Testamentaria de Caixabank ha enviado lo siguiente para firmar. No sabemos interpretarlo bien, si simplemente va a desbloquear el dinero y dejarlo en la cuenta de mi madre o bien nos obliga a abrir una cuenta conjunta con todos los herederos o una individual con cada una añdiendo a mi madre?
Pego el texto:
l.Que la totalidad de los comparecientes son los únicos herederos/legatarios de D/D? *******
habiendo acreditado dicha condición con la documentación, testamento (en la entidad “la Caixa” (en adelante adelante el “Título”) presentada en “CaixaBank”).
11.Que los bienes recomocidos del causante en CaixaBank son los siguientes:
N2 Contrato 2100*********
Titulares: ****
Saldo a fecha de defunción: *****
N2 Contrato 2100 *****
Titulares: ****
Saldo a fecha de defunción: ****
ACUERDOS: Primero.Que a los efectos de dejar expresa constancia ante CaixaBank de la aceptación de la herencia del causante y concretamente de los saldos, depósitos y contratos que mantenía en CaixaBank, los comparecientes suscriben el presente documento y solicitan a CaixaBank que realice el reparto individualizado de los bienes del causante detallados en el EXPOSITIVO Il, de la siguiente manera
: 1. D/D2 Viuda*** provisto/a de Documento Nacional de Identidad, número ****, se adjudica:
-La plena propledad sobre el 100% de la cuenta a la vista n* 2100 *****
- La plena propiedad sobre el 100% de la cuenta a la vista n*2 2100 ****
Segundo.
A tal efecto y para los depósitos a la vista, los comparecientes solicitan a CaixaBank que para la ejecución del reparto utilicen el procedimiento que a juicio de esa entidad resulte más adecuado y ágil, autorizándole desde ahora a la realización de cualquiera de las siguientes actuaciones:
- El traspaso de los porcentajes de saldos resulten del Título a cuentas individuales abiertas a nombre de cada heredero que resulte adjudicatario de los mismos, incluyendo en su caso al usufructuario de la herencia en cada una de ellas.
- El traspaso de todos los saldos del fallecido a un único contrato abierto a nombre de todos los herederos que resulten adjudicatarios según el título, incluyendo en su caso al usufructuario de la herencia en el mismo. En este caso, la disposición del depósito será indistinta, a no ser que por parte de los herederos se indique lo contrario.
Sexto.Los comparecientes requieren a CaixaBank para que dé cumplimiento a los acuerdos recogidos en el presente documento, autorizándole a tal fin para la apertura de los contratos, traspaso de fondos y cualquier otra operación necesaria para el cumplimiento de las disposiciones que resulten del Título aportado.
Séptimo.Los comparecientes, en su ánimo de actuar en todo momento en beneficio del caudal hereditario y de su reparto, se comprometen a prestar su plena colaboración para la realización de cuantas gestiones y actuaciones sean necesarias para la efectividad del presente acuerdo, obligándose a tal fin a aportar toda la documentación acreditativa de su identidad y toda aquella que le sea requerida por ser necesaria para la formalización de las contrataciones que procedan, así como a la firma de cuantos documentos sean necesarios para ejecutar el reparto del caudal hereditario, eximiendo a CaixaBank de cuantas responsabilidades puedan derivarse frente a ella como consecuencia directa de la falta de colaboración de los herederos/usufructuario.
Octavo.La totalidad de los herederos aceptamos expresamente la adjudicación y reparto de los activos y pasivos del causante detallado en el acuerdo primero anterior, exonerando expresamente a CaixaBank de cualquier responsabilidad que pudiera derivarse del reparto, incluidas las de índole fiscal, expresando, asimismo, los comparecientes no tener nada que reclamar a CaixaBank en relación a la misma. Y en prueba de su conformidad con el contenido íntegro del presente documento, lo firman y ratifican en el lugar y la fecha que constan en el encabezamiento indicados.
Si la cuenta era indistinta entre tus padres, el banco lo está haciendo mal, ya que no puede retener absolutamente nada, debe dejar todo el saldo a disposición de tu madre.
CaixaBank tiene esa mala costumbre.ñ, incumpliendo la normativa.
Hola AlmudenaF, el banco actúa correctamente. Una vez fallecido tu padre se procede a bloquear la cuenta hasta que se adjudiquen los bienes a los distintos herederos, legatarios. El banco no tiene porqué saber quien es el adjudicatario de la cantidad retenida. Lo sabrá cuando se le presente un documento notarial con su adjudicación a quien o quienes corresponda. Tú misma dices que el dinero puede ser para ti renunciando a la titularidad del inmueble. Si te lo adjudican a ti y el banco lo ha entregado a tu madre podrías reclamar por ello.
En todo caso parece que se ha encontrado una solución con la firma de los cuatro herederos. De esa manera el banco evita cualquier responsabilidad futura.
Saludos,
No entiendo el reparto dinero banco con viuda usufructuaria y vitalicia y sin hacernos herederos
Buenos dias, he leído muchos documentos y unos dicen unas cosas y otros distintas.
Fallece mi padre, dinero retenido en el banco 20000€.
Hemos presentado el ISD pero no hemos ido a notario para hacernos herederos de casas, etc.
Tengo entendido que el banco no es quién para decidir como repartir el dinero, que deben ser los herederos. Lo mismo uno prefiere dinero en lugar de casa, por ejemplo y todo el dinero sería para él y la casa para otro.
Llegados a este punto, se entiende que los 4 hermanos somos nudos propietarios y la viuda usufructuaria universal y vitalicia.
Entonces, ¿puede el banco llamarnos para firmar y hacer el reparto de esos 20000€ retenidos? Se trata de Caixabank y les dejamos bien claro que el dinero iría a nuestra madre. Ha estado un mes en Testamentaría y ahora dicen que vayamos a firmar. La gestora nos dijo: como es poca cantidad la podeis ingresar en su cuenta y no pasa nada.
Estas contrariedades son las que no entiendo. ¿Y si ese dinero hubieramos decidido en un futuro que es para mi, renunciando a la vez a la propiedad de una casa que sería para un hermano, por ejemplo?