¿Tiene obligación de ser Presidenta de una comunidad de propietarios una mujer analfabeta de 79 años de edad ?
¿Hay alguna limitación legal en cuanto a la obligatoriedad de ser nombrado para un cargo derivada de la edad del vecino o de sus capacidades?
Gracias por las respuestas.
Es obligatorio, pero siempre se pueden dirigir al Juez para que anule ese acuerdo.
De todas las maneras, ¿a quien se le ocurre nombrar Presidente a esa pobre señora?. Solo a un subnormal o a un mala leche.