buenas tardes, quisiera plantear una duda que me ha surgido a raiz de mi intención de contraer nuevo matrimonio, estoy legalmente divorciada con un hijo de 12 años con quien tengo custodia comprtida con mi ex marido y padre del niño, vivo en la casa que era propiedad de mis suegros actualmente fallecidos, de la cual tengo uso y disfrute de la vivienda hasta la independencia de mi hijo, el caso es que voy a casarme de nuevo y quisiera saber si puede existir algun impedimento legal para que mi esposo resida en el mismo domicilio conmigo mientras encontramos una nueva casa a la que trasladarnos, que es nuestra intención, ya que el no desea vivir aqui permanentemente y sólo lo haría de forma temporal.
Olimpia, legalmente no hay ningún impedimento, puede vivir contigo en la casa que tienes atribuido el uso, quien tú quieras. Otro tema es el moral, pero ahí no me meto.
Difiero. El propietario no es el padre del menor y por tal entiendo podra instar las accines que le son legitimas para recuperar la plena propiedad
Un saludo
No entiendo: "El propietario NO es el padre del menor y por tal entiendo podrá instar las acciones que le son legítimas para RECUPERAR LA PLENA PROPIEDAD"?
Es o no es propietario el padre????
Y segundo: si ella tiene atribuido el uso y disfrute hasta la mayoría de edad del hijo, puede vivir en dicho piso con quien quiera hasta que termine ese uso y disfrute. Otra cosa es que sea justo o no lo sea.
Ferro, es cierto que el padre no es el propietario del piso, los propietarios son mis suegros, ambos fallecidos, la vivienda fue una cesión gratuita a mi ex marido y a mi en vida de mis suegros y ahora es propiedad de los herederos, no obstante en el convenio regulador de divorcio se especifica que yo tengo el uso y disfrute de la vivienda de la cual me hago cargo de los gastos de comunidad y agua, mi nuevo esposo y yo no pretendemos vivir en la casa de forma permanente, es una solución temporal hasta encontrar una nueva vivienda y tan sólo deseaba saber si podria existir algún impedimento legal para poder llevarlo a cabo.
en cualquier caso quedo muy agradecida por sus amables respuestas
Simplemente informe de la realidad. El convenio atañe a las partes y no puede quien no esta legitimado para ello "ceder" lo que no es suyo.
Prudente decision la de Uds. No dudo que si el plazo no es dilatado "la propiedad"consentira el uso del piso
Un saludo