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Partición de herencia. ¿Cómo quedaría la partición al vender la vivienda?

6 Comentarios
 
01/03/2017 13:10
veo
Ups, cierto.
Nieto=0,7*2/3*200.000=93.333,33
Hija con usufructo=(0,3*2/3 más 1/9)*200.000=62.222,22
Hijos sin usufructo=(1/9)*200.000=22.222,22 cada uno
Suponiendo esa edad, claro. Si no modificar la parte de 0,3 y 0,7
perfil veo
01/03/2017 01:42
Jsoar
sí, es 89 ... y sería 30% si tuviera 59 años, pero, ni sabemos cuál es su edad, ni ha de ser aceptada
POR OTRA PARTE
valen el resto de los números que he presentado, YA QUE:
la legítima no puede estar gravada por el usufructo ... son 22.222,22 intocables
28/02/2017 13:15
veo
¿No es 89, en vez de 90? (mínimo 10 y máximo 70%)
Si tiene 59 sería 89-59= un 30%.
El valor del usufructo sería descontable del conjunto de los propietatarios (la nuda propiedad sería el 70%). Por tanto:
Nieto=0,7*2/3*200.000=93.333
Hija con usufructo=(0,30,7*1/9)*200.000=75.555
Hijos sin usufructo=(0,7*1/9)*200.000=15.555 cada uno
perfil veo
25/02/2017 23:16
Jsoar
coincido con la opinión de 1996 y, solo para ponerle números, digo:
- a cada uno de dos de los tres hijos: 22.222,22
- a la otra hija: 22.222,22 más el valor del usufructo de 133.333,33
- al nieto: lo que queda de deducir, de 133.333,33, el valor del usufructo de esa cantidad
el tema es que sobre el valor del usufructo hay que acordarlo, supuesta la voluntad de todos para vender ... y su cuantificación fiscal previa puede ser una referencia para empezar a negociar, pero solo una referencia, que se corresponde, en porcentaje, con restar de 90 la edad de la hija (por ejemplo, si la hija tiene 59 cumplidos, sería el 31%), con un mínimo del 10%
24/02/2017 22:12
Jsoar
Si estamos hablando de una Comunidad bajo el Codigo Civil General, nos encontrariamos con que:
- El tercio de legitima estricta corresponde en pleno dominio a los tres hijos a partes iguales (no se puede imponer gravamen sobre esta tercio)
- En el tercio de mejora (que puede dejarse a un hijo en particular, o a un nieto, como es el caso) si puede imponerse gravamen siempre que el beneficiari@ sea un descendiente, por lo que en base a la voluntad de la testadora el nudo propietario será el nieto y la usufructuaria la hija designada.
- El tercio de libre disposición queda a la libre voluntad de la testadora, por lo que el nudo propietario sería el nieto y la usufructuaria la hija designada.
24/02/2017 14:10
Jsoar
oh,oh, me ha borrado el mensaje!!!
En fin decia que el testamento me resulta raro, ya que si hay hijos, que son herederos legitimos, la parte de mejora deberia ir a alguno/s de ellos.

Si hablamos de Derecho Comun (yo de Foral no tengo ni idea...), la herencia se divide en tres partes: la legitima, para los hijos, el tercio de mejora, para un hijo o dos os todos... y el tercio de libre disposicion que ese si se puede dejar a un nieto
Partición de herencia. ¿cómo quedaría la partición al vender la vivienda?
23/02/2017 22:14
Hay una vivienda de 200.000€. La mujer hizo así su testamento:

-Parte de mejora y libre disposición para su nieto.
-Usufructo vitalicio para una hija.

en total son 3 hijos. ¿Cómo quedaría la partición al vender la vivienda?