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Nuda propiedad

7 Comentarios
 
Nuda propiedad
28/08/2010 10:28
Me he enterado que mi padre me dejo como herencia todos sus bienes y a mi madre el usufructo universal, vitalicio y sin fianza de su herencia facultandola para que por si misma y sin tramite tome posesion de su legado con el que quedan pagados su derechos legitimarios. O el tercio de libre dsiposicion de su herencia en pleno dominio ademas y aparte de su cuota legal usufructuaria. En cuanto a los bienes ahora deben pasar la mitad a mi nombre? puede mi madre vender sin mi consentimiento? en caso afirmativo, debe darme dinero por esa venta? y que pasa con el dinero que tienen en la cuenta? como me afectara esto legalmente cara a hacienda?
gracias.
28/08/2010 11:11
El usufructo da derecho al usufructuario a hacer todo lo que quiera con los bienes como si fuese dueño, excepto vender o donar la cosa. Tampoco a hipotecarla. Por lo tanto, tu madre no puede vender nada.
Con respecto al dinero, en teoría no podría utilizarlo, salvo para beneficiarse de los intereses.
28/08/2010 14:44
Pero el dinero que tienen en la cuenta era de los dos no solo de mi padre, quiere decir que ella no puede coger nada del dinero sin mi consentimiento.
Y a efectos legales el tener ahora mas de una propiedad supongo que será algo que tengo que declarar en la próxima renta, supondrá eso un grabamen para mi económia?.
Gracias.
28/08/2010 16:09
Tu madre es propietaria absoluta del 50% de todos los bienes del matrimonio (incluye 50% de dinero), y con ellos puede hacer lo que quiera.
Además según reproduces en el testamento, tu madre puede elegir entre el usufructo de la otra mitad de tu padre ó la propiedad total del tercio de libre disposición. Si elige esta segunda opción, no tiene que consultarte sobre que hace con ese tercio.
Y tambien dice el testamento, que si elige la libre disposición, además tendría derecho a la cuota legal usufructuaria, que es el usufructo de uno de los dos tercios que quedan (el de mejora). En cuyo caso, tu solo podrías disponer de la legitima estricta.
En cualquier caso, si tu madre quiere vender algo, todo esto anterior, se tiene que hacer en Escritura Pùblica, donde se adjudica a cada uno lo que le corresponde. Si os adjudicarais algo a medias, tendríais que estar las dos de acuerdo, para vender.
Un saludo.
28/08/2010 16:13
Perdona, se me habia pasado.
Repercusión fiscal.- Sobre los bienes que tu madre es usufructuraria, tu no tienes que declarar en IRPF, ya que los beneficios que se pudieran sacar son de ella.
Si elige la opción del tercio de libre disposición, sobre el tercio de legitima estricta que te quedaría libre para ti, si tendrías que declarar los rendimientos que produzca.
Un saludo.
28/08/2010 19:17
Que significa que puede elegir el usufructo de la otra mitad o la prpiedad total del tercio de libre disposición? Ahora no entiendo nada.
Y si elige la libre disposición signifca eso que ya puede disponer de todas la propiedades y dinero sin que yo le reclame algo?
Gracias.
30/08/2010 13:14
Que significa que puede elegir el usufructo de la otra mitad o la prpiedad total del tercio de libre disposición? Ahora no entiendo nada.
Y si elige la libre disposición signifca eso que ya puede disponer de todas la propiedades y dinero sin que yo le reclame algo?
Gracias.
30/08/2010 13:57
Miymi, verás resulta difícil responder correctamente sin saber en qué consiste el caudal hereditario y los exactos términos del testamento, yo creo entender que tu eres heredera universal, por los que los bienes son todos tuyos y su madre tiene el usufructo vitalicio de los bienes, ese usufructo se ha de valorar y su padre añadió que, de ser superior al legal, se considerará como valoración, para adjudicarle el usufructo total, el tercio de libre disposición en caso de no llegar.