Pareja "de hecho" sois, la definición es esa, es una situación de hecho en que dos personas viven de forma análoga al matrimonio sin estar casados, aunque en función de a efectos de qué (pensión de viudedad, por ejemplo) puede y suele exigirse la inscripción en registro de parejas de hecho, no solo convivir y ser pareja. En función de respecto a qué podríais no tener reconocidos los derechos que se reconocen según el caso a las parejas de hecho. Respecto al derecho civil catalán (cuestión de herencias, por ejemplo) se considera pareja estable a partir de los dos años de convivencia, por lo que salvo que os inscribáis en un registro de parejas de hecho no lo seríais a estos efectos. Respecto a otros (laborales, por ejemplo), pues depende del caso.
Queria saber si a mi pareja y a mi se nos puede considerar pareja de hecho sin haber firmado nada. Llevamos mas de 6 años de convivencia pero en abril del 22, ella se mudo de Aragon a Cataluña (cambio de padron) a una vivienda que compramos ambos y yo me mude en noviembre del 22 y me empadrone. Como no llevamos dos años seguidos en Cataluña no sé si se nos puede considerar pareja de hecho a efectos legales