Pienso que Loyola.V. tiene razón. Yo no lo había entendido correctamente. Ahora veo que la situación actual es la que estableció la audiencia y el supremo lo que hace es confirmar la sentencia de 2ª instancia. Me había confundido eso que dices de que el supremo te volvía a dar la razón.
El pronunciamiento en costas de una sentencia se mantiene, como cualquier otro de sus pronunciamientos, si no es expresamente revocado en la instancia superior.
Por tanto, la condena en costas del Supremo, en mi opinión, se refiere tan sólo a las causadas en casación. Ello es congruente con el principio de vencimiento objetivo, porque -es de suponer- que el contrario ha perdido este recurso, pero no lo que ya llevaba "ganado" en la Audiencia.
La sentencia debe decirlo. Supongo que será a las costas de todas las instancias, puesto que, por el principio del vencimiento objetivo, le corresponde abonarlas a quien pierde en todo lo que pide, como así ha resultado en el caso de tu contrario.
En un procedimiento, he ganado en primera sentencia, condenando a costas a la otra parte, y en segunda sentencia tambien he ganado, aunque le dan la razón en dos puntos por lo que la 2ª sentencia dice "sin imposición de las costas causadas en ambas instancias, a ninguna de las dos partes". Ahora el Supremo me vuelve a dar la razón y condena a la otra parte a las costas.
¿se refiere a las costas de las dos instancias mas supremo, ó solo al supremo?