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pago deposito judicial impugnacion apelacion

3 Comentarios
 
28/05/2010 10:56
habeis ido al juzgado a hablar con el secretario.? Yo lo haria. Tal vez haya sido un error. Solo se consiganan para interponer no para impuganr u oponerse.
27/05/2010 18:49
Gracias, es que a una compañera que no consigno en la impugnacion ahora el compañero le presento escrito diciendo que no habia consignado y el juzgado no le admite la impugnacion. Por eso nos asusto a todos.
27/05/2010 18:30
Para impugnar un recurso que la otra parte ha interpuesto no hay que consignar nada.

EN CUANTO A LOS RECURSOS DE REVISION LA LEY HABLA DE REVISION CONTRA sentencias o autos que pongan fin al procedimiento o impidan su continuacion que son 50 €

si son resoluciones del secretario y se recurren en revision son 25 €.

Pago deposito judicial impugnacion apelacion
27/05/2010 16:19
Queria preguntaros si para impugnar apelacion hay que consignar igualmente que como con la apelacion los 50 € y en base a que normativa.

Igualmente en relación con los recursos de revision de decretos que cuantía tienen 25 €. Graciñas