Vamos a ver Bri,la relacion mia con mis hijos es excelente.La relacion de mis hijos con su madre es excelente,y no quiero romper esa armonia que existe entre ellos y nosotros(aunque por separado).Pero por favor,si una niña con 24 años se va a Londres a vivir y a trabajar con su novio,de verdad me quiere usted decir que YO TENGO QUE SEGUIR PAGANDOLE A LA MADRE LOS CASI 600 EUROS QUE LE CORRESPONDE??????
Pues como me imagino que dira que no,tengo que decirle que la unica manera que hay es que ella renuncie a su pension,porque si no la madre me lo puede reclamar.Que ella sabe que mientras encuentre trabajo no le faltara ayuda?por supuesto...acuerdese que no es mi amiga,ni mi nuera,ni mi novia....es mi hija.Asi que menudo charco en el que se ha metido...durante 11 años pagando religiosamente y yo animandole a irse a Londres con todo mi apoyo.....ya hubiera querido yo ese charco para meterme hasta las cejas....
Por cierto,asun,la pension de esa cantidad la puse yo,no ningun juez.Hablemos de lo que sabemos.
Por cierto,hoy me entere que mi hija pequeña(18 años)va a estudiar fuera,en otra localidad........ahora que? tambien tengo que solicitar otra modificacion de medidas???
(gracias Raskhun)
rquesadar,
No me ataque, que aquí estoy dando mi opinión voluntaria para que intenten llegar a una solución sin meterse en abogados. Si usted puso esa pensión es porque puede pagarla, ni más ni menos.
Por las opiniones (legales y no legales) que se ha encontrado, tiene que recurrir al juez para hacer lo que tiene pensado.
En cuanto a que sus hijos "renuncien" por su propia voluntad, no lo veo viable, mire usted. Pida usted la modificación de medidas, sobretodo para la hija que se va a Londres. No le van a poner problemas porque es un causa de extinción del derecho de alimentos. Ayúdela por su cuenta, si es su voluntad, pero creo que no debe arrastrar a nadie. Si usted es quien piensa en modificar la situación, pídalo judicialmente, ya que lo que le dicen no es lo que quiere escuchar (leer, en este caso).
rquesadar, haga usted lo que estime pertinente. Ha entrado usted a preguntar y ha recibido multitud de respuestas. Usted mismo dice que según con el abogado con el que consultó su asunto, le dijo una u otra cosa.
La solución es fácil: cogen todos (padre, madre y 3 hijos) y se van juntitos de la mano al juzgado, y acuerdan y firman de mutuo acuerdo y ante el juez las nuevas medidas a aplicar a partir de ese instante.
¡Y aquí paz y después gloria!
Saludos.
Pues creo que sí debe hacerlo, suponiendo que en la anterior sentencia fijada no se establecía ninguna medida sobre estudios universitarios cursados fuera de domicilio materno, es recomendable promover modificación que refleje todos los nuevos aspectos: pago de un alquiler, transportes, libros, jornadas, etc etc, todo ello de acuerdo a la carrera que se vaya a estudiar, en algunas hay muchísimos libros y fotocopias y son realmente un gasto importantísimo, por ejemplo psicología, ciencias, derecho creo que también es bastane librero, en otras carreras casi no piden libros, hay pocos gastos en fotocopias, son casi todo apuntes tomados en clase y salen la verdad baratas de sacar.
Una posibilidad que sería interesante consultar con un abogado es si la hija podría solicitar mediante demanda que ambos progenitores ingresen una pensión en su cuenta para satisfacer esas necesidades, cada uno aportando x e y cantidad proporcionalmente a sus ingresos. Aunque no lo veo del todo posible, pues se supone que en vacaciones volvería al domicilio materno en que la madre vuelve a ser la administradora. No obstante, consultaría con un abogado. Obviamente con el consentimiento del custodio se puede, lo que habría de consultarse es qué posibilidad hay de algo así con su oposición.
Más que recomendable, pudiera ser obligatorio, pues si la anterior sentencia no contemplaba en modo alguno esta circunstancia sospecho que quedaría al libre albedrío de la madre ingresar o no dinero en la cuenta de su hija todos los meses y además sería la cantidad que ella estimara oportuno....las circunstancias en que se fijó la anterior sentencia han variado, por ello, es necesario reflejar una nueva sentencia en que se refleje, exactamente, qué cuantía de dinero habrá de disponer todos los meses su hija de 18 años para poder estudiar fuera, entre comida, alquiler, etc etc.
Dejar al libre albedría de la madre ingresarle un mes x, otro mes y, no sería beneficioso para la estabilidad de la etapa estudiantil de la hija....no olvidemos que esta señora gasta más bien a la baja, y ni siquiera sabemos si gasta en sus hijos, o lo saca todo de la pensión del padre y ella está en la lucrativa situación de tener hijos gratis e incluso rapiñando....
De modo pues, en definitiva, sí, debe modificar medidas.
rakhsun,
He dicho que la renuncia es inviable porque lo que pretende rquesadar es que sea ella quien renuncie a su pensión por alimentos, no a que se lo administre la madre.
De todas formas, el autor ha abierto otro post con la misma pregunta porque aquí no encuentra solución a su problema.
Le repito que la renuncia a la pensión es perfectamente legal y viable.
No puede usted empeñarse en que una cosa no es legal sólo porque usted qusiera que no lo fuera para que la madre pueda perjudicar a su hija beneficiándose de un dinero que no le corresponde.
De todos los motivos por los que una persona puede abrir un segundo post, usted afirma, lectora del pensamiento ajeno, el menos fundamentado.
No se le pasa por la cabeza que en este hilo el consultante ha podido encontrar la solución para uno de sus hijos, pero no para los otros dos, y que además este hilo se ha vuelto excesivamente largo fruto de personas que entran para hacer afirmaciones falsas legales o personales, y que a mayor desvirtuación, menor probabilidad de que otras personas aporten en él.
rakhsun,
qué cortante y tajante es usted. Yo no doy opiniones legales porque no soy jurista, eso lo primero. Opiniones legales creo que sólo pueden darlas quienes conocen y trabajan a diario con la ley. El resto son opiniones personales.
Yo no estoy en la situación de divorciada (y espero no estarlo nunca), con lo cual intento aportar una visión pacífica en los asuntos.
En cuanto a lo de "lectora del pensamiento ajeno", creo que las dos hemos leído lo mismo, ya que he puesto que AQUÍ NO ENCUENTRA SOLUCIÓN A SU PROBLEMA. ¿Qué es lo que ha leído usted, o cómo ha querido leerlo?
No he leído todo lo que se ha escrito aquí, ahora bien, me ha parecido ver que la madre ha utilizado el dinero de los hijos para el pago de la cuota hipotecaria.
Estimo que si los hijos quisieran firmar algún documento de que quieren que se les pase a su cuenta, pues ningún problema.
En caso contrario, la justicia de familia es justicia rogada, es decir, hay que pedirlo. Si lo pides te lo pueden dar, si no lo pides no te lo darán nunca.
Se me ocurre que habría que pedir en juicio que comparezcan los hijos, expliquen sus necesidades, y que planteen lo que quieren de su padre, y también de su madre, y, por lógica, los ingresos en cuenta a nombre de los hijos.
Otra cosa es que la madre accediera a que se ingresara en cuentas de los hijos.
En caso de juicio, que los hijos expliquen sus necesidades y que pongan las dos manos:
Papá..... euros.
Mamá.... euros.
Y en cuenta de los hijos, y ya se entenderán con la madre, con el padre o con el casero.
Caray cuantos problemas ,de verdad estamos seguros que alguna parte quiere a sus hijos ,porque si ,cuando el matrimonio se separa ,sé que está pregunta es muy dura ,pero es que yo creo que los hijos después de una separación ,se les deja de sentir como hijos y solo se les ve como dinero ,dinero ,dinero...
Yo tengo más de 40 años y sigo yendo todos los dias a comer a casa de mis padres ,nunca he oido no te doy de comer ,ya que no aportas nada..mi madre cuida a mi hija ,nunca me ha cobrado....
¿porqué los padres o madres tienen que cobrar el trabajo que realizan para con sus hijos?
El cuidado de los hijos no es una tarea domestica ,es una forma de amar (palabras de Silvia Laforet).
¿que problema habria si el padre decidiera pagar la mitad de la universidad,la ropa de sus hijos,y darles de comer todos los dias?¿porque la madre se debe negar a esto?Estamos hablando de chicos mayores de edad..no nos olvidemos .
Mi hija pasa 15 dias con su padre convive con él y viene a mi casa en los 15 dias que debe estar con su padre a verme ,si es por la tarde merienda ,sino almuerza,dos dias entre semana cuando no tiene instituto por la tarde viene a comer ,a mi en ningun momento se me ocurre pedirle al padre ese dinero ,pero si yo soy feliz por que venga ,a mi me gusta y a demás no se me ocurriria decirle como es el tiempo de estar con tú padre vete a comer a casa de tú padre, a veces trae ropa para que se la planche ,plancho mejor que ella y su padre ,pues lo hago ..no me cuesta trabajo y lo hago por ella no por su padre ,por lo que no se me ocurriria cobrarle por la plancha...No sé es que no entiendo de verdad no entiendo que un padre o una madre sea capaz de considerar que el trabajo que se hace por los hijos sea remunerado,que el amor sea mesurado ...No lo entiendo..Lo siento.
Hola fereto, no hay constancia aunque se ha contemplado la posibilidad de que la madre haya usado el dinero de la pensión en cubrir hipoteca y otros gastos personales.
Lo que usted apunta es muy interesante, de hecho, sería digno precisamente de un debate legal sobre la posibilidad de que los hijos mayores de edad percibieran en su propia cuenta manutención de papá y mamá, en sentido de mamá aporta x y papá aporta y, realizándose esto en distintas circunstancias, es decir, residiendo fuera del domicilio familiar (ejemplo estudiando), o incluso dentro del mismo, aquí muy importante es conocer la viabilidad de llegar a esto con la oposición del custodio y administrador (según entiendo, o interpreto, la "custodia" desaparece con la mayoría de edad, pero el cargo administrativo persiste....).
De hecho fereto, en el consultante se juntan las dos circunstancias:
Hijo mayor de edad que convive con la madre. ¿Cómo hacer que reciba su manutención en cuenta propia?.
Hija mayor de edad que va a ir a estudiar a otra localidad, obviamente la madre ingresará la manutención en cuenta de hija, pero claro, hay que establecer que papá pagará x, y mamá pagará y. En mi opinión, en este segundo caso, será más fácil lograr la participación de la madre en lamanutención de su hija, dado que hay que modificar medias para contemplar las necesidades de la hija universitaria que estudiará fuera, podría ser la ocasión de señalar, la hija necesitará mensualmente una cantidad tal para cubrir alimento, alquieler, etc etc, de la cual padre abonará tanto, y madre abonará tanto.
Rquesadar, tal como yo lo veo, está casi soucionado lo de sus hijos, lo de dos al menos.
Con la mayor, que se va fuera, renunciando a su pensión.
Con la menor, porque hay que modificar medidas y se puede aprovechar para establecer la cuantía que aportará padre y madre.
Sólo queda el hijo mediando y quizá con lo ya alcanzado se pueda dar usted por satisfecho.
Gracias Rakhsun....desde luego si fueras abogada,te contrataba.....eres de las pocas que lo ha visto claro.
Le queria decir a terabithia que la entiendo,pero que el problema aqui no es de sentimiento hacia los hijos(por parte de ninguno de los dos),ni considero a ninguno de mis hijos como una cantidad de dinero al mes.Yo no vivo con ellos y no pasan dos dias sin que les vea,sin que se vengan a dormir a casa....el problema economico es que yo quiero que el dinero que tanto cuesta ganar y le doy a la madre,repercuta de verdad en ellos.....y no solamente no repercute,sino que su madre no ve ni siquiera necesario consultarme si se cambia a alguno de colegio...es decir el origen de este post(por cierto asun,efectivamente abri otro,porque me equivoque,pensaba que funcionaba de otra manera...perdon)era el de preguntar si llegada la mayoria deedad tenia yo alguna posibilidad de darles el dinero a quien le corresponde.
Rakhsun,las medidas se pueden modificar provisionalmente???es decir,solo mientras este estudiando fuera?quiero decir,si el juez puede decir que le pase el dinero a ella solo mientras este estudiando y que si regresa a sevilla a estudiar o deja los estudios tengo que volver a pagar a la madre.
Por cierto bri,que vayamos los 5 al juzgado de la manita y firmemos un nuevo acuerdo???cree usted que ella va a renunciar a recibir esa cantidad??eso es de los mundos de yupi....
Bueno, ésa es una pregunta que se me escapa requesadar, aunque le agradezco mucho que tenga en estima mis aportes, la mayoría de foreros no somos profesionales de la abogacía y aprendemos por experiencia o leyendo aquí, intentamos ayudar no dando orientaciones en falso.
Desconozco si se puede modificar una medida de forma provisional.
Más bien se supone que la sentencia sería fijada en el sentido de que que la hija estudiará estableciéndose fuera del domicilio familiar y que durante los x meses de curso académico necesitará x euros para cubrir sus necesidades de alquiler, comida, etc etc y aquí es donde usted puede insistir y trabajar con su abogado en conseguir que la sentencia refleje, de la forma más aproximada o incluso de manera total, que papá aportará una cantidad x1 y mamá aportará una cantidad x2, que suman el total x establecido necesario para cubrir alquiler, alimentos, libros, ocio....
Si ésto se consigue, si queda fijado, no importaría que sea la madre quien siga ingresando el dinero en la cuenta de la hija y usted ingresando a la madre, porque la madre por narices tiene que ingresar a su hija una cantidad de dinero fijada, invariada, para cubrir las necesidades de la hija, no es lo mismo que cuando se vive en el domicilio familiar en que la madre si le da la gana un mes se gasta 250 en los hijos y otro se le place 500. Así se quita el problema de que la hija no perciba lo que realmente necesita o le corresponde, pues queda fijado en sentencia la cantidad que la hija necesitará y que se le habrá de ingresar todos los meses en su cuenta. Así usted se queda tranquilo con que su hija recibe y disfruta lo que le corresponde sin que se lo quiten.
Usted simplemente pide que sus hijos disfruten y se beneficien de su pensión íntegramente, sin que les rasquen....
Imagine, en modificación de sentencia, se establece que la hija necesitará un total de 700 euros mensuales (por supuesto aquí contamos con que no hay derecho a beca) para cubrir sus gastos de universitaria. Usted ya aporta unos 579 euros al mes por hijo, supongamos que consigue que la sentencia refleje que la madre aportará, aunque sea, 121 puñeteros euros en su hija hasta completar hasta 700....bueno, la madre ya tiene la obligación legal de ingresarle 700 euros a su hija todos los meses, es decir, ¡mamá no puede rapiñar!, ¡mamá tiene que gastarse los 579 euros del hijo en el hijo!, y hasta aportar........
Lo de conseguir que el no custodio pase su dinero a la cuenta personal del hijo, ya es más difícil, con acuerdo es algo que se practica, pero aquí contamos con que va a haber opisición....sobre la posibilidad de conseguir esto ya tendría que ser asesorándose con su abogado.