Esto lo tiene que plantear en un foro de abogados catalanes (y si le es posible, con una redacción más clara), porque aquí nos manejamos con el derecho común.
Si el causante renunció en vida a usufructos vitalicios, pueden éstos servir como pago de la legítima o parte de ella, aunque cuando se renunció no se especificara en el documento que dichas renuncias eran a cambio del pago de la legítima?
El causante especifica en el testamento que considera al legitimario pagado por los usufructos que no recibió.
¿Puede ahora el legitimario reclamar el pago de la legítima?.
Tanto el causante como el legitimario viven en la comunidad autonómica de Catalunya
Gracias