Buenas a todos,
Estamos en plena negociación del convenio y nos surgen dos dudas que no consigo encontrar en la normativa vigente:
1.- ¿La parte sindical de la comisión negociadora del convenio puede facilitar las actas de las reuniones de dicha comisión al Comité de Empresa? Me refiero a las actas de las sesiones de negociación.
2.- Incluso más allá, ¿pueden publicarse las actas abiertamente, a ojos de todos los trabajadores?
Por supuesto, en la negociación de un concierto. colectivo. las partes, (en este caso la parte social) notifican a los trabajadores mediante actas las reuniones celebradas, los temas tratados y como va la negociación, normalmente dependiendo de si el convenio es de ámbito nacional autonómico o de empresa, (en este último caso suele ser el comité quien negocia, para los de ámbito superior negocian los sindicatos y estos envían a sus bases las actas de cada reunión
Y para qué cree usted que se levanta acta de las reuniones de Comité? Uno de los objetivos primordiales es la publicidad de esas actas, es decir; la comunicación a los trabajadores.
Por cierto, el tablón de anuncios es de los trabajadores, no de la empresa, (lo digo porque parece que tengan miedo de que la empresa lo prohíba).
smo