Mi madre falleció en Enero de este año, yo siempre he vivido con ella y mi padre, y cuando se separó, con su marido, al estar el piso a nombre de mi madre a título privativo, a su marido solo le corresponde 1/3 en usufructo, pero él no está contento con eso y, mostrando facturas y nóminas, demostrando que mi madre no tenía ingresos, quiere conseguir el 100%del usufructo del piso, mi pregunta es sencilla, en ese caso, él me puede echar de casa? Yo no tengo trabajo ni ingresos de ninguna clase, me quedaría en la calle, literalmente, si él tiene el usufructo del piso en su totalidad y yo la nuda propiedad, me puede echar de mi casa?. Gracias.
No se preocupe: nadie le va a echar a usted de la casa. Pretender la dilatación del porcentaje de un usufructo viudal es un disparate. Puede usted buscar dinero (vgr hipoteca) y darle un dinero por ese tercio del usufructo, y cancelarlo.
Estoy preocupada, porque su abogado dice que eso se puede hacer porque es una forma de compensar el dinero que él gastó en el piso durante 30 años, y yo tengo miedo de que, al tener él el 100% del usufructo, me eche de mi casa.
Más que un problema jurídico, acusa usted un problema personal de conferir credibilidad a su padrastro y abogado de él. Es mejor que vaya a otro profesional, porque por mucho que le digamos aquí está usted convencida y asustada por lo que le cuentan las personas mencionadas.
Para poder asesorarla mejor tendriamos que saber si el matrimonio de su madre fué en regimen de gananciales o en separación de bienes.
Tambien tendria diferente interpretación si la vivienda estaba totalmente pagada antes del matrimonio, o no.
Es absurdo que pretenda conseguir el 100% del usufructo basándose en ese dinero que "gastó en el piso" en esos 30 años. Excepto reformas de envergadura (que pudieran suponer un aumento de superficie, de valor, etc), los gastos que pudiera acreditar sobre mobiliario, ajuar, etc. no afectan al inmueble en sí.
Por otra parte, esos supuestos gastos que ha efectuado en la vivienda seguro que son menores que el dinero que teóricamente se ha ahorrado al vivir 30 años en un piso que era privativo de su cónyuge.
Dice usted que era privativo de su madre. Si le corresponde 1/3 por ser el viudo, le corresponde 1/3, y ya está. Dice que su madre no tenía ingresos y él gastó nosequé... ¿y pagó alquiler acaso? ¿qué se supone que gastó? Los gastos ordinarios (nóminas y facturas) no dan derecho A NADA, de la misma manera que tampoco tuvo que pagar alquiler. Lo único que podría reclamar es, si hubiera habido mejoras sobre el bien privativo hechos con dinero ganancial (hablamos de mejoras serias, como construir otro piso por encima o alguna cosa así, o reformarlo y rehacerlo de nuevo con calidades muy superiores, y no a gastos de mantenimiento, ni gastos de suministros, ni nóminas ni historias) podría obtener algo en la liquidación de gananciales, si es que había bienes gananciales, pero no entrará nunca la propiedad misma de la vivienda en sí si esta era privativa de su madre.
Si tuviera el 100% del usufructo efectivamente podría "tirarlo", pero esté absolutamente tranquilo, que piso es de usted (menos ese tercio de usufructo, claro, que puede pagarle y cancelarlo para que no tenga ningún derecho).