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Obligación de legalizar en una sola referencia catastral la unión de dos pisos

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      • Tema: Obligación de legalizar en una sola referencia catastral la unión de dos pisos
2 Comentarios
 
Obligación de legalizar en una sola referencia catastral la unión de dos pisos
10/08/2017 16:36
Hola tengo dos pisos unidos físicamente como si fuera uno pero legalmente siguen siendo dos ya que en su momento hace 4 años decidimos dejarlos así por si en un futuro alquilabamos, vendiamos o donabamos a nuestras hijas alguno de los pisos. Mi pregunta es si es obligatorio legalizarlos como una sola vivienda y una sola referencia catastral una vez se han unido físicamente? Que puede pasar si no se hace ese trámite?
10/08/2017 20:45
Alsomar
En una gestoría especializada sabrán el proceso a seguir, que no diferirá mucho del siguiente:

Para agrupar dos viviendas contiguas en régimen de propiedad horizontal es preciso tener el consentimiento de propietarios que representen 3/5 partes de las cuotas.

Proyecto técnico y pago de ICIO y tasas por la expedición de licencia municipal.

Presentar en Catastro el Mod. correspondiente a la declaración de alteraclón catastral ( creo que el 901-N)

Escritura de obra nueva, inscripción en Registro de la Propiedad y pago en hacienda de los impuestos correspondientes.
11/08/2017 01:35
Alsomar
si cada uno de ellos puede tener un funcionamiento autónomo, no considero necesario agruparlos, aunque exista un paso interior entre ambos