Saludos para todos, tengo dudas en cifrar la duración de la llamada pena correccional para la conformidad del procesado con la pena solicitada por la parte acusadora o el fiscal. No se si el lími te son 6 ó 3 años. gracias
Hola te paso a transcribir literalmente lo que expone un fiscal del Tribunal Supremo con respecto a la pregunta que formulas:
Por un lado para el procedimiento ordinario la Ley de Enjuiciamiento Criminal habla de pena correccional (arts. 655 y 688), con una terminología arcaica y ya desaparecida que se correspondía con pena no superior a la de prisión menor. Las reformas más recientes abandonan ya la técnica de designar tipos de pena para delimitar el ámbito de la conformidad y se refieren a su duración.
Así sucede tanto en el procedimiento abreviado (art. 793.3) como en el procedi mien to ante
el Tribunal del Jurado (art. 50 de la Ley Orgánica 5/1995) que hablan de pena que no exceda de seis años.