Yo que tu haría un escritito, que tardas en realizar 10 minutos y lo envío por fax o por lo menos telefoneas al colegio correspondiente. No vaya a ser que esa "tácita derogación" de la que habla crispulop no sea entendida por el colegio.
Da lo mismo lo que "entiendan" en tu colegio. No podrían abrirte expediente por falta de comunicación...
Es cierto que no pierdes nada por mandar un fax (por lo menos en el de Madrid el escrito no hay ni que hacerlo, estaba en la web) pero los colegios también tienen que ponerse las pilas y adaptarse a la legislación positiva, si es que no lo han hecho ya.
Supresión de las comunicaciones de intervención profesional
A raíz de la entrada en vigor de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, conocida como “Ley Ómnibus”, por la que se modifican diversos artículos de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales, se establece como novedad, entre otras, que “los colegios no podrán exigir a los profesionales que ejerzan en un territorio diferente al de colegiación comunicación ni habilitación alguna (…)”.
En consecuencia, a raíz de la entrada en vigor de la referida normativa, ya no es necesario tramitar las comunicaciones de intervención profesional cuando se actúe en el ámbito de otro colegio, como venia siendo obligatorio hasta ese momento.