He oído que hace un par de meses el Ayuntamiento de Madrid ha aprobado una Ordenanza de Gestión Eficiente del Uso del Agua con medidas de muy diverso tipo para promover la restricción en el consumo de agua.
Y entre las medidas hay una que se refiere a la obligación de instalar CONTADORES INDIVIDUALES DE AGUA CALIENTE Y FRÍA en todas las comunidades que tengan solo un contador general.
Creo que hay 3 años para instalarlos.
Alguien me podría comentar que lo anterior es así, que lo que me han dicho es cierto?
Me respondo a mí mismo para decirme la sorpresa que me supone que nadie conozca este tema, algo que de ser cierto, afectaría a un montón de comunidades.
Tampoco cuesta tanto poner un contador, "agua", y si, de esa forma, se evita el despilfarro....? , pues eso ¡A poner contadores!. La idea me parece estupenda.
Saludos.
PD. el foro no tiene la culpa del despilfarro de agua, creo.
Pues sí, es cierto.
Se ha demostrado que en las comunidades que tienen un solo contador general, el consumo de agua es mayor que en las comunidades donde tienen contadores individuales.
Saludos.
Pues que alegria me da lo que dices porque yo ando detras de que se ponga contador individual en mi comunidad y no lo consigo. Asi que si es cierto lo que dices me viene de maravilla.
Voy a tratar de averiguarlo.
De todas formas te diré que hace un par de meses llame al Canal de Isabel II explicando que yo queria tener contador individual y me dijeron que eso no podia ser pero no me explicaron nada de esta nueva normativa del ayuntamiento.
Posiblemente, cuando te dijeron "¡nopueser!" ser, se referían a lo de poner solo tú el contador (que debereis ponerlo tod@s). Como le dije a "agua", es cierto que poner un contador cuesta algo, creo. No obstante eso se amortiza enseguida y además de el menor despilfarro de agua (por la cuenta que tiene), cada cual paga lo que realmente gasta, y la persona que tenga el piso cerrado....., ¡pues eso que se ahorra!. Y el que tiene el grifo toel día habierto (porque va a pagar lo mismo que el ausente), ahora con contador, pagará lo que sea menester, pero según consuma.
Me alegro de la alegría que te ha dao.
agua
como que un poco borde si que pareces
si la gente no lo sabe, lo que tu tienes que hacer es llamar a tu ayuntamiento, donde seguro que encuentras algun funcionario público, que no esta en horas de descanso y te informa.
prueba
y nos lo cuentas para el resto.
En efecto, eso es lo que pretende el Ayuntamiento de Madrid.
Por otra parte es una medida recaudatoria porque ¿quien ha demostrado que se consume más agua en las comunidades que tienen un solo contador de agua? Eso lo dicen las empresas de agua. Los administradores de fincas te dirían justamente lo contrario. Lo que ocurre es que es menos oneroso porque no pueden cobrar por cada uno de los contadores los numerosos cánones con que graban los contratos particulares. No se trata de que afecte al consumo, sino al bolsillo de determinadas empresas. Y no quiero entrar a discutir los redondeos que hacen al alza, como si nos hicieran un favor, porque es justo lo contrario. Nos birlan pasta hasta por lo que no hemos consumido.
Aunque me había despedido vuelvo a entrar para dar las gracias a Cocoliso.
Y un comentario adicional al tuyo. Tal y como yo he oído no se trata de que se hagan contratos individuales con el Canal de Isabel II lo cual estoy contigo en que supondría un derroche de cuotas fijas.
Yo creo que el Canal seguirá facturando exactamente igual que hasta ahora, y luego la Comunidad de Propietarios distribuirá el gasto entre los vecinos según su consumo.
Control del consumo que podría hacer el propio portero una vez al año, con lo que se evitarían gastos de empresas exteriores.
A mí no me suena mal. Por ello quería saber de otros foreros su opinión, si la norma está ya definitivamente aprobada por el Ayuntamiento y sus particularidades de implantación (por ejemplo esto que comentas de si seguirá habiendo 1 contrato con el Canal o habrá tantos como vecinos)
Hola, "Agua". Una comunidad que tenga un solo contador general pagará al Canal lo mismo que una comunidad que tenga, además del contador general, contadores individuales.
La diferencia está en lo que cobre la empresa de mantenimiento, y lectura de contadores individuales, es decir:
El Canal toma nota del consumo total (contador general) envía la factura a la Comunidad, y punto.
Y luego la empresa de mantenimiento toma lectura de los contadores individuales y manda los recibos al secretario-administrador, para que cargue a cada comunero el porte del agua consumida.
Por supuesto que el comunero tendrá que pagar más, pero no al Canal sino a la empresa encargada del mantenimiento y lectura de los contadores individuales (antes 4 al año, ahora 6. No es mucho dinero).
¿Ventajas del contador individual?, el ausente no pagará el agua que consumen otros.
¿Inconveniente?, el que está acostumbrado a gastar, o despilfarrar, porque va a pagar igual que el que consume menos, o nada, pagará más; y por la cuenta que le tiene evitará el despilfarro, creo.
Conclusión: Por lógica, una Comunidad con un solo contador (general) gasta más agua que otra (Comunidad) con contadores individuales.
En cuanto a tu pregunta, "agua", no sé si la norma está aprobada, no he visto nada por Internet (lo he buscado), pero SÍ lo he oído. "Cuando el río suena...", la pena que con la sequía deje de hacerlo (llevar agua).
Saludos.
Solo que en mi comunidad no pensamos pagar un duro por lecturas a empresas que se dedican a ello (y que cobran un pastón por cierto). Haremos las lecturas 1 vez al año y las harán los propios vecinos (con alguna supervisión de vez en cuando) o el portero.
¡Estupendo!, “agua”, si en tu comunidad hay entendimiento y buena voluntad, y, encima tenéis un portero que se puede encargar de ese menester, para que contratar intermediarios.
Ahora, o cuando queráis, COMPRAIS (serán vuestros y no tendréis que pagar alquiler…), y que un instalador de confianza los instale.
Saludos cordiales.
Que conste que yo hago la lectura de mi contador (aunque vaya a estar en casa) y lo anoto en la hojita que colocan en el portar (para los ausentes, en el momento de la lectura), A veces ni miró el contador, y pongo un consumo aproximado. Lo que está claro es que pongas menos o pongas más al final terminarás pagando lo que realmente has gastado. ¡Ahí no hay tu tía!
Saludos cordiales.
Pues yo he estado un rato intentando encontrar algo por internet en el ayuntamiento de madrid y en el canal de isabel ii y no he encontrado nada.
Seguiré buscando
¡LO QUE ME GUSTARIA QUE ESO SE CONFIRMARA!
No disfrutaria yo poco en la proxima reunion de la Comunidad!
Acabo de encontrar la siguiente noticia en internet en 20minutos.es de Sevilla. Noticia del 25 de julio
"El 95% de los hogares deberán tener contador individual de agua en 2014
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Lo aplicará cada empresa. Si el contador de agua de su vivienda es comunitario, atento porque deberá convertirlo en individual en los próximos años.
La Consejería de Medio Ambiente y el Consorcio de Aguas de Sevilla han firmado un convenio por el que al menos el 95% de los hogares de la provincia deberán disponer de contadores individuales de aquí a los próximos ocho años.
Aún no se conoce cómo se llevará a cabo la instalación, ni si habrá bonificaciones o lo tendrá que pagar cada familia. Esto lo deberán decidir las diferentes empresas de aguas de los municipios. En el caso de Sevilla y su área metropolitana, este sistema ya está muy implantado porque Emasesa y Aljarafesa lo llevan promocionando, ofreciendo ayuda, desde hace muchos años.
Las empresas, por su parte, se comprometen a una lectura real del consumo de un mínimo de seis meses y a una facturación cada tres, como máximo. También se eliminarán las tarifas cero."
Se trata de la
ORDENANZA DE GESTIÓN Y USO EFICIENTE DEL AGUA EN LA CIUDAD DE MADRID
Aprobada definitivamente por el Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día
31 de mayo de 2006.
Trascribo a continuacion el art. 10 del Capitulo II
"CAPÍTULO II
Medidas en usos residenciales, de oficinas y otros edificios de uso público
Artículo 10. Contadores de agua
1. Cada vivienda, local establecimiento o unidad de consumo susceptible de
individualización deberá disponer de un contador individual de agua por cada vivienda, local,
establecimiento o unidad de consumo susceptible de individualización.
2. Las viviendas y unidades ya existentes dispondrán de un plazo máximo de adaptación
de tres años a contar desde la entrada en vigor de la presente ordenanza.
3. Cuando los edificios de viviendas cuenten con un sistema de agua caliente centralizada
deberá instalarse, además, un contador individual de agua caliente.
4. Para las viviendas de nueva construcción se establecerá como máximo una distancia de 15
metros entre los calentadores de agua individuales y los grifos.
5. En las nuevas viviendas si disponen de zonas verdes ajardinadas, deberá instalarse un
contador de agua que controle el consumo en el riego de sus zonas verdes. Las viviendas ya
existentes, con zonas verdes ajardinadas, dispondrán de un plazo máximo de adaptación de
tres años a contar desde la entrada en vigor de la presente ordenanza.
6. En todas las piscinas se instalará un contador independiente que permita controlar el
volumen de agua aportada al vaso, no debiendo incluir ningún otro servicio.
Artículo 11. Instalación de elementos de fontanería para reducción de consumos en nuevas"
YO INTERPRETO LO QUE DICE AGUA: QUE EN UN PLAZO DE 3 AÑOS TODAS LAS VIVIENDAS TIENEN QUE TENER CONTADOR INDIVIDUAL.
SI ALGUIEN LO LEE Y DA OTRA INTERPRETACION, AGRADECERIA SU OPINION.
Pues mira, Blanquita. En cuanto es esto que tú dices:
“1. Cada vivienda, local establecimiento o unidad de consumo susceptible de
individualización deberá disponer de un contador individual de agua por cada vivienda, local,
establecimiento o unidad de consumo susceptible de individualización.
2. Las viviendas y unidades ya existentes dispondrán de un plazo máximo de adaptación
de tres años a contar desde la entrada en vigor de la presente ordenanza.”
Yo (Osada) interpreto que dice lo que dice: PLAZO MAXSIMO DE INSTALACIÓN 3 AÑOS.
Pero, resulta que con la Ley de Propiedad Horizontal me pasaba lo mismo (Yo creía entender lo que decía, hasta que me di cuenta que NO. La teoría muy, pero que muy sencilla y bonita pero en la práctica todo depende. Que de qué pende? ¡AH!, De que impugnes en tiempo y plazo. Y eso, salvo excepciones, cuesta un huevo (por así decirlo).
No obstante, cuando vayas a la próxima junta, lleva una copia de la Ordenanza, y haz saber lo del plazo. Puede pasar que se lo tomen al pie de la letra y acuerden instalar los contadores, por suerte para ti. Peero también pudiera o pudiese ocurrir que dijeran: PUES NO SE INTALAN, y entonces, tú que harías?. Impugnar el NO acuerdo?. Y, ya estamos en las mismas: Las leyes y Ordenanzas muy bonitas y sencillas, en teoría, pero a ver quien se mete en pleitos cuando NO se cumplen. Eso sí, como al Adm. se le ponga que os instalen los contadores (la empresa que él elija, comisión mediante), verás que pronto os llega un comunicado (enviado por él) diciendo que si NO se instala(cuando a él le salga) os echarán una multa.
Saludos cordiales.