Es obligatorio, pero siempre se pueden dirigir al Juez para que anule ese acuerdo.
De todas las maneras, ¿a quien se le ocurre nombrar Presidente a esa pobre señora?. Solo a un subnormal o a un mala leche.
¿Tiene obligación de ser Presidenta de una comunidad de propietarios una mujer analfabeta de 79 años de edad ?
¿Hay alguna limitación legal en cuanto a la obligatoriedad de ser nombrado para un cargo derivada de la edad del vecino o de sus capacidades?
Gracias por las respuestas.