Queria saber si a mi pareja y a mi se nos puede considerar pareja de hecho sin haber firmado nada. Llevamos mas de 6 años de convivencia pero en abril del 22, ella se mudo de Aragon a Cataluña (cambio de padron) a una vivienda que compramos ambos y yo me mude en noviembre del 22 y me empadrone. Como no llevamos dos años seguidos en Cataluña no sé si se nos puede considerar pareja de hecho a efectos legales
Pareja "de hecho" sois, la definición es esa, es una situación de hecho en que dos personas viven de forma análoga al matrimonio sin estar casados, aunque en función de a efectos de qué (pensión de viudedad, por ejemplo) puede y suele exigirse la inscripción en registro de parejas de hecho, no solo convivir y ser pareja. En función de respecto a qué podríais no tener reconocidos los derechos que se reconocen según el caso a las parejas de hecho. Respecto al derecho civil catalán (cuestión de herencias, por ejemplo) se considera pareja estable a partir de los dos años de convivencia, por lo que salvo que os inscribáis en un registro de parejas de hecho no lo seríais a estos efectos. Respecto a otros (laborales, por ejemplo), pues depende del caso.