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Pareja de hecho en Barcelona 2013

88 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 88 comentarios
13/10/2016 20:36
Laumi
Hola Laumi,
Los ayuntamientos que todavía llevan el registro de parejas de hecho y que no piden antiguedad del empadronamiento son el prat de llobregat y santa coloma de gramenet.
La traducción del documento de tu novio tiene que ser traducción jurada.
Es bastante dificil solicitar cita previa en la extranjería, porque casi nunca hay citas disponibles, por eso te aconsejo de empezar a intentar sacarla ya porque te podrían dar cita en un mes.
Por lo del certificado de soltería, así es que tienen que ser los documentos:
Por otro lado, todo documento público extranjero deberá ser previamente legalizado por la Oficina consular de España con jurisdicción en el país en el que se ha expedido dicho documento o, en su caso, por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación salvo en el caso en que dicho documento haya sido apostillado por la Autoridad competente del país emisor según el Convenio de la Haya de 5 de octubre de 1961 y salvo que dicho documento esté exento de legalización en virtud de Convenio Internacional.

Suerte con todo!
12/10/2016 23:15
Chuchucao
Bona nit a quien corresponda,

Agradezco mucho toda la información detallada que han ido explicando. Ya realice ante notario la escritura de pareja de hecho, ahora me encuentro en la búsqueda de algún ayuntamiento que tenga abierta el registro y que no pida tiempo X de antigüedad del empadronamiento además que ahí justo alguien me pueda empadronar. Yo soy argentina esperando mi ciudadanía italiana y mi pareja es italiano. Mi certificado de soltería me explicaron ya varios amigos que no es valido el que me brinda el consulado, es así, se sabe porque? Y el de mí pareja lo vamos a pedir ahora que viajamos a Italia, me imagino que luego lo tendré que traducir, hay algún requerimiento especial respecto al traductor? Y luego de todo esto, y la presentación en Extranjería, cuanto demora aproximadamente el tramite?
Agradezco muchísimo la ayuda! Y sí alguien sabe de algún ayuntamiento que se pueda hacer se agradece el dato. A mí me habían dicho en Sant Cugat y Sabadell pero llame y ya cambio.
26/08/2016 17:58
Chuchucao
Buenos díás,

Yo soy italiana y mi pareja es argentina. Nos vamos a mudar a Barcelona el mes que viene, yo ya tengo trabajo. Queremos firmar ante notario para ser pareja estable, y luego registrarnos como pareja de hecho.Despues el quiere pedir la tarjeta de residente.
Barcelona sigue sin registro de parejas de hecho y todavía hay que registrarse en otros ayuntamientos (santa coloma etc) ?

Muchas gracias y saludos cordiales.
11/05/2016 13:20
Hola

Yo soy colombiano y mi pareja inglesa, y estamos a punto de registrarnos como pareja de hehco en Sant Cugat, ya tenemos la pareja registrada ante notario.

Nuestra duda viene al momento de si podemos estar empadronados en un piso compartido o no? a ultimo momento hemos visto que no es posible, pero puede que estemos equivocados?
17/03/2016 23:09
Hola:

La Generalitat de Cataluña ya ha creado un Registro de Parejas de Hecho autonómico, mediante Decreto-Ley el pasado mes de octubre de 2015. Pero aún no entra en funcionamiento porque falta que se aprueba el Reglamento correspondiente, que debe hacerlo el consejero del Departamento de Justicia. El Registro estará a cargo de la Direcció General de Dret i Entitats Jurídiques del Departament de Justícia de la Generalitat de Catalunya. De momento, sólo se ha sometido a información pública el borrador del Reglamento, pero aún no se ha aprobado. Se estima que entre en funcionamiento antes del verano.

Con todo, mientras tanto, algunos Ayuntamientos siguen conservando el Registrode Parejas de Hecho, pero se estima que en cuanto entre en funcionamiento el de la Generalitat de Cataluña, dejarán de tener razón de ser.

Un cordial saludo.
17/03/2016 09:27
Condedecartagena una pregunta:
Yo y mi pareja vivimos en Girona. Sabes qué pueblos de Gerona aún disponen de registro de pareja de hecho?

Gracias
31/05/2015 21:59
hola! una pregunta,solicitare la residencia como pareja de echo no casada estable ,pero inscrita en zaragoza. me han informado que si se puede,pero no estoy seguro si se necesita que mi pareja demuestre piso,o solo vale con el medio economico,que avala q,pueda costear los gastos de anbos.

gracioas.
28/05/2015 14:15
Hola , me gustaria saber si puedo hacer la escritura publica de pareja estable ante notario y llevar al ayuntamiento en el mismo dia? o si hay que esperar un tiempo? soy de santa coloma mi pareja es brasileña y tiene nacionalidad española,
yo brasileño sin residencia y si hay alguna manera de hacerme comunitario?, gracias

Saludos.....
21/05/2015 13:22
hola bliwi, para poder solicitar la tarjeta comunitaria uno de los miembros de la pareja deberá de tener la nacionalidad española o una de la unión europea y no vale si ambos son de nicaragua además de estar inscriptos en un registro público de parejas de hecho de tu comunidad ya que este documento es esencial, podéis haceros pareja de hecho dependiendo en la comunidad autónoma en la que residen y cumpliendo los requisitos para ello pero para poder obtener residencia legal en españa no es suficiente ni se les puede aplicar porque tu pareja debe de ser un ciudadano europeo
21/05/2015 00:28
hola! puedo tramitar mis papeles con mi pareja,somo ciudadanos nicaraguenses los 2,pero estamos inscritos comopareja de echo no casados estable desde hace 6 meses,
pero mi inquietud es que en su nomina solo le sale de 626e,que puede hacerse en ese caso,ya que con contrato de trabajo me lo denegaron. puedes explicarme los pasos y requisitos porfa.
17/05/2015 20:29
Hola.
Quisiera información de cómo mi novia, de Venezuela, podría quedarse legalmente en España.
Paso a explicar nuestra situación:
Yo soy ciudadano español, de una localidad de Barcelona (Mollet del Vallés) en cuyo ayuntamiento no se si existe ya el registro para parejas de hecho. Tengo trabajo y vivienda propia, y soy mayor de edad emancipado.
Ella es de Venezuela y viene a España el próximo mes con un visado de turismo.
La idea es hacernos pareja de hecho para que pueda quedarse ya conmigo empadronada en mi casa.
Hemos estado leyendo y parece que ésto solamente es posible empadronándonos en en ayuntamiento de Cerdanyola o de Santa Coloma. Es posible que consiga que alguien nos haga el favor de permitirnos empadronarnos en su casa para realizar los trámites, pero me surgen varias dudas, entre ellas que para que nos otorguen el documento publico ante notario, creo que es necesaria la tarjeta de identidad de extrangeria, pero creo que ella no cumple los requisitos para obtenerla.
La verdad, estamos desesperados porque falta un mes para que ella llegue y no tenemos ni idea de qué podremos hacer ni de qué papeles ha de tramitar ella antes de venir, y lo que nos preocupa es que si durante su estancia de turismo no conseguimos ser pareja de hecho, ella tendrá que regresar con una casi total imposibilidad de volver a España, sobretodo por el tema económico.
Muchas gracias.
12/05/2015 19:57
Hola:

No indica usted en qué provincia vive. Es importante especificarlo, pues puede ser que en su provincia - comunidad autónoma, exista posibilidad de inscribirse en algún Registro de parejas estables y tenga derecho al régimen comunitario.

Si sólo tiene medios de prueba de que es pareja estable, pero no consta inscrita en ningún Registro, puede acogerse a la Disposición adicional vigésimo tercera del Reglamento de la Ley de Extranjería y solicitar una autorización de residencia por circunstancias excepcionales. Pero necesitará, en todo caso, contar con documento público que acredite que son pareja de hecho, como puede ser un acta notarial o una escritura pública de formalización de unión de pareja estable.

Un cordial saludo.
11/05/2015 23:13
Conde, Hola!

Te escribo porque soy Chilena, tengo visa de estudiante que me vence el próximo mes y estoy viendo la posibilidad con mi pareja española de sacar el Permiso de residencia para la pareja estable de un ciudadano comunitario. Me gustaría saber si es posible?, dónde se hace? y qué papeles necesito?

Por favor, sería de gran ayuda!!
Muchas gracias.
08/01/2015 19:22
Hola:


De acuerdo con lo dispuesto en la Directiva 2004/38/CE; el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero y la Orden Ministerial PRE/1490/2012, de 9 de julio, cuando se trata de estudiantes matriculados en centros educativos españoles, se les exige una DECLARACIÓN RESPONSABLE, en la que deberá constar:

A) Que está matriculado en una institución educativa española (debe adjuntarse copia compulsada de la matrícula).

B) Que cuenta con recursos económicos suficientes para su subsistencia y la del conviviente de hecho registrado a su cargo.

C) Que cuenta con seguro médico, público o privado (debe aportar documento acreditativo).

No existe un modelo oficial de la declaración responsable, aunque en algunas Oficinas de Extranjería pueden tener un modelo preparado por ellas, para facilitar el despacho. Es conveniente llevarlo redactado, incluyendo los extremos que deben constar y prueba de la matrícula y del seguro médico.

Para los estudiantes existe una disposición específica, que es la que debe aplicarse en todo caso, no la general que se aplica a los trabajadores. Debe tenerse en cuenta esto especialmente, porque en ciertas dependencias públicas, el personal que atiende directamente no siempre tiene presente que en la normativa en vigor aplicable existen disposiciones específicas para el supuesto de que el ciudadano de la Unión sea un estudiante matriculado en cualquier centro de estudios, público o privado y tienden a requerirles los mismos documentos que se debe exigir a los trabajadores, por lo cual, debe hacerse hincapié al momento de presentar la solicitud que se trata de un estudiante.

Por otra parte, no olvide que lo que le da el derecho de residencia en régimen comunitario es la INSCRIPCIÓN en un REGISTRO PÚBLICO establecido para el efecto en cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea o Espacio Económico Europeo, no el mero hecho de haber formalizado la relación. Esto es especialmente relevante en el ámbito de Cataluña, donde el Derecho Civil de Cataluña prevé la unión de pareja estable y permite que se formalice mediante escritura pública, pero, en cambio, no ha previsto que se cree un Registro Público autonómico, ni Registros Municipales para que sean inscritas, por lo cual, el mero otorgamiento de la escritura pública de formalización, si bien produce efectos en el ámbito del Derecho Civil de Cataluña y en otros ámbitos normativos donde se admita como prueba la copia de la escritura pública, en cambio, a efectos de la aplicación del régimen comunitario, es INDISPENSABLE la INSCRIPCIÓN. Y en Cataluña, como ha quedado dicho, no existe un Registro Autonómico, sino sólo Registros Municipales y no todos los Ayuntamientos tienen Registro de Parejas Estables. Barcelona capital, por ejemplo, no lo tiene desde diciembre de 2011.

Un cordial saludo.
07/01/2015 14:20
Hola! tengo una pregunta sobre el sustento economico que actualmente piden para tramitar la tarjeta comunitaria al hacer pareja de hecho

Mi pareja es estudiante universitaria, es Española y yo tengo nie de estudiante, queremos hacer pareja de hecho vivimos en Barcelona, pero ella no tiene contrato laboral, esto es impedimento para iniciar el proceso de pareja de hecho y la tarjeta comunitaria? que opciones tendría?

Gracias
Buena Semana
10/12/2014 20:16
Hola:

No es como usted ha interpretado:

A) Si estaba como titular de unan autorización de estancia por estudios, NO TIENE 90 DÍAS DE GRACIA COMO TURISTA.

Lo que tiene es un plazo extraordinario de TRES MESES para solicitar la prórroga de su autorización de estancia por estudios en Esp
06/12/2014 22:24
Hola Condedecartagena, primero quisiera felicitarle y agradecerle por la gran labor, que no parece nada fácil, que hace en este foro.

Yo he leído ya todo y todo me queda bastante claro, solo me quedan algunas dudas sobre mi situación de extranjera en España.

Yo vine como estudiante y mi NIE de estudiante venció en octubre, o sea que ahora estoy en mis 90 días "de gracia" o de turista, antes de encontrarme en situación irregular, de los que ya habrán corrido 50 el día 19 de diciembre que me voy a México.

Ahora iré a México un mes y al regresar, tengo entendido que me quedan otros 40 días de turista (¿es asi?) en los que pretendo realizar los trámites de pareja de hecho y solicitud de residencia como familiar de comunitario.

Yo soy mexicana y vivo en Barcelona desde hace un año y dos meses y con mi novio belga desde hace 6 meses, no estamos empadronados en el mismo domicilio, pero esto no ha parecido ser una barrera para tener el registro de pareja estable ante un notario, ya que aunque no hemos procedido con el documento, he consultado ya con un notario y pretendemos hacerlo en esta semana, antes de que yo me vaya. Ese es el primer paso, y el segundo paso es que mi novio (belga) se de de alta como autónomo, lo cual también está ya en proceso.

Una vez que tengamos documento notarial de pareja estable y él se dé de alta como autónomo nos quedan los siguientes pasos (creo, y quisiera que me corrigiera en caso de que me faltara alguno)

1- Obtener ambos certificado de soltería (yo en el consulado de México y él siendo belga ¿dónde?), la mía será en castellano así que no habrá necesidad de traducción pero sí de legalización ¿cierto? y la de él que vendrá en flamenco debe ser traducida y legalizada. Si es así, dónde hacemos este tramite de legalizar y traducir las actas de soltería?

2- Mudarnos a un municipio donde se permita el registro de parejas de hecho, empadronarnos ahí y hacer el registro con el documento notarial, empadronamiento y certificados de soltería.

3- Solicitar cita en extranjería calle Murcia e ir con toda la documentación (Pasaporte mío, NIE y registro como autónomo suyo, documentos de pareja de hecho -ambos notarial y del ayuntamiento correspondiente-, certificados de soltería traducidos y legalizados, y certificados de empadronamiento en el mismo domicilio... ¿me he saltado algún documento?)

Después de esto, todo debe resultar favorable. Mi duda es si tengo que hacer todo esto en los 40 días de derecho a estar aquí sin caer en situación irregular, y si es así, ¿Cree usted que será suficiente el tiempo? O no es necesario que todo se haga en estos 40 días?

Muchas gracias de antemano por toda la información ya aportada le mandamos un gran abrazo.

Ana y Matthias

perfil kui
12/08/2014 04:02
buenas noches, condedecartagena he leído los mensajes a los que das respuestas y me parece maravilloso. Quisiera hacer la siguiente consulta soy de Colombia y a fin de año viajare a España con visado de turista para encontrarme con mi novio que es de España, quisiéramos aprovechar para otorgar escritura pública como pareja de hecho, para lo cual aprovecharé para empadronarme, sin embargo en los requisitos para hacer ese trámite en la notaría observo que se tiene que llevar tarjeta de identidad de extranjero eso significa que ¿al ir yo de turista no podríamos realizar la escritura ya que no cuento con dicha tarjeta? ¿tendríamos alguna opción para poder realizar el trámite?
25/07/2014 11:20
Gracias a este portal por aportarme la información necesaria para poder conseguir mi tarjeta de residencia..

Seguí todos los paso y salió todo bien...,


Muchísimas gracias..👍👍👍
23/05/2014 20:35
Hola:

1.- Es conveniente que permanezcan empadronados en la misma vivienda, hasta tanto se resuelva sobre la concesión de la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión.

2.- Sobre la posibilidad de que se cancele la inscripción en el Registro de Parejas de Hecho de El Masnou por cambiar de domicilio a otra vivienda: debe consultarlo con el Ayuntamiento, ya que dependerá de lo que disponga el Reglamento municipal respectivo.

Un cordial saludo.