El presente contrato se regulara por lo dispuesto en la legislacion vigente que resulte de aplicacion y particularmente por los articulos 12 y 15 de el estatuto de los trabajadores por la ley 12/2001 de 9 de julio, y real decreto 2720/1998 de 18 de diciembre y en su caso por lo establecido en la disposicion adicional 9na y transcitoria sexta de la ley 45/2002, de 12 de diciembre. Asi mismo le sera de aplicacion lo dispuesto en el CONVENIO COLECTIVO DE COMERCIO TEXTIL DE BARCELONA.
PD: los enlaces que me envías no funcionan me dice El interfaz no es valido.
Quería saber si lograste conseguirme datos de algún abogado que pueda ayudarme con mi caso?, en mi mensaje anterior te expongo lo que aparece en mi 3er contrato que es lo ultimo que pude ver en referencia al convenio colectivo, y en cuanto a los enlaces que me enviaste no pude verlos ya que me arroja un error que desconozco en el navegador.
He estado buscando por internet algún abogado que me lleve el caso de manera objetiva pero creo que no tengo mucha suerte en ello, la mayoría me dice que no tengo caso!
En fin nuevamente muchísimas gracias por tu colaboración y disculpa las repetidas molestias!
Estoy estudiando en profundidad el tema, si no te he constestado es por que he visto algo que no me a gustado demasiado, en cuanto lo tenga claro del todo te digo algo.
Hola solo quería agradecer a todos los que en su momento dedicaron tanto tiempo en ayudarme! especialmente a picachu333 quien con tanto empeño puso siempre a la justicia por delante!
En cuanto a mi caso les comento que finalmente luego de emitir la papeleta y el día de la fecha del concilio el abogado de la empresa se apersono dandome sus mas sinceras disculpas por parte de la empresa porque según el, CITO: TODO HA SIDO UN MAL-ENTENDIDO Y UN ERROR POR PARTE DE LA CHICA DE RRHH; LAMENTAMOS MUCHO TODO LO SUCEDIDO Y ACEPTAMOS TODO LO QUE EXPONES EN LA PAPELETA! (obviamente yo dudo mucho que haya sido un error, pero lo importante es que no pudieron pasar por encima de la ley).
Ahora mismo hemos realizado una conversión de contrato laboral temporal a contrato indefinido donde se mantiene mi antigüedad, me han devuelto mi puesto y de hecho un incremento (mínimo pero incremento al fin) de salario, ahora estoy como indefinida en la empresa y disfrutando de mi periodo de maternidad después de haber vivido un embarazo traumatizante, tuve una bebe preciosa que crece a gran velocidad y estamos completamente felices.
En noviembre me corresponde reincorporarme y lo haré con toda la energía que me caracteriza y con mucha buena vibra ya que indiferentemente de lo que haya pasado me encanta trabajar y sentirme útil y espero día a día regalar una sonrisa a esas personas y clientes con rostro de piedra que aveces se acercan a la tienda y sacarles una sonrisa a ellos, cambiarles el semblante y que el resto de su día sea optimo y alegre, como deberían de serlo todos.
Como mensaje a todas aquellas mujeres u hombres, solo puedo decirles que NO DEJEN DE EXIGIR LO QUE POR LEY LES CORRESPONDE EN NINGUNA SITUACION, SIEMPRE QUE SEPAN QUE ESTAN DEL LADO DE LA LEGALIDAD ACTUEN SIN MIEDO ALGUNO, SINO ESTARIAN FORTALECIENDO LA INJUSTICIA EN EL MUNDO!