2 hermanos tenemos una casa que figura a nombre de herederos de.. (sin partir), la casa da a dos calles y la hemos pratido en ese sentido, la aparte mia tiene una seria de derechos de servidumbre (una de vertidos de aguas pluviales a la calle, que el vecino me denuncio aludiendo que habia hecho una cubierta nueva y que por eso prescribia ) y otro tengo el servicio de unas ventanas que dan a un patio del vecino. Al primero le gane en juicio y hay sentencia firme, las ventanas estan desde tiempo inmemorial y aunque he arreglado la casa, aún estan los marcos originales que no he quitado, y una consulta de 1971 a un abogado en ese sentido de derecho a esta servidumbre, queremos hacer escrituras y quiero que esto quede claro de una vez, ¿que tengo que hacer para que estas servidumbres se reflejen en las nuevas escrituras?, gracias y saludos a todos