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Nota simple con propietario fallecido, ¿sirve como aval?

2 Comentarios
 
Nota simple con propietario fallecido, ¿sirve como aval?
12/07/2017 17:42
Buenas tardes, estoy tramitando la compra de una vivienda con aval y al solicitar la nota simple de la vivienda con la que vamos avalar, comprobamos que aún consta mi padre y madre como propietarios cuando mi padre falleció hace 10 años. Parece ser que no hicieron declaración de herederos ni pagaron impuesto de sucesiones ¿que puedo hacer? ¿Puedo avalar con esa casa solo la parte de mi madre? ¿Tengo que arreglar algo?
Gracias
12/07/2017 18:02
Patrix6
A ver, la declaración de herederos o repartición de la herencia la tenéis que hacer vosotros, o lo que es lo mismo deberías haberte presentado ante un notario y firmar la aceptación de la herencia.
De la misma forma deberías haber sido tu quien pagase el impuesto de sucesiones.
Con los documentos que el notario os habría entregado deberíais haberlos presentado en el registro de la propiedad para realizar el cambio de titularidad.
La ley hipotecaria obliga a tener registrada la vivienda en el registro de la propiedad por lo que si vas a solicitar un crédito hipotecario avalando lo con la parte que te corresponda de la vivienda heredada entonces primero deberías salar por todos los tramites.
En la actualidad el registro de la propiedad no suele aceptar un cambio de titularidad por herencia si no les presentas los justificantes de pagos de las plusvalías municipales, así que si tampoco las habéis pagado no te quedara mas remedio que hacerlo, y con un importante recargo pues han pasado diez años. Y aunque esos pagos prescriben a los 4 años quizás puedas llegar a tener problemas para que el registro admita el cambio sin presentar esos justificantes de pago.
18/07/2017 10:04
Patrix6
El banco podría en teoría aceptar el aval sólo de la mitad de la propiedad, pero dudo mucho que lo vayan a hacer. Pedirán como garantía la propiedad entera y eso implica que habrán de firmar todos los titulares de esa propiedad como avalistas, y estando tu padre fallecido esto no puede ser, luego no la aceptarán hasta que se tramite la sucesión y se inscriba en registro.
Es un poco flipante la dejadez, con todos los respetos, de no haberse preocupado de la herencia durante 10 años, pero vamos, siempre se puede arreglar. Tramitad la herencia de tu padre, pagad el impuesto de sucesiones (lo tenéis que pagar vosotros, los herederos, no tu madre ni ningún "ellos" genérico) y una vez esté inscrito correctamente en el registro de la propiedad ya podréis avalar los propietarios lo que queráis con esa propiedad.