Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

No a la reparcelacion en una J:C

4 Comentarios
 
29/09/2008 23:06
cuando se inicia el proceso, en la delimitación del área afectada va la relación de propietarios, y es el ayuntamiento quien lo comunica a cada uno de los afectados no incluidos como promotores del expediente

a partir de ahí se constituye la J.C., con aprobación de bases y estatutos ... y para esa reunión, como para las sucesivas, lo normal es la comunicación por correo ordinario

todos los actos relevantes de la J.C., además de ser aprobados en convocatoria de la J.C. por la representación mayoritaria de la propiedad afectada, han de ser aprobados por el ayuntamiento y posteriormente sometidos a publicación y exposición pública con período de alegaciones ... por ello, nadie puede alegar desconocimiento o falta de representatividad
29/09/2008 21:41
Saludos a todos, aprovechando el hilo,si sé constituye una junta de composicion con la mayoria suficiente,¿estaria obligada a comunicarselo al resto de propietarios de manera mas personal mediante carta certificada p.j?
29/09/2008 18:01
supongamos que existe mayoría suficiente para que la J.C. apruebe el contenido del proyecto de reparcelación

1.- ha de solicitar la aprobación inicial del ayuntamiento
2.- ha de someterse a exposición pública, con publicación de edicto en el boletín oficial y en un periódico de gran tirada en la zona

y es entoces, durante el período de exposición pública, cuando cualquier afectado puede plantear alegaciones

a partir de ahí sólo cabe la vía judicial
perfil pac
29/09/2008 12:49
No se si es el caso, pero la mayoría de propietarios, no tiene porqué conincidir con la mayoría de la superficie de la Unidad de Actuación.

Un saludo.
No a la reparcelacion en una j:c
28/09/2008 18:38
Queria saber cual es el siguiente paso o consecuencias, cuando en una junta de compensacion de una urbanizacion la mayoria de los propietarios vota no a la reparcelacion de la misma. Gracias.