Tengo que efectuar el acta de notoriedad de herederos de mi padre fallecido en Alcázar de San Juan (Ciudad Real), y que tenía el domicilio en Quintanar de la Orden(Toledo). La mayoría de los bienes a excepción de una cuenta bancaria, se encuentran en Santa Coloma de Gramenet en Barcelona.
He acudido a un notario en mi localidad(Santa Coloma de Gramenet) para efectuar dicha declaración de herederos, y al ponerse en contacto con los dos notarios que hay en Quintanar de la Orden, así como la notaría de Alcázar de San Juan, se niegan a efectuar la notoriedad si no es presencial en sus notarías.
Mi consulta es como he de actuar? Porque para efectuarlo presencialmente en Quintanar de la Orden ó Alcázar de San Juan tendría que perder jornadas de trabajo tanto yo como los dos testigos ya que en fin de semana, las notarías no dan servicio.
El notario de Santa Coloma de Gramenet, me dice que si los otros notarios se niegan el no puede hacer nada.
Que puedo hacer?
Desde 1862:
Ley del Notariado:
Artículo 55.
"1. Quienes se consideren con derecho a suceder abintestato a una persona fallecida podrán instar la declaración de herederos abintestato. Esta se tramitará en acta de notoriedad autorizada por Notario competente para actuar en el lugar en que hubiera tenido el causante su último domicilio o residencia habitual, O DONDE ESTUVIERA LA MAYOR PARTE DE SU PATRIMONIO, o en el lugar en que hubiera fallecido, siempre que estuvieran en España, a elección del solicitante."
Vaya a otro notario de Santa Coloma de Gramanet, y haga el acta.