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obligación o derecho parte defuncion

2 Comentarios
 
Obligación o derecho parte defuncion
06/07/2010 16:16
Buenas tardes,
La situación es la siguiente fallece el hermano de mi madre en una de las Islas Canarias y nosotros somos de Barcelona. No podemos asistir al entierro porque mi madre está enferma del corazon y no le aconsejan viajar. La señora que lo cuidaba ahora no nos quiere enviar ni el parte de defunción, ni los objetos personales de mi tio. Es obligación del seguro que se ocupó de la tramitación contactar con un familiar o puede entregarle el parte de defunción a su cuidadora. Y en todo caso si ella se lo queda todo, se puede denunciar, requiere mucho tiempo y dinero o simplemente hay que dirigirse a la policia con testamento en mano. Muchas gracias
09/07/2010 13:54
que derecho tiene una pareja de hecho a heredar si no se menciona en el testamento??
09/07/2010 18:53
Es muy sencillo, si saben la fecha y el lugar, acudan al registro civil de barcelona y hagan la solicitud desde allí al registro correspondiente.
También pueden dirigirse por correo directamente al Registro civil del lugar de defunción, pues el registro es libre. Faciliten su nombre, dirección y los nombres y apellidos del fallecido así como la fecha y lugar de defunción, se la remitirán por correo en unos días.
Tras ello, certificación de últimas voluntades para ver si dejó testamento y si no lo hizo, acudan a un abogado para iniciar la declaración de herederos.
Un saludo.

Sandra: Ninguna.
Un saludo.