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partición herencia

7 Comentarios
 
Partición herencia
13/08/2015 11:00
Buenos días:

Ha fallecido la madre de mis clientes, hace años falleció su padre que legó el usufructo universal y vitalicio a la madre. He hecho la consolidación del dominio, pero mi duda es:

Puedo hacer un cuaderno particional con las dos herencias?
Como ahora adquieren el pleno dominio de la parte de su padre... por eso me surgen las dudas.

Gracias
14/08/2015 10:30
Lo que adquieren (aparte de otras cosas que no dices) es el usufructo.
14/08/2015 11:00
Exacto, adquieren el usufructo que el padre legó a la madre, es decir, consolidan el dominio del bien inmueble, y reparten lo demás que no se repartió en su momento por respetar el usufructo.

Pero sigo sin saber como hacerlo, porque además parto de que el usufructo está constituido en pesetas. Lo paso a euros?

Gracias Tripoli
14/08/2015 12:10
No entiendo nada. Supongo (y es mucho suponer) que en los bienes del padre ya se establecieron las correspondientes titularidades, aunque sea de forma porcentual, por lo que ahora, como mucho, si quieren repartir deberán llevarlo a cabo voluntaria y extrajudicialmente o a través de un procedimiento de División de la Cosa Común. Por otro lado, el usufructo sólo se valora si va a ser cancelado por precio, (salvo el tema fiscal) por lo que sigo sin entender que esté constituído en pesetas.
14/08/2015 17:35
A ver si me explico:

Cómo reflejo ueble pasando a heredar con el fallecimiento de la madre (usufructuaria de su marido fallecido hace 15 años) un 25% cada hijo (son 4)?

Lo de las pesetas: a nivel fiscal el usufructo se calculó en pesetas ( hace 15 años) y ahora mi duda es, si en la consolidación del dominio, debo pasar esas cantidades a euros.
14/08/2015 18:40
Sensation, te vamos a dar una buena ración de rabillos de pasas para que fortalezcas la memoria:
1º. El cuaderno pariticional es el producto de una actuación procesal de Divisón Judicial de Patrimonio, es decir: justamente lo contrario de lo que tienes, que es algo sobre lo que no existe litigio.
2º. Ve a la notaría con los hermanos (o con alguno) y haz una escritura Declaratoria de Herederos.
3º. Al cabo de 15 días, haz unas simples escrituras de aceptación y adjudicación de herencia, en que la propiedad pasa a ser compartida proindiviso por los hermanos, en la misma proporción (25%).
4º. Es altamente probable que alguno de los hermanos quiera dinero a cambio de su cuota, por lo que acepta propuestas cómodamente instalado en tu sillón del despacho.
Y no hay más, sensations.
14/08/2015 23:00
Pero si los hijos son herederos x testamento.
15/08/2015 06:11
Estás hablando de un solo testamento, el del padre; pero si también lo tiene la madre y reconoce una cuota idéntica a cada hijo, todavía lo tienes más fácil. Eso lo resuelves en una mañana en notaría con una simple escritura de adjudicación de herencia.