Buenos días mi padre fallecido dejando viuda e hijos mayores de edad . Vivienda pagada a nombre de ambos cónyuges y una cuánta bancaria también a nombre de los dos .
Hemos solicitado la declaración de herederos ante notario. Mi pregunta es , pasos a seguir .
El dinero del banco si lo vamos a repartir entre los herederos, pero la vivienda se la queda mi madre 2 años más , y luego la vendería para mudarse cerca de los hijos , ya que vive en otro ciudad pero en la misma CC.aa Andalucía.
Gracias de antemano , solo sabemos que para el dinero del banco hay que pagar el modelo 650 , de la vivienda no sabemos que tenemos que hacer .
Una vez declarados herederos en Acta de Declaración de Herederos ante Notario, debe prepararse Cuaderno Particional de Herencia con la inclusión de todos los bienes del difunto, previamente la liquidación de la sociedad de ganaciales si éste fuera el régimen económico-matrimonial de los cónyuges, y después, en el mismo documento, la adjudicación concreta de los bienes a los herederos. Para adjudicaciones y modelos fiscales de liquidación de impuestos que resulten menos gravosos deberá consultarse el Foro Fiscal. Salvo mejor criterio. TOMAS WILSON.
Buena tardes.
Donde y como se prepara dicho cuaderno particional de herencia ? Y la liquidación de gananciales, la hace la viuda o se engloba todo en el mismo procedimiento?
Muchas gracias , estoy muy perdida y no sé dónde acudir o como proceder .
Buenos días Surays.
Yo te recomiendo que además del trámite notarial de la declaración de herederos, inventariéis todos los bienes de tu padre y aceptéis la herencia.
Aquí, en Andalucía, el Impuesto sobre Sucesiones está bonificado, por lo que si, como señalas, la idea es que la vivienda sea vendida en unos años, quizás sea recomendable darle una valor elevado en la escritura de aceptación de la herencia, ya que podría beneficiarios en el futuro en vuestro IRPF (cuando la vendáis).
Te recomiendo que te asesores antes de tomas alguna decisión.
Un saludo.
Jaime.