El valor del piso,a efectos de liquidación del Impusto de Sucesiones y Donaciones, no es el valor de mercado, sino el que determine la Comunidad Autonoma de que se trate. Si la hipoteca era a 14 años(3 6 5), la propiedad de la 1ª esposa fué la mitad de 3 catorceavos (3/14/2)=10,72% del piso.El padre tuvo, 1,5 6 2,5=10 catorceavos = 71,43% del piso, y la segunda esposa 2,5/14=17,86 %(OJO, en PROPIEDAD). Se reparte lo de la 1ªesposa, a partes iguales entre los 3 hijos,y ldespues lo del padre según testamento(es decir, entre los tres hijos y la segunda esposa).
Espero que ustedes me puedan aclarar mis dudas, son tres hijos cuyo padre fallece (en 2007), resulta que uno de esos hijos lleva el tercio de mejora, el tercio de libre disposicion es para su segunda mujer con la cual no tiene hijos, y le queda la legitima a repartir entre sus tres hijos. Legitima al hijo con el tercio de mejora para que digamos liquide la legitima en metalico a los otros dos herederos. Mi duda es la siguiente:
-En el testamento especifica que durante tres años ha pagado las cuotas de la hipoteca de la vivienda con su primera mujer ;madre de sus herederos , el fallecido estaba casado con su mujer en bienes gananciales (esta mujer fallecio hace años sin testamento, el cual tambien se liquidaria ahora).
Especifica tambien que durante 6 años, estando viudo pago las cuotas de la hipoteca el solo.
Tambien especifica que los 5 ultimos años de hipoteca los pago con su segunda mujer (casados en bienes gananciales). Esa hipoteca se termino de pagar en el año 2002
Mi pregunta es la siguiente: ¿como hago el calculo de la liquidacion? se que el piso es valor de mercado, pero como se descuentan las cuotas, ¿es necesario descontarlas de la liquidacion final de la herencia? ¿como se hace? otra cuestion, ¿pueden descontar gastos de entierro, enfermedad....¿en definitiva que es lo que me corresponderia?