Creo que estamos hablando de cosas diferentes. Usted comienza su intervención diciendo que no le satisfacen del todo las razones que aluden unos y otros sobre la responsabilidad que se le ha de atribuir a un presidente.
Lo cierto es que en mi intervención, no he hablado de ese tema en absoluto y no he leído a nadie que lo hiciera.
En cuanto al asunto del nombramiento de cargo de Presidente, discrepo de usted y creo que el sistema legalmente establecido es correcto.
En primer lugar, la Ley establece que el requisito básico para ser Presidente es que el nombrado sea propietario.
En segundo lugar, la Ley establece que el propietario elegido para el cargo en junta convocada legalmente al efecto, ESTÁ OBLIGADO A ACEPTAR EL CARGO, estableciendo la propia Ley un procedimiento para poder exonerarse del nombramiento.
En tercer lugar, la elección de Presidente se hace en el ejercicio del derecho de voto que le corresponde a todos los propietarios.
En cuarto lugar, la ley permite que, con carácter SUBSIDIARIO al sistema de elección del cargo de Presidente por VOTACIÓN, se pueda aplicar un sistema de elección del cargo rotación o alternativamente al de rotación, por sorteo.
Pero es que además de los sistemas establecidos en la Ley que son:
• 1. Elección por votación:
• 2. Subsidiariamente rotación o alternativamente a la rotación sorteo.
La ley dispone, porque o lo prohíbe, que puedan figurar en los Estatutos o por decisión adoptada en Junta, admitido por todos los propietarios y sin ninguna clase de impugnación, cualquier otro sistema de elección del cargo de Presidente.
En cuanto al nombramiento del Presidente, hay que aplicar el principio de la culpa de la elección, de tal manera que tan responsable o más es el que designa a una persona para un puesto conociendo sus limitaciones como el propio nombrado.
Supongamos, que todos los propietarios se ponen de acuerdo, para nombrar año tras año, al mismo propietario como presidente y que no está establecido el sistema de turnos.
¿Está obligado ese propietario, a tener que asumir el cargo de presidente, de por vida?.
Alabo su entereza y condición de resaltar al dictado de nuestra actual ley los caminos que marca.
En mi caso, no estoy de acuerdo, partimos de una base insípida, sin contenido suficiente para hacer respetar derechos ciudadanos, están a merced de una colosal mentira como demuestra la deriva corrompida de nuestra sociedad de tiempo inmemorial.
Lo que quiero tratar en este mismo post es, precisamente lo opuesto a lo que cita el colega, los pescaitos ; lo argumentaré con ejemplos seguidamente......