Me gustaría informarme sobre qué pasos se tendrían que realizar para vender un piso heredado. Intentaré explicarme de manera clara y expondré mis dudas poco a poco para no confundirme y porque no conozco los trámites a seguir. Pido disculpas por no ser capaz de enterarme de todo de golpe.
Respecto a estos pasos, ya hay algunas cosas hechas. Creo que lo que está hecho es aceptar la herencia en el notario, pagar el impuesto de sucesiones y pagar algo a Hacienda, pero no sé qué es lo que se ha pagado. Me parece que lo siguiente es ir al Registro de la Propiedad para poner el piso heredado a nombre de la persona heredera, pero no sé si eso ya se hizo en el notario.
Debo aclarar que no soy yo quien hereda ni quien vende, sólo quiero ayudar a una persona mayor ya jubilada con muy pocos ingresos porque he leído que para este tema se necesita un asesor fiscal (para saber que impuestos pagar), un asesor inmobiliario (para saber a qué precio vender el piso) y un abogado (para redactar el contrato de compra-venta), pero estos no son gratuitos. He intentado informarme por mi cuenta, pero he sido incapaz. También he intentado buscar una ONG o algo similar que nos ayude, pero tampoco he encontrado nada. Espero que alguien de por aquí pueda ayudar.
Tienes que liquidar la plusvalía municipal.
Una vez aceptada la herencia ante notario, liquidado tanto el impuesto de sucesiones y la plusvalía municipal ya puedes inscribir la vivienda heredada en el registro de la propiedad.
No te contesté en mi comentario anterior;
NO es necesario asesor fiscal ni inmobiliario para esto; si puedes hacerlo por tu cuenta, mejor.
¿el contrato de compraventa? Para esto tienes los servicios de la misma notaría en el que hagas la operación de compraventa.
Muchas gracias por responder annego72. He intentado informarme por mi cuenta pero todo esto también es demasiado complicado para mí y no sé qué otra cosa hacer para informarme y ayudar. Me alegra ver que aún queda gente solidaria que ayuda los más desfavorecidos.
Creo que la herencia está aceptada y liquidado el impuesto de sucesiones y la plusvalía municipal. Lo que no tenía claro es si estaba inscrita en el registro o eso era algo que hacía el notario, pero como mencionas que hay que hacerlo, pues deduzco que es algo que no hace y ya sé cual es el siguiente paso. Respecto a esto, tengo un par de preguntas:
- ¿Qué documentos hay que llevar para inscribir la vivienda?
- ¿Este trámite cuesta dinero?
Respecto a la venta del piso, tengo otras dudas, pero para no liarme sólo voy a poner una:
- Nos dijeron en una gestoría de Hacienda (o algo así, no recuerdo lo que ponía en la puerta) que para vender el piso se tenía que llevar al notario las escrituras antiguas (supongo que se refería al documento donde pone que la persona que falleció compraba la casa a otra persona) y las escrituras nuevas (no sé qué documento es ese). La duda es que no sé que son 'las escrituras', ¿No es algo que debería haber dado el notario a la persona que hereda cuando se aceptó la herencia o hay que ir de nuevo para cambiar el nombre de las escrituras?
Si quieres vender, la inscripción en el registro tendrás que hacerla. Nadie en su sano juicio te va a comprar una vivienda sin registrar.
¿Documentos ? Escritura notarial de aceptación de herencia (donde se incluya la vivienda) , y liquidación del impuesto de sucesiones y la plusvalía. El trámite tiene un coste, se la dirán en el misma oficina del registro de la propiedad.
Para vender el piso no es necesario las escrituras antiguas, solo la nueva (propietario heredero)
NO hay que cambiar nada.
De acuerdo, entonces el siguiente paso es registrar la vivienda con esos documentos (tiene todos) y este trámite tiene un coste.
Otras dudas. Esta vez las pondré todas para no molestar más, cosa que siento mucho. Por lo que he leído, ahí en el registro te dan un Certificado de Inscripción. Con este certificado y esos mismos documentos que se usan para registrar la vivienda (escrituras de aceptación de herencia y el documento donde se indica que se han pagado el impuesto de sucesiones y la plusvalía municipal), hay que volver al notario para redactar el contrato de compra-venta, ¿Es correcto?
Respecto a este proceso:
- ¿A quién le corresponde pagar al notario? En un sitio he leído que le corresponde al que vende y unas líneas más abajo ponía que al que compra. Yo creo que le corresponde al que compra porque supongo que es al que más le interesa demostrar que la vivienda es ahora suya, pero me gustaría confirmarlo.
Una vez vendida la vivienda:
- Supongo que el pago de la vivienda se hará por transferencia bancaria. Una vez que se reciba el dinero en el banco, ¿Qué hay que hacer para declararlo?, es decir, ¿Qué documentos se necesitan?, ¿Hay algún plazo para hacerlo? Yo supongo que en el notario nos darán algo para demostrar la procedencia de ese dinero y que conservaremos las escrituras antiguas (o al menos el documento del impuesto de sucesiones, donde figura el valor de la vivienda) porque he leído que Hacienda sólo se lleva un porcentaje de la ganancia patrimonial, es decir, que si en el documento figura que la vivienda vale 20.000 euros y se acaba vendiendo por 25.000, Hacienda sólo tendría en cuenta esos 5.000 de ganancia, ¿Es correcto?
Como no conozco cómo es todo este proceso, no sé si me estoy saltando algo, ¿Hay algún paso, algún trámite, que no haya mencionado, alguna cosa que no esté teniendo en cuenta o con la que debería tener cuidado para no cometer errores o tener problemas futuros? (por ejemplo que los compradores reclamen algo a la persona que vende, o que la exijan el pago de algo porque en algún documento consta que la vivienda sigue siendo suya, o que la corresponde a ella hacer frente a algún coste... cosas de ese estilo).
De nuevo muchísimas gracias por la ayuda y siento si soy pesado o si no me estoy explicando con claridad, de verdad que intento hacerlo lo mejor que puedo.
Un saludo
Buenos días, estoy interesada en comprar un piso del IVIMA. El piso pertenecía a un matrimonio y estaba a nombre del marido que falleció no dejando heredera a su mujer ni cambió la titularidad. La mujer también falleció y el sobrino está haciendo las tramitaciones pertinentes para heredarlo.
La única información que tengo es que las cuotas del piso están pagadas y que ante notario certificaron que eran familia. El proceso se está alargando porque han aparecido más sobrinos y alguno de ellos también ha fallecido. Mi duda es si los sobrinos pueden ser herederos del piso? En el caso de que puedan heredar y falta alguna firma podrían seguir adelante? Me han propuesto alquilarme hasta que haya terminado los trámites. Y por último si al final no pueden heredar ese piso sería propiedad del Ivima? Mer han comentado casos parecidos que han ido al Ivima para solicitar la vivienda, es posible?
Gracias de antemano,
Sharon