Hace algún tiempo expuse un tema de derechos hereditarios al que faltaban algunos datos, os lo vuelvo a plantear:
Pepe casado con Maria en gananciales, fallece en 2002, otorgando testamento, dejando la mitad de sus bienes en propiedad a sus dos hijos, y el usufructo y la otra mitad en propiedad a la viuda. Se hace adjudicación de herencia. Valor heredado 172.000 €. Deudas 14.448,75 €.
Entre los bienes hay un chalet muy grande. Los 3 herederos deciden en documento privado no repartir la herencia y vender diciendo textualemente " en caso que la viuda decida vender(junto con sus hijos) y comprar otra vivienda, ésta se escriturará a favor de la usufructuaria para seguir manteniendo el valor patrimonial de la herencia"." si de dicha C-V existiera saldo favorable se ingresará en una cuenta a nombre de la viuda. Una vez pagado todos los impuestos y si hubiera saldo positivo, junto con el resto de la herencia se depositará en una cuenta mancomndad a nombre de los 3".
Posteriormente la hija del matriminio conoce que el piso nuevo se ha escriturado sólo a nombre de su hermano como propietario y de su madre como usufructuaria.
Más tarde fallece la madre en 2009, con testamento instituyendo a sus hijos como herederos a partes iguales.
La cuenta mancomunada está a cero y ella no es co-titular de la vivienda adquirida
1.Qué tipo de procedimiento he de iniciar, en base a qué?Se me ocurre un ordinario en reclamación de derechos hereditarios por incumplimiento contractual
2.Qué ocurre con el dinero que durante esos 7 años ha podido gastar la madre?
3.Una vez presentada la demanda puedo y antes del emplazamiento puedo presentar documentos nuevos?
4.Véis bien que solicite en el suplico que se inscriba el 50 % de la vivienda y el dinero restante ?