El problema es que Sherezade se ha puesto como heredera del mismo rango que su tío, y no es así. Ella hereda la mitad de lo que le hubiese tocado a su padre.
Así, si su padre sólo tenía la legítima estricta, al ser sólo 2 hermanos, su parte sería 30.000€. Y como a ella le toca la mitad de esa parte y la otra mitad de esa parte es para su hermana, pues le tocan en total 15.000 lereles.
No es por ser nietas, es por el testamento. Vosotras dos sustituis a vuestro padre. Vuestra abuela os podía haber dejado la mitad de sus bienes y la otra mitad al otro hijo, pero no lo ha hecho. Como ya os han comentado, en el derecho común español, los bienes a heredar se dividen en tres parte, legitima, mejora y libre disposición.
La mejora como la palabra indica es para mejorar, si se quiere, a un hijo, y vuestra abuela eso es lo que ha hecho, ha mejorado a tu tio.
La libre disposición se puede hacer lo que se quiera, y tambien se la ha dejado a tu tio.
Y el tercio de legitima, ese es obligatoriamente para todos los herederos del mismo rango, a partes iguales. En tu caso, serían dos partes puesto que había dos hijos, tu tio y tu padre fallecido (vosotras sustituis a vuestro padre).
Por lo tanto, las cuentas están bien hechas, os corresponde, entre las dos, la mitad del tercio de legitima. 1/3 entre dos. Por lo que a cada una sería la mitad de esa mitad del tercio: 1/3 entre 2 hijos (sería la parte de vuestro padre), y para cada una de vosotras al sustituirle la mitad al ser 2 nietas.
gracias por su respuesta
Me explico
La abuela fallece con testamento. Juanita
Tiene una hijo vivo Pedrito (heredero universal con tercio de mejora).
Otro hijo muerto ivan (yo y mi hermana somos los hijos de esta persona Ivan, nietos de Juanita y sobrinos de Pedrito el heredero universal.
Por lo tanto, al ser nieta de Juanita, fallecida y no hija directa, me dicen que mi hermana y yo sólo tenemos derecho de esos 180.000 a 15.000 euros cada una.
Es decir 180.000/3/2/2=15000
¡Ah! ¡No! Lo he entendido mal.
La abuela sólo tenía dos hijos y uno ha fallecido ¿no? usted y su hermana son las hijas del fallecido. ¿Es así?
En ese caso los 60.000 de la legítima habría que dividirlas en dos partes (30.000 para cada hermano) y los 30.000 del hermano fallecido, dividirlas entre las dos hijas.
Me temo... Por cierto, no soy abogado.
Por lo que leo, usted tiene una hermana y esos 20.000 serían a repartir entre usted y su hermana ¿no?
Tres partes: 60.000 legítima, 60.000 mejora y 60.000 libre disposición.
Tres hermanos: 20.000 de la legítima para cada uno. Como uno ha fallecido los 20.000 del fallecido son para sus descendientes.
Si, gracias por la respuesta
El problema es que el notario me cálculo la legítima estricta
180.000/3/2/2=15.000, en lugar de como usted me comenta.
Le he preguntado a dos abogados pagando, y mi duda
continúa, ya que uno de ellos me dice lo que usted comenta,
los 20.000 finales y el otro que sólo me corresponderían 15.000 y la operación sería 180.000/3/2/2=15000, ya que soy la nieta y no la hija, así que tengo un lío que no se a quién creer.
Si alguien pudiera verificar esta información.
Muchísimas gracias Katia.
Un saludo
Hola sherezade,
La legítima estricta es un tercio de la herencia, en este caso, 60.000 € y ahora debe dividirse entre tres, ya que son tres herederos, en su caso, para usted 20.000 €.
Un saludo,
Si soy la nieta de la persona que muere, (muere mi abuela ) como se calcula mi legítima estricta, habiendo tres herederos, uno de ellos heredero universal, y dos de legítima escrita, el importe limpio son 180.000, sin deudas.
Hay quien dice que se tiene que dividir entre tres
y luego otra vez entre tres y otros que se tiene
que dividir entre tres y luego dividir dos veces entre dos, en
mi caso, ya que soy la nieta.
Por favor, necesito ayuda con este cálculo
Gracias