Prefiero que esté en un campamento (que sólo es de 10 horas a 14 horas) haciendo actividades deportivas y clases de inglés antes de que esté tirada en la casa todo el día tonteando.
22/07/2011 13:15
Para ejecutar sentencia (civil) no es necesario esperar que incumpla número de meses... Sí para denunciar (penal)
Puede, por tanto, instar ejecución por un mes impagado, otra cuestión es que compense ya que es necesario abogado y procurador.
22/07/2011 13:18
Tengo derecho a justicia gratuita, pero puedo pedir ejecución de sentencia sólo por un mes o tengo que tragarmela y dejar que se cachondee de su hija y de mí? Además, según los baremos que he visto, ingresa mucho menos de lo que le corresponde, podría pedir revisión de pensión? Y también lleva años sin subir el ipc.
22/07/2011 13:19
Mi último mensaje, le incluí al tiempo, o sin ver, la rectificación de terabithia, cuestión que yo pretendía indicar. Disculpas.
22/07/2011 13:21
Muchas gracias por sus aclaraciones.
Señor Viesca, tengo hecha otra consulta en : divorcio * custodia * pension sería tan amable de echarle un vistazo y responderme por favor? Muchas gracias de antemano
22/07/2011 13:23
el titulo del mensaje es "venta de vivienda despues del divorcio"
22/07/2011 13:32
Los baremos de alimentos no tienen validez legal, además de no tener en cuenta todas las variables que pueden darse en los casos particulares. Lo que debe es pagar la pensión de alimentos indicada en sentencia que es lo que el juez consideró adecuado para el caso particular.
Si la sentencia dice se debe actualizar alimentos con el IPC debe hacerlo. Si no lo hace puede reclamarlo también en la ejecución de sentencia.
Podría solicitar revisión de alimentos al alza si es que él ganara mas, o Vd. menos, o aumentaran los gastos de los menores, desde que se dictó la sentencia, pero no porque según un baremo no oficial diga que debiera pagar mas.
22/07/2011 13:40
Pues sí, sus ingresos han subido, los míos han bajado, la niña cuando el divorcio tenía 6 años y ahora tiene 14, con lo cual, más gastos escolares y personales y además, me coaccionó (bajo amenazas de solicitar la custodia de la niña) tres años despues del divorcio para vender el piso que estaba sólo a su nombre aunque lo compramos estando ya juntos y el juez me otorgó el usufructo.
22/07/2011 13:42
y sí, en la sentencia también dice que debe actualizar anualmente el ipc, cosa que no hace hace 4 años
22/07/2011 13:49
desde cuando decirle que va a pedir la custodia de su hija es coaccionar?? Muchas cosas han de cambiar aun en este pais...
22/07/2011 13:55
Desde que si es capaz de llevarse dos meses sin llamar a su hija (y es cosa que suele pasar), demuestra que no le interesa mucho su bienestar y sí el egoismo propio. Decirme que va a pedir la custodia es para asustarme ya que se llevaría a mi hija a 700 kms de mí. Con eso consiguió que yo firmara para vender el piso y dejar de pagar la hipoteca.
22/07/2011 13:56
Anasheena, solicitar la custodia no es coaccionar, si así fuera Vd. también lo coaccionó cuando solicitó la custodia en el divorcio... Aunque dice que el juez le otrogó el usufructo de la vivienda interpreto que concedió el uso de la vivienda a la menor y al custodio.

22/07/2011 13:56
El piso estaba sólo a su nombre y lo compramos un año después de nacer la niña.
22/07/2011 13:59
Anasheena, si el piso se pagó parcialmente, o totalmente, en régimen de gananciales es de suponer que Vd. debió reclamar en el momento de la venta la parte proporcional que le correspondiera...