Queria saber cual es el siguiente paso o consecuencias, cuando en una junta de compensacion de una urbanizacion la mayoria de los propietarios vota no a la reparcelacion de la misma. Gracias.
supongamos que existe mayoría suficiente para que la J.C. apruebe el contenido del proyecto de reparcelación
1.- ha de solicitar la aprobación inicial del ayuntamiento
2.- ha de someterse a exposición pública, con publicación de edicto en el boletín oficial y en un periódico de gran tirada en la zona
y es entoces, durante el período de exposición pública, cuando cualquier afectado puede plantear alegaciones
Saludos a todos, aprovechando el hilo,si sé constituye una junta de composicion con la mayoria suficiente,¿estaria obligada a comunicarselo al resto de propietarios de manera mas personal mediante carta certificada p.j?
cuando se inicia el proceso, en la delimitación del área afectada va la relación de propietarios, y es el ayuntamiento quien lo comunica a cada uno de los afectados no incluidos como promotores del expediente
a partir de ahí se constituye la J.C., con aprobación de bases y estatutos ... y para esa reunión, como para las sucesivas, lo normal es la comunicación por correo ordinario
todos los actos relevantes de la J.C., además de ser aprobados en convocatoria de la J.C. por la representación mayoritaria de la propiedad afectada, han de ser aprobados por el ayuntamiento y posteriormente sometidos a publicación y exposición pública con período de alegaciones ... por ello, nadie puede alegar desconocimiento o falta de representatividad