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padre fallecido sin bienes y con deudas

8 Comentarios
 
Padre fallecido sin bienes y con deudas
14/10/2015 20:55
Buenas noches. Mi padre fallecio sin bienes de ningun tipo ya que me los dono en vida y con una deuda de un prestamo personal a un banco de unos 30.000 euros solo tenia una pension de unos 680 euros y en la cartilla 100 euros. Estoy yo obligada al pago de dicha deuda??? No hay testamento de ningun tipo y somos 3 hermanos. Muchas gracia
14/10/2015 21:19
No soy abogado. Entiendo que tu padre puso de aval un bien, que te donó a tí, para conseguir esos 30.000€ del banco. Deberías consultar con un abogado. El banco puede reclamar ese bien y quedarte desprotegida, si los herederos dejáis de pagar ese préstamo.

En cuanto al testamento, si todo se donó en vida, pues ya está. Es lo que creo. Salvo que no se respetasen las legítimas. Los hermanos pueden denunciarte.
14/10/2015 21:22
Pescadilla, me he expresado mal.
Nos donó a los 3 sus bienes y estan libres de cargas.
El dinero de las deuda con el banco es de prestamos personales y tarjeta de credito.
Gracias

15/10/2015 12:45
Se me ocurre que acepteis la herencia a beneficio de inventario.

Lo de la donacion, habria que verlo con calma, no vaya a ser que se pudiera considerar alzamiento de bienes (si la donacion fue muy cercana al fallecimiento)
15/10/2015 15:49
Alzamiento de bienes???
Nadie conoce cuando uno se va a morir !!
Vamos, digo yo??? No estaba enfermo y su edad era de 59 años.
15/10/2015 16:18
Solo estarías obligada por las deudas del causante si aceptaras la herencia ya sea de forma expresa o (y cuidado aquí) tácita. Mi consejo es que acudáis a un notario cuanto antes y renunciéis expresamente a ella. De este modo, y siempre que los bienes estén libres de cargas, os blindáis ante cualquier posible reclamación. Es muy poco probable que el banco la inicie, pero casi seguro que esos créditos terminarán en manos de "fondos buitre" que pretenderán reclamar dentro de algunos años. Con la renuncia expresa quedáis completamente cubiertos. Alzamiento, en principio, yo no veo.
16/10/2015 09:31
No es tan descabellado lo del alzamiento.

En su caso, por la edad y salud que dice que tenía su padre, no parece que se pudiera argumentar que les donó los bienes para evitar que en la herencia se les descontasen las deudas.

Pero, ante el banco, esa donación sí que la podrían interpretar como alzamiento ya que si su padre tenía esa deuda de 30.000 euros, el hecho de donar sus bienes y descapitalizarse de esa manera, podría llevar a que no hubiera podido hacer frente al pago sólo con su pensión. Es decir, que el banco puede pensar que su padre hizo esa donación con el fin de evitar el pago del préstamo, y no en previsión de que se pudiera morir, como vd dice.
16/10/2015 09:52
No, si no digo que sea descabellado, solo digo que yo, en principio, no lo veo pero desde luego que tus argumentos son razonables. Para emitir una opinión verdaderamente fundada habría que estudiar todas las circuntancias concretas del caso en detalle. Imagina, por ejemplo, que las donaciones son anteriores a los créditos. En fin lo dicho, que es mi opinión "con lo que hay".
16/10/2015 09:57
por eso yo apuntaba que lo de la donacion, habria que verlo con calma...