Buenas tardes, mi hermano falleció en abril del 2021 soltero no tiene hijos, vivía en alquiler, no teniendo ningún bien material, ni casa, terreno, coche nada, solicite las últimas voluntades y lógicamente no consta testamento. En el banco tiene un préstamo de unos 4000 euros. El banco para cerrar la cuenta me dice que hay que pagar el préstamo, el único titular de la cuenta es el fallecido, mi madre con 93 años seria la heredera ascendente, pero está ingresada en una residencia y físicamente está mal. Cobra una pensión no contributiva de la cual se queda la mitad la residencia. ¿Se debe pagar el préstamo? ¿Quién debe afrontar el pago al banco? ¿Cómo actuar? Un saludo.
Solo se está obligado al pago de la deuda del fallecido si se acepta la herencia, lo cual no es el caso. Diga al banco que no van a aceptar, y que no quieren saber nada de ese préstamo. Tampoco van a demandar a su madre, por lo que ni le vale la pena otorgar escrituras de renuncia a la herencia.